BOC - 2022/1. Lunes 3 de enero de 2022 - 6

III. Otras Resoluciones

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

6 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 16 de diciembre de 2021, por la que se ordena la publicación del Protocolo General de Actuación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, y la Federación Canaria de Municipios (FECAM) en el proyecto de “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza, en Canarias”..

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En fecha 15 de diciembre de 2021, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, y la Federación Canaria de Municipios suscribieron un Protocolo General de Actuación consistente en el proyecto de “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza, en Canarias”.

Está inscrito en el Registro de Protocolos del Departamento con fecha 15 de diciembre de 2021 y nº RPG2021CA00003, tiene una vigencia desde su firma hasta el 31 de mayo
de 2022.

A lo anterior, le es de aplicación el siguiente

FUNDAMENTO JURÍDICO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3.a) del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los protocolos generales, deberán observar lo dispuesto en el Capítulo III de esta norma en relación con el régimen de su inscripción registral y publicidad.

Por lo anterior, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 13.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, aprobado por Decreto 43/2020, de 16 de abril,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Protocolo General de Actuación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias, y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), en el proyecto de “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza, en Canarias”, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 2021.- La Secretaria General Técnica, Marlene Santana Rodríguez.

ANEXO

PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD DEL GOBIERNO DE CANARIAS, Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS (FECAM), EN EL PROYECTO DE “ALIMENTACIÓN SALUDABLE PARA FAMILIAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL O POBREZA, EN CANARIAS”.

En Canarias, a 15 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Noemí Santana Perera, Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, en uso de las facultades y atribuciones que le han sido conferidas en virtud de lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.1, letra k), de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, por el que se le nombra Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y el Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.

De otra parte Dña. María Concepción Brito Núñez, en calidad de Presidenta de la Federación Canaria de Municipios (FECAM), actuando en nombre y representación de esta última, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 31 en relación con el artículo 8.1.f) de sus Estatutos y debidamente autorizado para este acto por acuerdo adoptado por su Comité Ejecutivo en la sesión celebrada el 1 de diciembre de 2021.

Las partes en la representación que ostentan se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar del presente Protocolo General de Actuación y en su virtud,

EXPONEN

Primero.- La Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), han expresado su intención de suscribir el presente Protocolo General de Actuación, para llevar a cabo una serie de actuaciones encaminadas a paliar la grave situación económica por la que pasan muchas familias canarias, recogidas en el Proyecto de “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza, en Canarias”, que se anexa al presente.

Dicho proyecto se encuadra dentro de los distintos acuerdos que se vienen suscribiendo entre la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y el Gobierno de Canarias, con el fin de favorecer la integración social y atención a la población en riesgo de pobreza o exclusión social (AROPE). Todo ello considerando, además, que la pandemia de la COVID-19 ha dejado a muchas familias en una delicada situación económica, y aunque, las ayudas públicas están llegando, se ha constatado que no son de una cuantía suficiente para garantizar una alimentación saludable.

Segundo.- La Comunidad Autónoma de Canarias ostenta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 142 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, competencia exclusiva en materia de servicios sociales…”.

Por otra parte, el artículo 25.1 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, establece que los servicios sociales de atención primaria y comunitaria constituyen el primer nivel de atención del sistema público de servicios sociales y su titularidad corresponderá a los municipios. Además, el artículo 26.1.f), de la referida Ley 16/2019, de 2 de mayo, establece que son funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, entre otras, la atención ante situaciones de urgencia o emergencia social.

Tercero.- Por su parte, la Federación Canaria de Municipios (FECAM) es una Asociación integrada por todos los municipios de Canarias, con personalidad jurídica plena, constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, la Disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás normativa concordante de aplicación, creada para la defensa y promoción de sus intereses generales y la potenciación de la autonomía Local, de acuerdo con la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Canarias, y en los términos recogidos en la Disposición adicional tercera, apartado 4, de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias “La asociación de municipios de Canarias denominada “Federación Canaria de Municipios” (Fecam) ostentará la representación institucional de aquellos en sus relaciones con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria, siempre que represente el mayor número de municipios”.

