Examinado el expediente tramitado por el Responsable del Servicio de Ordenación Educativa de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad, y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Vista la Resolución 1056/2021, de 10 de junio, por la que se dictan instrucciones a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la participación en el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, el Avance y el Enriquecimiento Educativo, Programa PROA+, durante el curso escolar 2021-2022.
Segundo.- Vista la falta de inclusión de los logos a los que se hace mención en la Instrucción duodécima del Anexo I y detectado error material en el Anexo IV, Actividad Palanca nº 8, referido a los recursos asociados, procede modificar la redacción de la resolución citada en el antecedente primero.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- Dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
A la vista de los antecedentes y consideración jurídica expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes,
R E S U E L V O:
Primero.- Corregir los errores materiales detectados en la Resolución 1056/2021, de 10 de junio, por la que se dictan instrucciones a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la participación en el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, el Avance y el Enriquecimiento Educativo, Programa PROA+, durante el curso escolar 2021-2022.
Segundo.- Incluir los siguientes logos en todas las páginas de la citada resolución.
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Tercero.- En el Anexo IV, en la Actividad Palanca nº 8, Recursos Asociados, donde dice:
«Dotación horaria al profesorado fuera del periodo lectivo del alumnado».
Debe decir:
«Dotación horaria al profesorado en el periodo lectivo del alumnado».
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de junio de 2021.- El Director General de Ordenación, Innovación y Calidad, Gregorio José Cabrera Déniz.
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