BOC - 2021/39. Jueves 25 de Febrero de 2021 - 955

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

955 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Directora, por la que se corrigen errores en la Resolución de 16 de noviembre de 2020, que resuelve la concesión directa de subvenciones destinadas a las personas o empresas que, después de un expediente de regulación de empleo temporal aprobado como consecuencia del coronavirus COVID-19, restituyan a la plantilla afectada por este, en unas condiciones contractuales superiores a las que tenían con carácter previo (BOC nº 243, de 27.11.2020).

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Examinada la documentación existente en el expediente, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

I.- Con fecha 14 de agosto de 2020 se publica, en el Boletín Oficial de Canarias nº 164, la Resolución de 30 de julio de 2020, de la Directora, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a las personas o empresas que, después de un expediente de regulación de empleo temporal aprobado como consecuencia del coronavirus COVID-19, restituyan a la plantilla afectada por este en unas condiciones contractuales superiores a las que tenían con carácter previo, y la convocatoria del mismo para los ejercicios 2020-2021.

II.- Con fecha 27 de noviembre de 2020, se publica en el Boletín Oficial de Canarias nº 243, la Resolución de 16 de noviembre de 2020, de la Directora, por la que se resuelve la concesión directa de subvenciones destinadas a las personas o empresas que, después de un expediente de regulación de empleo temporal aprobado como consecuencia del coronavirus COVID-19, restituyan a la plantilla afectada por este, en unas condiciones contractuales superiores a las que tenían con carácter previo.

III.- Una vez publicada la referida Resolución de concesión, se detecta en su Anexo III, que contempla el volumen de solicitudes que no han obtenido subvención por incumplir alguno de los requisitos jurídico-formales exigidos en las bases reguladoras y/o convocatoria; error material en la consignación de los motivos concretos que avalan la denegación del siguiente expediente:

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A los citados antecedentes, le son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del SCE, de conformidad con lo establecido en la base reguladora décima, punto 2, en relación directa con el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del SCE, según redacción dada por la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC de 2.3.11).

Segunda.- Es de aplicación el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: "Las Administraciones Públicas, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

R E S U E L V O:

Primero.- Corregir los errores materiales detectados en el Anexo III de la Resolución de 16 de noviembre de 2020, de la Directora, por la que se resuelve la concesión directa de subvenciones destinadas a las personas o empresas que, después de un expediente de regulación de empleo temporal aprobado como consecuencia del coronavirus COVID-19, restituyan a la plantilla afectada por este, en unas condiciones contractuales superiores a las que tenían con carácter previo (BOC nº 243, de 27.11.2020), en el siguiente sentido:

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Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2021.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.



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