BOC - 2021/265. Lunes 27 de diciembre de 2021 - 5369

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Ayuntamiento de Pájara (Fuerteventura)

5369 - ANUNCIO de 14 de diciembre de 2021, relativo a la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2021..

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Se hace público conocimiento que por Resolución de la Alcaldía Presidencia nº 6473/2021, de fecha 14 de diciembre, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Pájara para el año 2021, correspondiente a las bajas de personal del ejercicio 2020. Resolución que literalmente se transcribe a continuación:

“Decreto de la Alcaldía Presidencia.- Dada cuenta que la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (LPGE/2021), en su artículo 19, relativo a la Oferta de Empleo Público, establece que a lo largo del presente año, la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, se regulará por los criterios señalados en este artículo y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás sectores.

Añadiendo además, que las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 110 por cien de tasa en todos los sectores.

Resultando: el Informe emitido por el Departamento de Recursos Humanos de este Ayuntamiento, relativo a las bajas producidas en la plantilla de personal funcionario y del personal laboral de este Ayuntamiento, correspondientes al ejercicio presupuestario 2020, las cuales se detallan a continuación: un Operario de Obras Municipales, Grupo/Subgrupo OAP, en mayo de 2020; un Técnico de Empresas y Actividades Turísticas (Técnico de Turismo), Grupo/Subgrupo A2, en junio de 2020; un oficial de Primera de Obras Municipales, Grupo/Subgrupo C2, en agosto de 2020, todas de personal laboral fijo.

Considerando: que por Acuerdo Plenario se procedió a la aprobación de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Pájara para el año 2021, siendo publicados en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas nº 155, de fecha 25 de diciembre de 2020 (no hubieron alegaciones al mismo), produciéndose su aprobación definitiva por acuerdo plenario de 31 de enero de 2021 (publicados en el BOP nº 17 de 7 de febrero de 2021). Juntamente con el presupuesto anual, se aprobó la Plantilla de Personal.

Considerando: que la citada LPGE-2021 también establece en el artículo 19.Uno.7 el procedimiento para el cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando para dicho cálculo el personal que se incorpore en ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores ni las plazas que se convoquen por promoción interna ni las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

Considerando: que el artículo 19.Tres.1 de la referida Ley, dispone que: “La tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios. Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior podrán acumular su tasa de reposición indistintamente en cualquier sector.” Entendiendo con ello, que las plazas se podrán acumular en otros sectores o colectivos en los que más se precise; por ello, este Ayuntamiento, haciendo uso de esa facultad aprobará oferta de empleo destinando algunas plazas a otras áreas, sectores o colectivos que resulten más necesarios o prioritaria su cobertura definitiva.

Considerando: que según Certificación de la Intervención Municipal este Ayuntamiento tenía amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del año 2020, por lo que la tasa de reposición para este Ayuntamiento será del 110%.

Considerando: la Memoria de la Concejalía titular del área de gobierno de Personal, relativa a la oferta de empleo público, sobre las bajas del ejercicio presupuestario del año 2020, que eleva a la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de este Ayuntamiento, en la que propone aprobar oferta de empleo público de una plaza de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, Grupo/Subgrupo A2; una plaza de Ingeniero/a Informático, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo/Subgrupo A1 y una plaza de Técnico de Gestión Patrimonial, Escala Administración General, Subescala Técnica, Grupo/Subgrupo A1.

Considerando: que por la Asesora Jurídica del Departamento de Recursos Humanos se emite Informe sobre la legislación aplicable y procedimiento a seguir para aprobar la Oferta de Empleo Público del año 2021, correspondiente a las bajas producidas en el ejercicio presupuestario 2020, en el que concluye, que de conformidad con la referida LPGE/2021 esta Corporación podrá aprobar Oferta de Empleo Público, que le permitirá cubrir de manera definitiva dentro del plazo de ejecución de la misma, por turno libre y en régimen funcionarial: una plaza de Ingeniero/a Informático y una plaza de Técnico de Gestión Patrimonial. En régimen laboral: una plaza de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas.

Considerando: que conforme a lo preceptuado en los artículos 36.3 y 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en fecha 13 de diciembre de 2021, dicha propuesta de oferta de empleo público fue sometida a negociación en la Mesa General de Negociación de Empleados de este Ayuntamiento, siendo aprobada por unanimidad de los miembros asistentes a dicha sesión.

En virtud de lo expuesto, previa negociación de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Pájara, en fecha 13 de diciembre de 2021, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Pájara para el año 2021, correspondiente a las bajas de personal producidas en el ejercicio presupuestario del año 2020, tal como se detalla a continuación:

FUNCIONARIAS/OS DE CARRERA:

A).- ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL:

B).- ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL:

PERSONAL LABORAL:

Segundo.- Ordenar la publicación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Pájara en el en el Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Pájara y Tenencias de Alcaldía de Morro Jable y Costa Calma, así como en la página web www.pajara.es municipal, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 91.1 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 128 del texto refundido de Régimen Local.

Tercero.- Dar traslado a la Intervención Municipal de Fondos y al Departamento de Recursos Humanos a los efectos que resulten procedentes dando cuenta al Pleno en la subsiguiente sesión que se celebre.

Cuarto.- Notificar la presente a las interesadas, significándoles, que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer alternativamente, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, ante el mismo órgano que lo hubiera dictado de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, transcurrido el plazo sin haberse notificado resolución expresa se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 6 meses, computados a partir del día siguiente a aquel en el que debe entenderse desestimado y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente, en Pájara, en la fecha de la firma digital, firmado digitalmente, mediante Sello de Órgano de la Secretaría General.”

Pájara, a 14 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Pedro Armas Romero.



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