BOC - 2022/44. Jueves 3 de marzo de 2022 - 716

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

716 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Presidenta, por la que se rectifica error en la Resolución de 15 de diciembre de 2021, que aprobó la convocatoria de 2021, en concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación del “Programa Investigo”, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (BOC nº 261, de 23.12.2021)..

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Examinados los antecedentes obrantes en la sede del Servicio Canario de Empleo, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

I.- Previos los trámites procedimentales exigidos, mediante Resolución de la Presidenta del SCE nº 10675, de fecha 15 de diciembre de 2021 (extracto publicado en el BOC nº 261, de 23.12.2021), se aprueba la Convocatoria, en concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa Investigo”, para la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

II.- Analizados los términos de la misma, se ha verificado la existencia de un error de hecho en su redacción, y más concretamente en el párrafo primero del punto 3 de su resuelvo décimo quinto, error que debe ser objeto de rectificación, en base a la normativa aplicable.

A los citados antecedentes, les son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para dictar la presente Resolución de rectificación es la Presidencia del SCE, como órgano que dictó el acto objeto de la misma, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segunda.- Resulta de aplicación al presente caso, lo dispuesto en el artículo 109.2 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: “2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

A la vista de los citados antecedentes y consideraciones, y en legítimo ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO:

Primero.- Rectificar el error de hecho advertido en el párrafo primero del punto 3 de su resuelvo décimo quinto, de la Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo 10675, de fecha 15 de diciembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria, en concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa Investigo”, para la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU, quedando redactado conforme se expone a continuación:

“El plazo para el inicio de las contrataciones será de un (1) mes a partir de la publicación de la resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/sce/menu_lateral/tablon_anuncios”.

Segundo.- Corregido el error, el resto de la Resolución afectada permanecerá vigente y redactada en sus mismos términos.

Tercero.- Notifíquese la presente Resolución por medio de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de febrero de 2022.- La Presidenta, Elena Máñez Rodríguez.



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