La Federación Canaria de Municipios (FECAM) tiene entre sus fines, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, el apoyar, dentro de sus competencias, toda clase de iniciativas públicas y privadas que tengan por finalidad la elevación del nivel y calidad de vida de los canarios, además de procurar, en la medida de sus competencias, el mejor funcionamiento de los servicios públicos en la Comunidad Canaria y el aunar esfuerzos en la prestación de servicios de interés común.

En este sentido, las corporaciones municipales canarias continúan observando el crecimiento del número de familias en situación de extrema necesidad, donde las principales dificultades es poder hacer frente a necesidades básicas; por lo que se hace necesario materializar ayudas para atender estas necesidades.

Cuarto.- El 31 de agosto de 2021, se resuelve, mediante Orden DSA/926/2021 de la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, conceder una subvención nominativa consignada en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, destinada a la financiación del programa para la lucha contra la pobreza y las prestaciones básicas de servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Canarias, por importe de 30.000.000,00 de euros, que sirva de cobertura presupuestaria para la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de tal naturaleza.

Dicha orden establece que:

“Primero.

...

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá ejecutar los programas y proyectos objeto de la subvención, descritos en los Anexos I y II de esta Orden, por sí sola o en colaboración con otras entidades públicas y privadas.

Segundo.

La subvención concedida tiene por objeto:

1. Financiar las actuaciones del Programa de Lucha contra la Pobreza y la exclusión social de Canarias vinculado con la Estrategia Nacional de Prevención y Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social, como elemento favorecedor de la reducción de la pobreza y la exclusión social en la Comunidad Autónoma de Canarias, que se recogen en el Anexo 1 de esta Orden.

...

3. El periodo de ejecución de las actuaciones se extenderá desde el 1 de enero de 2021 hasta 31 de mayo de 2022.”

En el Anexo I de la citada Orden, dentro del Programa de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social, se contemplan, entre otras, la siguiente actuación:

“12 Programas destinados a ofrecer alojamiento, comedor social, entregas de alimentos y otros bienes de primera necesidad (vestidos y productos de higiene)”.

Quinto.- El artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que “... No tienen la consideración de convenios, los Protocolos Generales de Actuación o instrumentos similares que comporten meras declaraciones de intención de contenido general o que expresen la voluntad de las Administraciones y partes suscriptoras para actuar con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles”.

Por todo lo manifestado, la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud y la Federación Canaria de Municipios (FECAM) acuerdan establecer un Protocolo General de Actuación, en los términos de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del Protocolo.

El objeto del presente Protocolo es establecer el marco de intervención de la FECAM en el Proyecto de “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza, en Canarias”, anexo al presente, en cuanto a difusión del proyecto, recepción e intermediación de datos, coordinando la participación de los distintos Ayuntamientos Canarios y aquellas otras entidades que pudieran participar en el proyecto, designadas por esta Consejería.

Segunda.- Finalidad y objetivos.

La finalidad es apoyar a los Municipios de Canarias a paliar las consecuencias de la actual situación de crisis económica que afecta directamente a sus residentes más vulnerables, dado el importante aumento del paro y de la demanda de servicios sociales.

El objetivo del proyecto “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza, en Canarias”, es el suministro directo de alimentos, y la difusión de hábitos saludables en la alimentación de familias en riesgo de exclusión social o pobreza, y fomentando el consumo de productos canarios.

Los Ayuntamientos podrán solicitar su participación en el proyecto, mediante la presentación de solicitud ante la FECAM, según el modelo normalizado que se adjunta, por registro electrónico en cualquiera de sus sedes, incluida la sede electrónica (https://fecam.sedelectronica.es), sin que con ello se adquiera ningún tipo de obligación por parte del Gobierno de Canarias.

