BOC - 2021/199. Martes 28 de Septiembre de 2021 - 4196

III. Otras Resoluciones

Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

4196 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 16 de septiembre de 2021, por la que se dispone la publicación de la Adenda sexta de modificación del apartado 4 de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de El Hierro para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN para el desarrollo del Programa FDCAN para la isla de El Hierro.

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Suscrita con fecha 7 de septiembre de 2021, Adenda sexta de modificación del apartado 4 de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de El Hierro para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN para el desarrollo del Programa FDCAN para la isla de El Hierro.

Visto el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la mencionada Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de septiembre de 2021.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Gonzálvez Casanova.

ANEXO

ADENDA SEXTA DE MODIFICACIÓN DEL APARTADO 4 DE LA CLÁUSULA QUINTA DEL CONVENIO SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2016 ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y EL CABILDO INSULAR DE EL HIERRO PARA LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN EL MARCO DEL FDCAN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN PARA LA ISLA DE EL HIERRO.

En Canarias, a 7 de septiembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Román Rodríguez Rodríguez, Vicepresidente y Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias.

Y de otra, D. Alpidio Armas González, Presidente del Cabildo Insular de El Hierro, en nombre y representación de la institución que preside, en virtud de lo dispuesto en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con la Disposición adicional decimocuarta de dicho texto legal, previa autorización del Consejo de Gobierno Insular en la sesión celebrada el 5 de julio de 2021.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente documento y en ese sentido,

EXPONEN

Primero.- El 30 de diciembre de 2016, se formalizó el Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de El Hierro para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN para el desarrollo del "Programa FDCAN para la isla de El Hierro" (BOC nº 24, de 3.2.2017).

Segundo.- De conformidad con la cláusula novena de dicho Convenio, la modificación del mismo requerirá el acuerdo expreso de los firmantes mediante la correspondiente adenda de modificación.

Tercero.- Mediante la Adenda primera de aportación financiera para 2017-2019 y modificación al Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de El Hierro para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN para el desarrollo del "Programa FDCAN para la isla de El Hierro", se procedió a la modificación de los plazos de realización de las actividades y de justificación de las mismas (BOC nº 79, de 25.4.2017).

Cuarto.- Con fecha 20 de septiembre de 2018, se suscribió la Adenda segunda de modificación del apartado 2 de la cláusula quinta del citado Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, con el objeto de ampliar los plazos de aplicación de los fondos correspondientes a la anualidad FDCAN 2017.

Quinto.- Con fecha 25 de octubre de 2019, se suscribió la Adenda tercera de modificación de la cláusula novena, y de los apartados 3 y 4 de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, de ampliación de plazos de la anualidad FDCAN 2018 y 2019.

Sexto.- Con fecha 14 de febrero de 2020, se suscribió Adenda cuarta de modificación del apartado 3 de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, con objeto de ampliar, nuevamente, los plazos de aplicación y justificación de la anualidad FDCAN 2018.

Séptimo.- Con fecha 26 de octubre de 2020, se suscribió Adenda quinta de modificación del apartado 4 de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, con objeto de ampliar los plazos de aplicación y justificación de los fondos correspondientes a la anualidad FDCAN 2019.

Octavo.- El Cabildo Insular de El Hierro mediante escritos de 23 de febrero y 18 de mayo de 2021, comunicó a la Viceconsejería de Hacienda, Planificación y Asuntos Europeos que la gestión de la crisis ocasionada por el COVID, con especial incidencia en entidades locales con escasos recursos, y la presión migratoria que ha venido sufriendo la isla de El Hierro, han provocado un desbordamiento administrativo, en tanto que se ha visto imposibilitada o mermada la capacidad de realización de las actividades financiadas con cargo a los fondos FDCAN 2019, consecuencia de los negativos efectos de las situaciones expuestas. Por ello, y atendiendo a las solicitudes presentadas por los diferentes Ayuntamientos de la isla, el Cabildo solicita la ampliación de los plazos de aplicación y justificación de la anualidad FDCAN 2019 hasta el 30 de noviembre de 2021 y hasta 15 de diciembre de 2021, respectivamente, con el fin de poder dar cumplimiento a las obligaciones que nos atañen como beneficiarios.

Dadas las excepcionales circunstancias señaladas por la entidad beneficiaria se considera pertinente la ampliación de los plazos solicitada, si bien se fija como fecha máxima para proceder a la justificación el 30 de noviembre de 2021 toda vez que la entrega de la cuenta justificativa en la fecha propuesta por el Cabildo coincide con las operaciones de cierre del ejercicio presupuestario dificultando el proceso de gestión del Fondo.

Noveno.- Mediante Acuerdo de Gobierno de Canarias adoptado en sesión celebrada el 5 de agosto de 2021 se aprueba la modificación del apartado 4 de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo de El Hierro para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN para el desarrollo del Programa FDCAN para la isla de El Hierro y se autoriza la suscripción de la presente Adenda.

Por lo expuesto, interesando a las partes proceder a la modificación acuerdan suscribir la presente Adenda conforme a la siguiente

CLÁUSULA

Única.- Modificar el apartado 4 de la cláusula quinta del Convenio de 30 de diciembre de 2016 que queda redactado como sigue, manteniéndose el resto de la misma en sus propios términos:

4. La aplicación de los fondos de la anualidad 2019 comprenderá desde el 1 de enero de 2019 hasta el 15 de noviembre de 2021 y se justificará por el Cabildo hasta el 30 de noviembre de 2021.

Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente documento, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado.- Por el Gobierno de Canarias, Román Rodríguez Rodríguez, Vicepresidente y Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.- Por el Cabildo de El Hierro, Alpidio Armas González, Presidente.



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