BOC - 2021/233. Viernes 12 de noviembre de 2021 - 4758

III. Otras Resoluciones

Consejería de Turismo, Industria y Comercio

4758 - ORDEN de 6 de noviembre de 2021, por la que se convoca la fase autonómica del concurso escolar 2021-2022, Consumópolis17, sobre Consumo Responsable: Dale a me gusta al consumo circular y responsable, en la Comunidad Autónoma de Canarias..

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El concurso escolar Consumópolis es una iniciativa del Ministerio de Consumo y las Comunidades Autónomas participantes, cuyo objetivo es promover la reflexión, de forma consciente, crítica y solidaria sobre distintos aspectos del consumo responsable, mediante la realización de las actividades que se proponen en el mismo. El concurso cuenta además con una convocatoria autonómica en la que se seleccionan los equipos que hayan conseguido la mejor puntuación en cada uno de los niveles de participación y que representarán a su comunidad autonómica en la fase nacional.

Segundo.- La Consejería de Turismo, Industria y Comercio es el órgano competente para la promoción de la educación y formación de las personas consumidoras y usuarias de bienes y servicios, según establece el artículo 4 del Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio (BOC nº 105, de 29.5.2020).

Tercero.- Mediante Informe-Propuesta, de fecha 5 de noviembre de 2021, del Director General de Comercio y Consumo, se propone se convoque el concurso escolar 2021-2022, Consumópolis17, sobre Consumo Responsable: Dale a me gusta al consumo circular y responsable, organizado conjuntamente, por la Dirección General de Consumo, del Ministerio de Consumo, y la Comunidad Autónoma de Canarias, impulsando la participación de los jóvenes estudiantes canarios en el proyecto educativo dirigido a la educación y consolidación de hábitos de consumo responsable y sostenible.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de consumo, que incluye, en todo caso, la defensa, de conformidad con la legislación mercantil, procesal y civil, de los derechos de los consumidores y usuarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.

Segundo.- La Consejería de Turismo, Industria y Comercio tiene atribuidas las competencias en materia de consumo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio (BOC nº 105, de 29.5.2020).

Tercero.- La Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre, aprueba las bases reguladoras de los premios del concurso escolar Consumópolis (BOE nº 230, de 25.9.2021).

Cuarto.- El artículo 5.1, letra a), de la Orden CSM/1008/2021, establece que las Comunidades Autónomas organizadoras del concurso que convoquen los premios en su respectivo ámbito territorial mediante la correspondiente convocatoria autonómica, podrán participar en la convocatoria nacional.

Quinto.- Además el artículo 5.1, letra e), de la citada Orden, establece que en cada Comunidad Autónoma organizadora del concurso se constituirá un jurado encargado de valorar la participación de los equipos en la convocatoria autonómica.

Sexto.- Así mismo, el artículo 5.2, letra a), de la citada Orden, establece que los organismos competentes en consumo de las Comunidades Autónomas establecerán los premios o reconocimientos que se concederán a los respectivos ganadores autonómicos.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Convocatoria.

Convocar el concurso escolar 2021-2022 Consumópolis17 Dale a me gusta al consumo circular y responsable en fase autonómica, de conformidad con las bases aprobadas por la Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre, que aprueba las bases reguladoras de los premios del concurso escolar Consumópolis (BOE nº 230, de 25.9.2021).

Segundo.- Autorización de gasto.

Autorizar un gasto de seis mil (6.000) euros, con cargo a la partida presupuestaria 16.16.492A.227.06, del Capítulo II, Estudios, trabajos técnicos y honorarios profesionales, para financiar los premios de esta convocatoria.

Tercero.- Requisitos de participación.

Solo podrán optar a los premios de la Comunidad Autónoma de Canarias de la fase autonómica y, con posterioridad, acceder a la fase nacional del concurso, los equipos de los centros educativos, públicos, concertados o privados de esta Comunidad Autónoma que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en tiempo y forma en el sitio web www.consumopolis.es

b) Haber completado todos los componentes del equipo, el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis, en la forma señalada en las Instrucciones generales de participación.

c) Haber remitido, en tiempo y forma, a la Dirección General de Comercio y Consumo la ficha virtual.

Cuarto.-Solicitud y plazo de presentación.

1.- La solicitud de participación en el concurso, junto a la ficha virtual, se presentará en tiempo y forma en el Registro de la Dirección General de Comercio y Consumo de esta Comunidad Autónoma, cuyos datos de contacto figuran en el sitio web de Consumópolis. También puede enviarse a través de su sede electrónica o utilizando los Registros de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio y oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.- La solicitud de participación en el concurso será suscrita por el docente coordinador, debiendo figurar en la misma los datos del centro educativo, el nivel de participación del equipo, el nombre del equipo y el listado de los cinco concursantes que componen el mismo, con indicación respecto de cada uno de estos, de su fecha de nacimiento y curso en el que está matriculado.

