BOC - 2021/239. Lunes 22 de noviembre de 2021 - 4872

III. Otras Resoluciones

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

4872 - RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2021, que aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de esta Universidad para el año 2021..

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Visto el mandato conferido por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2021,

RESUELVO:

Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el siguiente

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE ESTA UNIVERSIDAD PARA 2021.

El artículo 19.Uno.1 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, fija la Oferta de Empleo Público en el 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás, de la tasa de reposición de efectivos.

La mencionada norma, en el apartado Uno.3.I) del artículo 19, determina los sectores prioritarios a los que corresponde el 110% de la tasa de reposición, entre los que se encuentran las Universidades, concretándose en:

I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de Profesores Contratados Doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de Personal de Administración y Servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los Profesores Contratados Doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.

Por otro lado, el último párrafo del artículo 19.Uno.7 establece que:

“No computarán como ceses los que se produzcan como consecuencia de procesos de promoción interna, salvo en los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/20021, de 21 de diciembre, de Universidades.

Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.”

De acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, la tasa de reposición de efectivos de los Cuerpos Docentes Universitarios y de Profesores con contrato laboral indefinido de esta Universidad, asciende a cuarenta y siete plazas.

A este respecto, la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía (BOE nº 219, de 12.9.2015), modifica el apartado 2 del artículo 62 de la LOU, añadiendo un segundo párrafo mediante el cual se establece la figura de la promoción interna para acceder al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, bajo cuya modalidad de acceso se podrán convocar plazas en número que no supere las que sean objeto de Oferta de Empleo Público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56
de la LOU. Esto representa la posibilidad de ofertar, al menos, veinte plazas al turno de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Con la presente Oferta de Empleo Público se pretende continuar abordando la solución a las carencias del personal de los Cuerpos Docentes Universitarios que se han ido acumulando en los años de congelación o limitación de las Ofertas de Empleo Público, que ponen en riesgo el cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como la problemática descrita en la exposición de motivos del citado Real Decreto-ley 10/2015, según la cual “Tras varios años en las que las nuevas incorporaciones y promociones del profesorado universitario han estado limitadas por la aplicación de la tasa de reposición, la política de las Universidades por retener el talento y, por tanto, aplicar la tasa de reposición en retener jóvenes profesores ha tenido, por otro lado, un efecto negativo sobre el cuerpo de catedráticos de universidad. La jubilación de los Catedráticos de Universidad no ha podido ser compensada con nuevos catedráticos al carecer las universidades de tasas de reposición para poderlo hacer. Esto ha provocado una evidente y acelerada descompensación en las plantillas de profesores funcionarios universitarios, que queda resuelta con la aplicación de la promoción interna. La promoción interna, abierta al cuerpo de Titulares de Universidad, va a permitir establecer en las plantillas la distribución adecuada entre Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad, al tiempo que no modifica el número total de funcionarios docentes”. Circunstancias, estas, que concurren en esta Universidad.

La Oferta de Empleo Público que se acuerda, ha sido negociada, con acuerdo favorable, con los representantes del Personal Docente e Investigador tanto funcionarios como laborales, en sesión de 24 de mayo de 2021.

En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2021, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para 2021, en los términos que se establecen en el presente Acuerdo. Este incluye las plazas con asignación presupuestaria que deben proveerse por el turno libre, y las plazas que deben proveerse por el turno de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Segundo.- Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.

La Oferta de Empleo Público está integrada por cuarenta y siete plazas con la siguiente distribución:

• Turno libre:

- 20 plazas de Profesor Titular de Universidad.

- 20 plazas de Profesor Contratado Doctor tipo I.

- 7 plazas de Profesor Contratado Doctor tipo I con acreditación I3.

• Turno de promoción interna: 20 plazas de Catedráticos de Universidad.

Tercero.- Procedimientos de acceso.

1. Las plazas del turno libre correspondientes al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad se proveerán por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos para el acceso a dicho Cuerpo.

2. Las plazas correspondientes a personal laboral fijo se proveerán por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos para el acceso a la categoría de Profesor Contratado Doctor.

3. Las plazas del turno de promoción interna correspondientes al Cuerpo de Catedrático de Universidad se proveerán por el procedimiento previsto en el segundo párrafo del
artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, con los requisitos establecidos en el mismo.

Cuarto.- Publicidad.

Por el Sr. Rector Magnífico se procederá a la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de noviembre de 2021.- El Rector, Luis Serra Majem.



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