BOC - 2021/159. Martes 3 de Agosto de 2021 - 3689

III. Otras Resoluciones

Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

3689 - ORDEN de 26 de julio de 2021, por la que se autoriza la creación, con carácter provisional, de la Escuela de Educación Infantil "De Santa Cruz de La Palma", titularidad del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, y la Escuela de Educación Infantil "Aventura en Pañales", titularidad del Ayuntamiento de Buenavista del Norte, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Examinado el expediente instruido por la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, relativo a la creación provisional, y por delegación, de las Escuelas de Educación Infantil, de titularidad municipal, anteriormente citadas, para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, y considerando la memoria propuesta de la Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa de fecha 15 de julio de 2021, así como los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha de 14 de octubre de 2019, el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma solicitó la creación de la Escuela de Educación Infantil "De Santa Cruz de La Palma", contando con el informe favorable de la Inspección de Educación de fecha 25 de junio de 2021 y de la Unidad Técnica de Construcciones de fecha 12 de julio de 2021.

Segundo.- Con fecha de 2 de mayo de 2013, el Ayuntamiento de Buenavista del Norte solicitó la creación de la Escuela de Educación Infantil "Aventura en Pañales", contando con el informe favorable de la Unidad Técnica de Construcciones suscrito el día 6 de agosto de 2020 y de la Inspección de Educación de fecha 30 de junio de 2021.

Tercero.- Dada la identidad sustancial entre los expedientes iniciados a instancia de los Ayuntamientos señalados, se procedió a la acumulación de los expedientes de autorización provisional de la creación de las referidas Escuelas de Educación Infantil por, Resolución nº 1017/2021, de 15 de julio, de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Cuarto.- Consta memoria propuesta de la Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa de fecha 15 de julio de 2021, por la que se propone, a la vista de los informes favorables de la Unidad Técnica de Construcciones de esta Consejería y de la Inspección de Educación, autorizar con carácter provisional, la creación de las Escuelas de Educación Infantil "De Santa Cruz de La Palma", y "Aventura en Pañales", de titularidad del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma y del Ayuntamiento de Buenavista del Norte, respectivamente,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 13.1 del Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias dispone que, "Las corporaciones locales podrán proponer la creación de Escuelas Infantiles con arreglo a la normativa aplicable para la creación de los centros escolares. Será precisa la previa firma del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de educación".

Segundo.- El Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el Decreto 81/2010, de 8 de julio, prevé en su artículo 2.2, que "Las Entidades que integran la Administración Local podrán proponer o solicitar la creación de los centros a los que se refiere el artículo anterior, de acuerdo con las disposiciones específicas que se establezcan y que tendrán, a todos los efectos, el carácter de centros públicos.". El artículo 1 del precitado Reglamento se refiere, entre otros, a los centros de Educación Infantil.

Tercero.- Por Decreto 20/2009, de 17 de febrero, se acordó delegar la competencia para la adopción de medidas provisionales en el procedimiento de creación de Escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, con el fin de facilitar la puesta en funcionamiento de estas Escuelas de Educación Infantil.

Cuarto.- La Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 3 de febrero de 2009, por la que se establece la adecuación de los requisitos para la creación o autorización de centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la determinación del régimen transitorio regulados en el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, es de aplicación para la creación de Escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal, en lo relativo, entre otras cuestiones, a la adecuación de los requisitos de espacios e instalaciones en determinados supuestos.

En el expediente ha quedado acreditado el cumplimiento de los trámites y requisitos establecidos para proceder a la autorización de la Escuela de Educación Infantil "De Santa Cruz de La Palma y de la Escuela de Educación Infantil "Aventura en Pañales".

Quinto.- El Decreto 20/2009, de 17 de febrero, por el que se delega la competencia para la adopción de medidas provisionales en el procedimiento de creación de Escuelas Infantiles de titularidad municipal en el titular de la Consejería competente en materia de educación, con el fin de facilitar la puesta en funcionamiento de estas escuelas de Educación Infantil, formaliza la delegación en la titular de la Consejería competente en materia de Educación la competencia para la adopción de medidas provisionales en el procedimiento de su creación, sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación que corresponden al Gobierno de Canarias.

En su virtud, de lo dispuesto en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 5.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 7/2021, de 18 de febrero, y en ejercicio de la delegación conferida conforme al citado Decreto 20/2009, de 17 de febrero,

R E S U E L V O:

Primero.- Autorizar con carácter provisional, la creación de las Escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal, que se relacionan en el anexo de la presente Orden para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, en tanto se tramita el procedimiento para su creación.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de julio de 2021.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Manuela de Armas Rodríguez.

ANEXO

Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.

- Escuela de Educación Infantil "De Santa Cruz de La Palma".

Número de Código: 38015813.

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

1 unidad de 1 a 2 años: 13 puestos escolares.

1 unidad de 2 a 3 años: 18 puestos escolares.

Ayuntamiento de Buenavista del Norte.

- Escuela de Educación Infantil "Aventura en Pañales".

Número de Código: 38017548.

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

1 unidad de 1 a 2 años: 13 puestos escolares.

1 unidad de 2 a 3 años: 15 puestos escolares.



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