Por parte de la FECAM se recepcionarían dichas solicitudes de participación, unificándola por islas, para su posterior traslado a la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración, u otros participantes en el proyecto, según las instrucciones que les fueran dadas desde la Dirección General.

Tercera.- Financiación.

Este protocolo, en sí mismo, no genera compromisos presupuestarios, y en consecuencia no requiere financiación.

Cuarta.- Causas de resolución.

Serán causas de resolución del presente Protocolo General de Actuación, las siguientes:

• El mutuo acuerdo de las partes que se deberá formalizar por escrito.

• La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de poder llevar a cabo el objeto del presente Protocolo.

Quinta.- Comisión de Seguimiento.

Cualquier duda que pudiese surgir en la interpretación y aplicación de las cláusulas del presente será resuelta por una Comisión de Seguimiento integrada por un representante de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, del Gobierno de Canarias y otro de la FECAM, la cual será presidida por el primero.

El régimen jurídico de la Comisión de seguimiento será el establecido en los artículos 15 al 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El régimen de reuniones se establecerá, una vez firmado el presente protocolo, en la primera reunión que se celebrará por la Comisión de Seguimiento, a los quince días de su formalización, donde, además, se valorará la demanda y viabilidad el proyecto.

Sexta.- Vigencia.

La vigencia del presente Protocolo General de Actuación será desde su firma por las partes, y hasta el 31 de mayo de 2022, siendo prorrogable por un periodo adicional de hasta cuatro años si ambas partes, con anterioridad a su extinción, así lo acordasen, siempre condicionado a la continuidad del proyecto de “Alimentación saludable para familias en riesgo de exclusión social o pobreza , en Canarias”.

Séptima.- Protección de datos.

Las instituciones firmantes de este Protocolo General de Actuación, deberán respetar las prescripciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en relación con los datos que obtengan con motivo de la ejecución del presente Protocolo.

Asimismo, queda expresamente convenido que cualquier dato o información que las partes se comuniquen serán datos disociados, es decir, que no permitan la identificación de persona física alguna.

Octava.- Comunicación, información y difusión.

Las partes consideran de interés difundir los objetivos y actividades desarrollados en el marco del presente Protocolo.

En todas las acciones de difusión, información o divulgación que se realicen en relación con las actuaciones objeto del presente Protocolo, será obligatoria la referencia a las entidades intervinientes de acuerdo con sus respectivas normas de identidad corporativa.

Así se establece en la Orden DSA/926/2021 de la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, que “En las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte, en ejecución de esta subvención, que impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deberá incorporarse de forma visible el logotipo institucional de la “Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030” con el fin de identificar el origen del carácter público de la subvención.”

Por lo que se refiere a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, la FECAM y las Corporaciones Locales estarán obligadas a incluir la identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias, con leyendas relativas a dicha financiación, en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales o bien en menciones realizadas en medios de comunicación, conforme a lo dispuesto en el
Decreto 184/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno de Canarias y se establecen las normas para su tratamiento y utilización.

Se podrán descargar los modelos de logotipos en el Manual de la Identidad Gráfica del Gobierno de Canarias, en la siguiente dirección: https://www.gobiernodecanarias.org/identidadgrafica/descargas/

Así mismo, las partes firmantes participarán en términos de equivalencia en los actos de presentación derivados de actuaciones contempladas en el presente Protocolo General de Actuación, a cuyo efecto se mantendrán informados, con la antelación suficiente a la celebración de los mismos.

Novena.- Naturaleza y jurisdicción competente.

El presente Protocolo General de Actuación tiene naturaleza administrativa y se encuentra fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en su artículo 6.2, así como del ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo establecido en su artículo 5.3ª debiendo observar únicamente lo dispuesto en el Capítulo III de esta norma en relación con el régimen de su inscripción registral y publicidad.

Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente Protocolo General de Actuación, en el lugar y fecha ut supra.- La Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, Noemí Santana Perera.- La Presidenta de la Federación Canaria de Municipios, María Concepción Brito Núñez.



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