El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio para el desarrollo de programas de cooperación educativa en los ámbitos lingüísticos, pedagógicos y culturales entre la Región Académique Occitanie y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de septiembre de 2021.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.
ANEXO
La Viceconsejera de Educación, Universidades y Deportes del Gobierno de Canarias, María Dolores Rodríguez González.- La Rectrice de la Région Académique Occitanie, Rectrice de L’Académie de Montpellier, Chancelliere des Universites, Sophie Béjean.- Le Recteur de L’Académie de Toulouse, Mostafa Fourar.
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