Visto el correspondiente expediente y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1º) El 10 de mayo de 2021, se dictó por esta Dirección General la Resolución nº 730, por la que se aprobó la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna y por acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma, Especialidad de Ingenieros Industriales (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resoluciones de esta Dirección General de 21 de noviembre de 2017 (publicadas en el BOC nº 231, de 30.11.2017).
2º) Advertido error material en la puntuación de la fase de concurso de un aspirante recogida en el anexo.
Y atendiendo a la siguiente
CONSIDERACIÓN JURÍDICA
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Único.- Rectificar el error material producido en la Resolución nº 730, de 11 de mayo de 2021, por la que se aprueba la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna y por acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma, Especialidad de Ingenieros Industriales (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resoluciones de esta Dirección General (publicadas en el BOC nº 231, de 30.11.2017), sustituyendo en el anexo de dicha Resolución nº 730,
Donde dice:
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Debe decir:
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Santa Cruz de Tenerife, a 24 de junio de 2021.- La Directora General de la Función Pública, Laura María Martín Pérez.
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