3- El plazo de presentación de la referida solicitud junto con la ficha virtual estará comprendido del 12 de noviembre de 2021 al 20 de abril de 2022.

4.- Tanto el docente coordinador como cada uno de los concursantes del equipo deberán declarar expresamente que conocen y acatan las bases reguladoras del concurso, en el apartado habilitado para tal fin en la página del concurso escolar Consumópolis17.

Quinto.- Los equipos.

Los equipos estarán divididos en tres niveles de participación:

Nivel 1: quinto y sexto cursos de Educación Primaria.

Nivel 2: primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

Nivel 3: tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria o de Formación Profesional Básica.

Sexto.- Desarrollo del concurso.

1) El desarrollo del concurso estará comprendido entre el 8 de noviembre de 2021 y el 20 de abril de 2022.

2) El concurso consta de 2 partes:

- En la primera parte del concurso, los cinco integrantes del equipo deberán completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis resolviendo diversas pruebas, de carácter pedagógico y lúdico, que se presentarán a los participantes a lo largo del mismo, desde el 8 de noviembre de 2021 hasta el 7 de marzo de 2022, ambos inclusive.

- En la segunda parte del concurso, con la que se pretende fomentar el trabajo en equipo, los cinco integrantes del equipo deberán diseñar, elaborar y presentar un trabajo sobre consumo responsable, consistente en un cartel interactivo sobre el consumo circular y responsable. Las características específicas de dichos trabajos se detallan en las instrucciones generales de participación del concurso. Estos trabajos deberán presentarse en formato electrónico y se subirá al espacio virtual habilitado a tal efecto en el sitio web www.consumopolis.es, al que los concursantes podrán acceder desde el 12 de noviembre de 2021 y el 20 de abril de 2022, ambos inclusive, y desde donde se podrá descargar la ficha virtual identificativa de cada trabajo.

Séptimo.- Premios.

1.- Los equipos seleccionados obtendrán los siguientes premios:

a) Un primer premio de 900 euros y la participación en la fase nacional, para el equipo ganador en cada uno de los niveles de participación.

b) Un segundo premio de 500 euros, para el equipo que quede en segundo lugar, en cada uno de los niveles de participación.

c) Un tercer premio de 300 euros, para el equipo que quede en tercer lugar, en cada uno de los niveles de participación.

2.- Se establecerán tres premios especiales de 300 euros cada uno, para el personal docente que coordine un mayor número de equipos, en cada uno de los niveles de participación y, que al menos, uno de estos equipos haya sido finalista en su nivel. Cada docente coordinador solo podrá obtener uno de estos premios especiales.

3.- Junto al premio económico, se entregará a cada alumno y profesor coordinador, clasificados en los tres primeros lugares de cada nivel, un Diploma acreditativo de su participación en el concurso.

Octavo.- Puntuación de los trabajos.

1.- La puntuación de las pruebas incluidas en el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis quedará establecida de forma automática por el propio sistema, en base a los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.

2.- La puntuación de los trabajos en equipo, de la segunda parte del concurso, será de acuerdo a los siguientes criterios y baremos:

a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta cuarenta puntos.

b) Creatividad, originalidad: hasta veinte puntos.

c) Presentación del trabajo: hasta veinte puntos.

d) Calidad técnica: hasta quince puntos.

e) Calidad lingüística: hasta cinco puntos.

3.- El jurado valorará, del cincuenta al sesenta por ciento, la puntuación alcanzada en el recorrido por la cuidad de Consumópolis y el trabajo en equipo de la segunda parte ponderará del cuarenta al cincuenta por ciento, según los criterios establecidos en el apartado 2.

Noveno.-Jurado.

1.- El jurado de los premios autonómicos estará compuesto por:

a) La persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo, que actuará como Presidente.

b) Dos personas representantes de la Dirección General de Comercio y Consumo, designadas por el Director General.

c) Un representante de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, designado a propuesta de su titular.

d) Un representante de las oficinas insulares o municipales de información al consumidor, designado por el Director General de Comercio y Consumo.

e) Actuará como Secretario del jurado, un funcionario de la Dirección General de Comercio y Consumo, designado por su titular.

2.- El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la Sección 3 del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público, y tendrá facultades para resolver las dudas que puedan surgir en la interpretación de estas bases y en la convocatoria.

3.- El jurado podrá declarar desiertos algunos de los premios.

Décimo.- Se delega en el Director General de Comercio y Consumo la resolución de la convocatoria, a propuesta del jurado de la fase autonómica, en el plazo comprendido entre el 2 y 13 de mayo de 2022 y será publicada en Boletín Oficial de Canarias.

Decimoprimero.- Se faculta al Director General de Comercio y Consumo para dictar las instrucciones que sean necesarias para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución de la presente Resolución.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Turismo, Industria y Comercio en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación; significando que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de noviembre de 2021.

LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castilla Herrera.



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