BOC - 2021/154. Miércoles 28 de Julio de 2021 - 3635

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Cabildo Insular de Tenerife

3635 - Consejo Insular de Aguas de Tenerife.- Anuncio de 15 de julio de 2021, relativo al inicio del procedimiento de extinción por caducidad de las autorizaciones amparadas en los expedientes con referencias 3348-T.P. y 5809-T.M.

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La Gerencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, mediante Resolución de fecha 14 de julio de 2021, ha resuelto iniciar el procedimiento de extinción, por caducidad, de las autorizaciones amparadas en los siguientes expedientes:

* Expediente nº 3.348-TP: Resolución de 28 de diciembre de 1949, dictada por el Sr. Gobernador Civil de Santa Cruz Tenerife, a favor de D. Juan José Múgica Aramberría (posteriormente transferida mediante Resoluciones de 9 de octubre de 1951 y de 3 de diciembre de 1982 a favor de RICASA y de la Comunidad de Aguas "Pozo Chimbesque" respectivamente) para practicar trabajos de alumbramiento de aguas subterráneas en terrenos de su propiedad por medio de un pozo emplazado en el paraje llamado "Veras de Chimbesque", en el barranco de la Orchilla, término municipal de San Miguel, isla de Tenerife, en la cota sobre el nivel del mar de 190 metros, del cual partirán tres galerías; la primera de rumbo 335º y 270 metros de longitud; la segunda compuesta de dos alineaciones rectas, una de 50º y 300 metros de longitud y otra en continuación de la anterior de rumbo 10º y longitud de 270 metros; y la tercera galería de rumbo 110º y 70 metros de longitud.

* Expediente nº 5.809-TM: Resolución de 27 de enero de 1994, dictada por la Dirección General de Aguas, por la cual se autoriza a la Comunidad de Aguas "Pozo Chimbesque" para ejecutar labores de alumbramiento de aguas subterráneas en terrenos de dominio público hidráulico situados en el cauce del Barranco de Orchilla, en el paraje conocido por "Los Duques", términos municipales de Granadilla de Abona y San Miguel, isla de Tenerife, consistentes en la perforación de un pozo a emplazar en el citado Barranco, en la cota 225 metros sobre el nivel del mar, con la profundidad necesaria para obtener un caudal de agua explotable y de una galería de fondo, cuyo piso no sobrepase el nivel medio del mar, y que constará de dos alineaciones rectas y sucesivas de 42 y 58 metros de longitud y rumbos respectivos de 229 y 161,50 grados centesimales referidos al norte verdadero en el plazo de tres años.

Procede iniciarse la caducidad de ambas autorizaciones debido al incumplimiento de los títulos autorizatorios en lo referente, entre otros, a las obras autorizadas y al plazo de ejecución de las mismas, tal y como se deduce de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, lo cual comporta la caducidad de ambos títulos, sin derecho a indemnización, según explicitan sus condicionados (condiciones 13ª y 17ª respectivamente).

En consecuencia, y en virtud de lo establecido en los artículos 114.3 y 118.1 del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de Canarias en conexión con lo dispuesto en el artº. 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), se abre un periodo de información pública de veinte (20) días hábiles (excluyendo sábados, domingos y festivos), contados a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente que estará de manifiesto en el Área de Recursos Hidráulicos del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, sito en la calle Leoncio Rodríguez, nº 3, 2ª planta, en Santa Cruz de Tenerife, durante el periodo de información pública y en horas de oficina.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de julio de 2021.- La Secretaria Delegada Accidental (p.d. 13.7.2021), María de la O González León.



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