BOC - 2021/66. Miércoles 31 de Marzo de 2021 - 1747

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Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

1747 - EXTRACTO de la Orden de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la dotación económica inicialmente prevista y se declaran los créditos definitivos disponibles en la convocatoria 2021-2023 de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de I+D por organismos de investigación y empresas en las áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias RIS-3. Cofinanciación programa operativo FEDER Canarias 2014-2020.

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BDNS (Identif.): 538547.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Dotación económica.

Se declaran los créditos disponibles para la convocatoria 2021-2023 de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de I+D por organismos de investigación y empresas en las áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3), ascendiendo la dotación económica definitiva a la cantidad de dos millones novecientos veintitrés mil doscientos treinta y tres euros con cincuenta céntimos (2.923.233,50) euros, existiendo crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 1517.463C.157G0058.746.0200 "Apoyo a la actividad de I+D+i". El importe de la dotación se encuentra cofinanciado en un 85% a través del programa operativo FEDER Canarias 2014-2020 (Actuación IC.1.2.3.001 Proyectos de I+D (Públicos) Eje Prioritario 01 Prioridad de Inversión 1b Objetivo Específico OE.1.2.3). La distribución por anualidades queda conformada de acuerdo con lo siguiente:

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La concesión de las subvenciones, conforme con lo previsto en el artículo 57.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Segundo.- Producción de efectos.

La presente Orden producirá sus efectos a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias haciendo saber a los interesados que la modificación efectuada no afecta al régimen de concurrencia por lo que su publicación no implicará ni la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes ni afectará al plazo máximo previsto para adoptar y notificar la resolución de concesión.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de marzo de 2021.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO,

Elena Máñez Rodríguez.



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