De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, que se acompaña como anexo, en relación con el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado “Next Generation EU”, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19.
Canarias, a 19 de octubre de 2021.- La Secretaria General, Cándida Hernández Pérez.
ANEXO
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON EL DECRETO-LEY 4/2021, DE 31 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA AGILIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y LA PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DE LOS FONDOS PROCEDENTES DEL INSTRUMENTO EUROPEO DE RECUPERACIÓN DENOMINADO “NEXT GENERATION EU”, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO PARA LA LUCHA CONTRA LA COVID-19.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el grupo de trabajo constituido por virtud de Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con los artículos 16, 28, 30, 38, 41 y la disposición final primera del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, ambas partes consideran solventadas las mismas, de acuerdo con los siguientes compromisos y consideraciones:
La Comunidad Autónoma de Canarias ha aprobado la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado “Next Generation EU”, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias en cuya disposición derogatoria única, apartado 2, queda derogado el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado “Next Generation EU”, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, a excepción de sus disposiciones finales segunda a sexta, ambas incluidas, las cuales permanecerán en vigor.
Por tanto, se ha extinguido el precepto objeto de la controversia.
II. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar concluidas las controversias planteadas.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.- La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.- El Vicepresidente del Gobierno de Canarias, Román Rodríguez Rodríguez.
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