BOC - 2021/179. Miércoles 1 de Septiembre de 2021 - 3984

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Cabildo Insular de La Palma

3984 - ANUNCIO de 18 de agosto de 2021, por el que se somete a información pública la aprobación inicial de las Normas de Conservación del Monumento Natural de Los Volcanes de Aridane (P-6) y del estudio ambiental estratégico, y se suspende el otorgamiento de licencias.

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Anuncio relativo a la aprobación inicial de las Normas de Conservación del Monumento Natural de Los Volcanes de Aridane (P-6), para poner en conocimiento que el objeto de las mismas es la especial protección del espacio natural estableciendo su ordenación con la finalidad de preservación geomorfológica de los conos de picón y de sus cráteres.

El ámbito de actuación, comprende 100,4 hectáreas en los términos municipales de Los Llanos de Aridane y Tazacorte en la isla de La Palma, e incluye los conos volcánicos de Montaña Todoque, Montaña La Laguna, Montaña Triana y Montaña Argual.

Se hace público que el Pleno del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el 16 de julio de 2021, ha procedido a adoptar el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva se extracta seguidamente:

"Primero.- Aprobar inicialmente las Normas de Conservación del Monumento Natural de Los Volcanes de Aridane (P-6) y el estudio ambiental estratégico.

Segundo.- Suspender el otorgamiento de licencias en todo el ámbito del espacio natural protegido del Monumento Natural de Los Volcanes de Aridane, que supongan alteración del régimen vigente, haciendo saber que los efectos de esta suspensión se extinguirán con la aprobación definitiva y, en todo caso, por plazo máximo de dos años desde la aprobación inicial, en virtud de los artículos 85 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y 99 del Reglamento de Planeamiento de Canarias.

No obstante, a partir de la publicación de la aprobación inicial se podrán tramitar y otorgar licencia a los proyectos ajustados al régimen vigente en el momento de su solicitud, siempre que dicho régimen no haya sido alterado por las determinaciones propuestas en el instrumento de ordenación en tramitación, o que, habiendo sido alterado, las determinaciones aprobadas inicialmente sean menos restrictivas o limitativas que las del planeamiento en vigor.

(...)

Cuarto.- Someter a información pública la versión inicial de las Normas de Conservación del Monumento Natural de Los Volcanes de Aridane (P-6) y el estudio ambiental estratégico, por Decreto ley 7/2021 de cuarenta y cinco (45) días hábiles, previo anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, en dos de los periódicos de mayor difusión de la isla y en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y con los artículos 23.1, 39.2 y 44.1,4º del Reglamento de Planeamiento de Canarias.

Quinto.- Someter simultáneamente la versión inicial de las Normas de Conservación del Monumento Natural de Los Volcanes de Aridane (P-6) y el estudio ambiental estratégico, por igual plazo, al trámite de consulta a las Administraciones públicas cuyas competencias pudiesen resultar afectadas y de las personas interesadas que hayan sido previamente consultadas en virtud del artículo 19 de la Ley 21/2013, de conformidad con el artículo 22 del mismo texto legal y con los citados en el apartado anterior del Reglamento de Planeamiento de Canarias.

Formular consulta a las Administraciones públicas afectadas siguientes:

1. Administración General del Estado:

* Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:

- Secretaría de Estado de Medio Ambiente.

* Ministerio de Consumo:

- Subsecretaría de Consumo.

* Ministerio de Sanidad:

- Secretaría de Estado de Sanidad.

* Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:

- Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

* Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

- Dirección General de Aviación Civil.

- Dirección General de Transporte Terrestre.

- Dirección General de Agenda Urbana, de Vivienda y Suelo.

* Ministerio de Hacienda:

- Delegación de Economía y Hacienda (Tenerife).

* Ministerio de Cultura y Deporte:

- Dirección General de Bellas Artes.

- Instituto Patrimonio Cultural de España.

* Ministerio de Defensa.

* Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital:

- Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.

- Instituto Nacional de Estadística.

* Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:

- Secretaría General de Agricultura y Alimentación.

* Ministerio de Industria, Comercio y Turismo:

- Secretaría de Estado de Turismo.

2. Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias:

* Consejería de Sanidad.

* Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda:

- Dirección General de Infraestructura Viaria.

- Dirección General de Transportes.

- Instituto Canario de la Vivienda.

* Consejería de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial:

- Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas.

- Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente.

* Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca:

- Dirección General de Ganadería.

* Consejería de Hacienda:

- Instituto Canario de Estadística (ISTAC).

* Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes:

- Dirección General de Patrimonio Cultural.

* Consejería Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud:

- Consejería Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.

- Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia.

- Instituto Canario de Igualdad.

* Consejería de Turismo, Industria y Comercio:

- Viceconsejería de Turismo.

- Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo.

* Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo:

- Dirección General de Promoción Económica.

3. Administración insular y municipal:

* Servicios del Cabildo Insular: infraestructura; agricultura, ganadería y pesca; turismo; deportes y juventud; actividades clasificadas, residuos e industria; cultura y patrimonio histórico; transporte y acción social.

* Reserva de la Biosfera de La Palma.

* Federación Canaria de Municipios.

* Patronato de Espacios Naturales Protegidos de La Palma.

* Consejo Insular de Aguas de La Palma.

* Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

* Consorcio de Servicios de La Palma.

Formular consulta a personas interesadas previamente consultadas siguientes:

* Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN).

* WWF (World Wildlife Foundation).

* Ben Magec-Ecologistas en Acción.

(...)

Séptimo.- Hacer saber que el acuerdo de aprobación inicial en tanto acto de trámite, no pone fin a la vía administrativa, por lo que no cabe contra el mismo la interposición de recurso, salvo que se entendiese la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo adoptó, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de Tenerife, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46, 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa."

En virtud del citado Acuerdo, la versión inicial y el estudio ambiental estratégico de las Normas de Conservación referenciadas se someten a información pública y consulta de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas, por un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Dicha documentación podrá ser examinada en las oficinas del Servicio de Ordenación del Territorio sitas en Santa Cruz de La Palma, en Avenida Marítima, nº 34, tercera planta del Antiguo Parador de Turismo, en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes, excepto festivos, previa solicitud de cita previa en https:citaprevia.lapalma.es/ o en el teléfono (922) 423100, y formular, en su caso, las alegaciones que se consideren oportunas, que también podrán presentarlas en los registros regulados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a través de la sede electrónica del Cabildo de La Palma https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/

Asimismo, en la página web del Excmo. Cabildo Insular de La Palma: https:pter.cablapalma.es/ENP/P6_MN_DE_LOS_VOLCANES_DE_ARIDANE/2AI se encuentra disponible la documentación escrita y gráfica de los documentos para su visualización y descarga.

Santa Cruz de La Palma, a 18 de agosto de 2021.- El Miembro Corporativo Delegado de Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio, Gonzalo María Pascual Perea.



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