BOC - 2021/111. Martes 1 de Junio de 2021 - 2798

II. Autoridades y personal

Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

2798 - ORDEN de 21 de mayo de 2021, de cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias.

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Vista la propuesta del Ilmo. Sr. Director General de Universidades, de 20 de mayo de 2021, relativa al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden de 26 de febrero de 2019 establece la composición del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias con los siguientes vocales en representación de las enseñanzas superiores de Canarias:

EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA

Universidad de La Laguna:

Titular: D. Jefferson Arián Marín Medina.

Suplente: Dña. Diana Cruz Zerpa.

Titular: D. Brian Trujillo Pérez.

Suplente: D. Álvaro Alexander Díaz Rodríguez.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:

Titular: D. Alejandro Florido López.

Suplente: D. Néstor Negrín Cordero.

Titular: Dña. Ada Santana Aguilera.

Suplente: D. José Bruno Ramírez Cubas.

Universidad Europea de Canarias:

Titular: D. Pablo Muñoz Iglesias.

Suplente: Dña. Sara Ramos Gómez.

Universidad Fernando Pessoa-Canarias:

Titular: D. Norberto Alemán Santana.

Suplente: Dña. María Alcaráz Jiménez.

Universidad del Atlántico Medio:

Titular: Dña. Eva Betancor Sosa.

Suplente: Dña. Indira Díaz Estévez.

EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIA

Enseñanzas Artísticas Superiores:

Titular: Dña. Paula Toral Navarro.

Suplente: Dña. Marta Herrera Hollingsworth.

Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Grado Superior:

Titular: D. Lourival Cardoso da Silva Junior.

Suplente: D. Keoma Reinaldo Casanova Paz.

Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior (centros docentes públicos):

Titular: Dña. Lucía Díaz Lozano.

Suplente: D. Raúl Padilla Rodríguez.

Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior (centros docentes privados):

Titular: D. Carlos Manrique de Lara Ojeda.

Suplente: vacante.

Segundo.- Las propuestas de designación de vocales emitidas por las universidades y centros de educación superior con representación en el Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias y remitidas a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes han sido las siguientes:

EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA

La Rectora de la Universidad de La Laguna, con fecha 3 de mayo de 2021, resuelve la designación de los siguientes vocales:

Titular: D. Moisés Jesús Rodríguez de Armas.

Suplente: D. Francisco Manuel González Ruiz.

Titular: Dña. María Zuleyma González Herrera.

Suplente: D. Aitor Fernández Cabello.

El Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, con fecha 20 de abril de 2021, resuelve la designación de los siguientes vocales:

Titular: Dña. Ada Santana Aguilera.

Suplente: Dña. Nerea García García.

Titular: D. Joel Navarro Rivero.

Suplente: D. Gerardo Herrera García.

La Rectora de la Universidad Europea de Canarias, con fecha 19 de abril de 2021, propone a los siguientes vocales:

Titular: Dña. Rocío Godoy Rodríguez.

Suplente: D. Gabriel Morales Correa.

El Rector de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias, con fecha 19 de mayo de 2021, propone a los siguientes vocales:

Titular: Dña. Lorena Navarro Oliva.

Suplente: D. Pedro Manuel Santana Cabrera.

El Rector de la Universidad del Atlántico Medio, con fecha 19 de abril de 2021, propone a los siguientes vocales:

Titular: D. José Luis Ramos Aisa.

Suplente: Dña. Beatriz Hernández de la Nuez.

EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIA

La Directora General de Formación Profesional y Educación de Adultos, con fecha 17 de mayo de 2021, remite los siguientes vocales:

Enseñanzas Artísticas Superiores:

Titular: D. Ciro Hernández Perdigón.

Suplente: Dña. Diana Kasandra Díaz Galván.

Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Grado Superior:

Titular: Dña. Sara Rodríguez Guerrero.

Suplente: D. Elías Rafael Fariñas Mendoza.

Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior (centros docentes públicos):

Titular: Dña. Raquel Alemán Frigolet.

Suplente: D. José María Amador García.

La Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, con fecha 18 de mayo de 2021, remite los siguientes vocales:

Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior (centros docentes privados):

Titular: Dña. Raquel Antera Jiménez Martel.

Suplente: D. Renato Machado Filho.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Mediante Decreto 160/2018, de 12 de noviembre, se crea y regula el Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias.

Segundo.- En el artículo 3 del citado Decreto 160/2018, de 12 de noviembre, se establece la composición del Consejo, que estará integrado por:

"a) La Presidencia, que la ejercerá la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Educación Superior o persona en quien delegue.

b) Las vocalías, que serán las siguientes:

* Las personas titulares de las direcciones generales con competencias en materia de Educación Superior o personas en quienes deleguen.

* La persona titular del órgano u organismo autónomo competente en materia de investigación o persona en quien delegue.

* La persona titular del órgano u organismo autónomo competente en materia de inserción laboral activa o persona en quien delegue.

* Dos personas representantes del alumnado de cada universidad pública.

* Una persona representante del alumnado de cada universidad privada.

* Una persona representante del alumnado de las Enseñanzas Artísticas Superiores.

* Una persona representante del alumnado de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño de Grado Superior y de las Enseñanzas Deportivas de Grado Superior.

* Una persona representante del alumnado de la Formación Profesional de Grado Superior pública.

* Una persona representante del alumnado de la Formación Profesional de Grado Superior privada".

Tercero.- En el artículo 4 del mencionado Decreto, "Vocalías en representación de las distintas enseñanzas", se regula:

"1. Quienes aspiren a la condición de vocal deben estar matriculados en las enseñanzas que van a representar, debidamente autorizadas por el Gobierno de Canarias. La persona titular de la Consejería con competencias en materia de Educación Superior o persona en quien delegue, llevará a cabo el nombramiento de vocalías titulares y personas suplentes a partir de las candidaturas propuestas.

2. Cada rectorado propondrá una persona titular y una persona suplente, elegidos en el seno del Consejo de Estudiantes u órgano similar de representación estudiantil. En las universidades públicas en las que no exista alguno de estos órganos, serán elegidos entre y por estudiantes que pertenezcan al Claustro. En su caso, en las universidades privadas serán elegidos entre y por estudiantes que formen parte de sus órganos de gobierno y representación. A los efectos de propuestas y nombramientos de vocalías, se atenderá a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres, para garantizar una representación equilibrada de mujeres y hombres.

3. Respecto a las vocalías y personas suplentes en representación de la Educación Superior no universitaria serán propuestas por la Dirección General competente en este ámbito, que tendrá en cuenta, entre otros factores, el equilibrio territorial. Se propondrá una persona titular y una persona suplente por cada enseñanza no universitaria con representación en este Consejo.

4. El voto de cada vocal no será delegable y el valor del voto de las personas representantes del alumnado será ponderado, en función del número de estudiantes que represente. Cada vocal de las universidades públicas representará a la mitad de estudiantes de su universidad.

5. Con el fin de garantizar la representatividad, cada institución, a cargo de las propuestas de vocalías, llevará a cabo medidas de difusión para impulsar dinámicas de participación y debate entre los colectivos estudiantiles implicados.

6. A los efectos de propuestas y nombramientos de vocalías, se considerará una representación equilibrada de mujeres y hombres, en cumplimiento de la normativa aplicable".

Cuarto.- El artículo 9 del citado Decreto 160/2018, de 12 de noviembre, estipula que el nombramiento de cada vocal representante del estudiantado y de las personas suplentes será por dos años. La Orden de 26 de febrero de 2019, establece la composición del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, el 7 de marzo de 2019.

