BDNS (Identif.): 552827.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar que cumplan los requisitos previstos en el artículo 3 de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 30 de abril de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar destinadas a inversiones en equipamiento y/o gastos corrientes.
Segundo.- Objeto.
Gastos corrientes generados por los servicios que prestan las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 30 de abril de 2010 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar destinadas a inversiones en equipamiento y/o gastos corrientes (BOC nº 91, de 11.5.10).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan créditos por importe global de seiscientos noventa y cinco mil (695.000,00) euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Canarias, a 3 de marzo de 2021.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA,
Alicia Vanoostende Simili.
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