BOC - 2021/99. Viernes 14 de Mayo de 2021 - 2542

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

2542 - EDICTO de 4 de febrero de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000875/2019.

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Dña. María Jenny Mora Romero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Arona, a 3 de febrero de 2021.

Juez Francisco Borja Abeijón Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Procuradora de los Tribunales Dña. Laura Aguilar Dorta, en nombre y representación de Dña. Ana María Jiménez Expósito, presentó escrito por el que formulaba demanda de divorcio contra D. Yoel Vázquez Sierra.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda de divorcio presentada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Laura Aguilar Dorta, en nombre y representación de Dña. Ana María Jiménez Expósito, contra D. Yoel Vázquez Sierra y, por tanto, declaro la disolución por causa de divorcio del matrimonio celebrado entre Dña. Ana María Jiménez Expósito y D. Yoel Vázquez Sierra, el 11 de septiembre de 2008, el cual fue inscrito en el Registro Civil del Consulado General de España en La Habana, Libro 507, folio 412, Sección 2ª, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe intentar, recurso de apelación que habrá de interponerse por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación.

Una vez firme esta sentencia, comuníquese al Registro Civil Central, a cuyo efecto se librarán los despachos oportunos.

Expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: la anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Sr. Juez que la dictó en el día de su fecha. Doy fe.

Y pare que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Yoel Vázquez Sierra, expido y libro el presente en Arona, a 4 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia.



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