BOC - 2021/227. Jueves 4 de noviembre de 2021 - 4650

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Ayuntamiento de Puerto del Rosario (Fuerteventura)

4650 - ANUNCIO de 21 de octubre de 2021, relativo a la modificación de la Oferta de Empleo Público del año 2021..

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Por medio del presente se hace de público conocimiento que por la Sra. Concejala de Personal que se dictó la resolución nº 2021004138, de 2 de agosto de 2021, modificada por la resolución nº 2021004994, de 21 de octubre de 2021, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

Primero.- Aprobar, necesidad inaplazable para el correcto funcionamiento de los servicios públicos municipales que se deben prestar a los ciudadanos, llevar a cabo una Oferta de Empleo Público del año 2021, los siguientes puestos de trabajo:

PERSONAL FUNCIONARIO:

1. TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA:

Servicio de Extinción de Incendios.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: BBR-F-6.

Denominación: Bombero/a.

Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Serv. Esp. Ser. Extinción de Incendio.

Nº de Vacantes: 2.

Códigos: BBR-F-1 y BBR-F-18.

Denominación: Cabo Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Serv. Esp. Ser. Extinción de Incendio.

Seguridad Ciudadana y Emergencias.

Nº de Vacantes: 2.

Códigos: POL-F-6 y POL-F-11.

Denominación: Oficial.

Grupo Clasif.: C/C1.

Escala: Administración Especial.

Subes cala: Serv. Esp/ Policía Local.

Servicio de Contratación, Asesoría Jurídica, Patrimonio, Nuevas Tecnologías, Relaciones Institucionales, Comunicación y Protocolo.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: CTRT-F-24.

Denominación: Administrativo/a.

Grupo Clasif.: C/C1.

Escala: Administración General.

Sub-escala: Administrativa.

Servicio de Secretaría.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: SECR-F-20.

Denominación: Administrativo/a.

Grupo Clasif.: C/C1.

Escala: Administración General.

Sub-escala: Administrativa.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: SECR-F-18.

Denominación: Auxiliar Administrativo/a.

Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración General.

Sub-escala: Auxiliar.

Servicio de Promoción Cultural y Economía.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: SPC-F-19.

Denominación: Auxiliar Administrativo/a.

Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración General.

Sub-escala: Auxiliar.

Servicio de Obras, Restauración y Conservación Patrimonial, Servicios Públicos, Mantenimiento y Tráfico.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: OBR-F-43.

Denominación: Oficial Ayudante Mantenimiento y Obras.

Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Serv. Esp./Personal de oficios.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: OBR-F-34.

Denominación: Oficial Mantenimiento y Obras.

Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Serv. Esp./Personal de oficios.

2. TURNO DE PROMOCIÓN LIBRE:

Servicio de Extinción de Incendios.

Nº de Vacantes: 4.

Códigos: BBR-F-7, BBR-F-20, BBR-F-21 y BBR-F-22.

Denominación: Bombero/a.

Grupo Clasif.: C/C2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Serv. Esp. Ser. Extinción de Incendio.

Servicio de Secretaría.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: SECR-F-32.

Denominación: Técnico/a Superior de Informática.

Grupo Clasif.: A/A1.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Técnico/a-Superior.

Servicio de Promoción Cultural y Economía.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: SPC-F-5.

Denominación: Técnico/a Administración General.

Grupo Clasif.: A/A1.

Escala: Administración General.

Sub-escala: Técnico/a-Superior.

Servicio de Obras, Restauración y Conservación Patrimonial, Servicios Públicos, Mantenimiento y Tráfico.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: OBR-F-123.

Denominación: Ayudante Técnico de Tráfico.

Grupo Clasif.: C/C1.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Auxiliar-Técnico.

Servicio de Recursos Humanos y Prevención de Riesgos Laborales.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: RRHH-F-5.

Denominación: Técnico/a de Recursos Humanos.

Grupo Clasif.: A/A2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Técnico/a-Medio.

Servicio de Tesorería.

Nº de Vacantes: 1.

Códigos: TES-F-2.

Denominación: Técnico/a Administración General.

Grupo Clasif.: A/A1

Escala: Administración General.

Sub-escala: Técnico/a-Superior.

Servicio de Acción Social, Políticas Sociales y Vivienda.

Nº de Vacantes: 3.

Códigos: SSCC-F-17, SSCC-F-18 y SSCC-F-19.

Denominación: Trabajador/a Social.

Grupo Clasif.: A/A2.

Escala: Administración Especial.

Sub-escala: Técnico/a-Medio.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Las Palmas (BOP), en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.

Tercero.- Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de Personal y de Intervención, a la Junta de Personal, al Comité de Empresa, así como al pleno del Ayuntamiento, para su conocimiento y efectos oportunos.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo a su normativa específica se produzca el acto presunto. Transcurrido dicho plazo únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso de la procedencia del recurso extraordinario de revisión, todo ello de conformidad a lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

Así mismo, podrá interponerse, si resulta procedente, recurso extraordinario de revisión (ante el Órgano administrativo que lo dictó), cuando concurran alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.

b) Que aparezcan o se aporten documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.

c) Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.

d) Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa primera, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada, En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la Vía Jurisdiccional Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas, teniendo un plazo de seis meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo a partir del señalado anteriormente.

Si no se interpone recurso extraordinario de revisión o si este ha sido resuelto de forma expresa, el plazo de interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, y deberá contarse:

Cuando del acto impugnado deba notificarse personalmente desde el día siguiente al de la última publicación oficial del acto o disposición siguiente al de la notificación. En el caso en que no proceda la notificación personal desde el siguiente al de la última publicación oficial del acto o disposición.

No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente en derecho.

Puerto del Rosario, a 21 de octubre de 2021.- La Concejala Delegada con competencia genérica, Peña Armas Hernández.



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