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en el artº. 4.1 del Decreto 160/2018, de 12 de noviembre, se crea y regula el Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias; por el artículo 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 7/2021, de 18 de febrero,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar el cese de D. Jefferson Arián Marín Medina, Dña. Diana Cruz Zerpa, D. Brian Trujillo Pérez y D. Álvaro Alexander Díaz Rodríguez como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna, agradeciéndoles los servicios prestados.

Segundo.- Nombrar a D. Moisés Jesús Rodríguez de Armas y a Dña. María Zuleyma González Herrera como vocales titulares y a D. Francisco Manuel González Ruiz y D. Aitor Fernández Cabello como vocales suplentes del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna.

Tercero.- Declarar el cese de D. Alejandro Florido López, D. Néstor Negrín Cordero, Dña. Ada Santana Aguilera y D. José Bruno Ramírez Cubas como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, agradeciéndoles los servicios prestados.

Cuarto.- Nombrar a Dña. Ada Santana Aguilera y a D. Joel Navarro Rivero como vocales titulares y a Dña. Nerea García García y D. Gerardo Herrera García como vocales suplentes del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Quinto.- Declarar el cese de D. Pablo Muñoz Iglesias y Dña. Sara Ramos Gómez como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad Europea de Canarias, agradeciéndoles los servicios prestados.

Sexto.- Nombrar a Dña. Rocío Godoy Rodríguez como vocal titular y a D. Gabriel Morales Correa como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad Europea de Canarias.

Séptimo.- Declarar el cese de D. Norberto Alemán Santana y Dña. María Alcaraz Jiménez como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias, agradeciéndoles los servicios prestados.

Octavo.- Nombrar a Dña. Lorena Navarro Oliva como vocal titular y a D. Pedro Manuel Santana Cabrera como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias.

Noveno.- Declarar el cese de Dña. Eva Betancor Sosa y Dña. Indira Díaz Estévez como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad del Atlántico Medio, agradeciéndoles los servicios prestados.

Décimo.- Nombrar a D. José Luis Ramos Aisa como vocal titular y a Dña. Beatriz Hernández de la Nuez como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de la Universidad del Atlántico Medio.

Décimo primero.- Declarar el cese de Dña. Paula Toral Navarro y Dña. Marta Herrera Hollingsworth como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas Artísticas Superiores, agradeciéndoles los servicios prestados.

Décimo segundo.- Nombrar a D. Ciro Hernández Perdigón como vocal titular y a Dña. Diana Kasandra Díaz Galván como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas Artísticas Superiores.

Décimo tercero.- Declarar el cese de D. Lourival Cardoso da Silva Junior y D. Keoma Reinaldo Casanova Paz como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Grado Superior, agradeciéndoles los servicios prestados.

Décimo cuarto.- Nombrar a Dña. Sara Rodríguez Guerrero como vocal titular y a D. Elías Rafael Fariñas Mendoza como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Grado Superior.

Décimo quinto.- Declarar el cese de Dña. Lucía Díaz Lozano y D. Raúl Padilla Rodríguez como vocales del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior (centros docentes públicos), agradeciéndoles los servicios prestados.

Décimo sexto.- Nombrar a Dña. Raquel Alemán Frigolet como vocal titular y a D. José María Amador García como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior (centros docentes públicos).

Décimo séptimo.- Declarar el cese de D. Carlos Manrique de Lara Ojeda como vocal del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas de Formación Profesional de grado superior (centros docentes privados), agradeciéndole los servicios prestados.

Décimo octavo.- Nombrar a Dña. Raquel Antera Jiménez Martel como vocal titular y a D. Renato Machado Filho como vocal suplente del Consejo de Estudiantes de la Educación Superior de Canarias, en representación de las Enseñanzas de Formación Profesional de grado superior (centros docentes privados).

Décimo noveno.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación. En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, lo cual acontecerá si no recae resolución expresa tras el transcurso de un mes desde su interposición. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2021.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Manuela de Armas Rodríguez.



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