BOC - 2021/88. Viernes 30 de Abril de 2021 - 2315

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2315 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 20 de abril de 2021, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX) y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC) para la acción exterior.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de octubre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX) y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC) para la acción exterior, cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de abril de 2021.- La Secretaria General Técnica, Fayna Álamo Santana.

A N E X O

"ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN CANARIA PARA LA ACCIÓN EXTERIOR (FUCAEX) Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, S.A. (ITC).

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de abril de 2021.

REUNIDOS

De una parte el Sr. D. Juan Rafael Zamora Padrón, con DNI nº ***0076** en calidad de Presidente de la Fundación Canaria para la Acción Exterior (en adelante la Fundación), con sede en Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Edificio de Servicios Múltiples, 11, planta 2ª, 38071-Santa Cruz de Tenerife y CIF G38966834, e inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias con el nº 263; en nombre y representación de la Fundación conforme establece sus estatutos.

Y de otra parte, el Sr. D. Gabriel Andrés Megías Martínez, con DNI nº ***1588**, en calidad de Gerente del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (en adelante, ITC), con CIF nº A 35313170, y domicilio social en la calle Cebrián, nº 3, código postal 35003-Las Palmas de Gran Canaria, y en su representación, según escritura de poder especial nº 2.195, otorgada con fecha 22 de octubre de 2015, ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Canarias, D. Juan Alfonso Cabello Cascajo, e inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, tomo 2119, folio 140, hoja GC-4588, inscripción 110ª.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente documento, y en su mérito,

EXPONEN

I.- Que con fecha 1 de abril de 2019, la Fundación y el ITC formalizaron un Convenio de Colaboración para la acción exterior.

II.- Que en el ejercicio 2020 se produjo una situación de emergencia sanitaria por la enfermedad del coronavirus (COVID-19) de efectos mundiales. Y que entre otras muchas consecuencias, esta pandemia generó la obligación de los gobiernos, entre ellos el español, de decretar estados de alarma con restricciones de libertades entre ellas a la movilidad de las personas.

Por tanto, el ITC durante tanto en el ejercicio 2020 como al menos en el primer semestre del ejercicio 2021, no hizo ni va a hacer uso de los espacios puestos a disposición de FUCAEX en la Sucursal de la que dispone en Cabo Verde.

Estas limitaciones hacen necesario la suspensión de los acuerdos recogidos por las partes en este Convenio, por ambas.

III.- Que las partes, están de acuerdo en dejar en suspenso los efectos del Convenio, hasta que la actividad pueda ser retomada con normalidad, y pueda tener presencia el ITC en Cabo Verde.

Por lo que interesando a ambas partes modificar el contenido del Convenio de Colaboración suscrito por las partes en fecha 1 de abril de 2019, ambas partes acuerdan la formalización de la presente Adenda modificativa con sujeción a las siguientes

ESTIPULACIONES

Artículo único.- Las partes acuerdan dejar temporalmente en suspenso con efectos retroactivos de 1 de enero de 2020, los compromisos asumidos por las partes en virtud de la firma del Convenio de Colaboración de fecha 1 de abril de 2019, con motivo de la Pandemia por la enfermedad del coronavirus (COVID-19) que afecta a nivel mundial y restringe la libertad de movilidad.

En consecuencia las partes acuerdan, salvo comunicación expresa de prórroga de la suspensión comunicada con al menos 15 días de antelación, restablecer la colaboración entre ambas a fecha 1 de julio de 2021, momento en el que las partes asumirán plenamente las obligaciones comprometidas mediante la firma del Convenio de Colaboración de fecha 1 de abril de 2019.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX), Juan Rafael Zamora Padrón, Presidente.- Por el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC), Gabriel Megías Martínez, Gerente".



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