D./Dña. María Pilar Ezquerra Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado auto, rectificando la sentencia de fecha 19 de febrero de 2020 dictada en el juicio verbal 976/18, cuyo antecedentes de hecho y acuerdo tienen el siguiente tenor literal:
La Procuradora Sra. Colina Naranjo, en nombre y representación de la entidad "Coral Homes, S.L. interpuso petición de aclaración de la sentencia dictada el 19 de febrero de 2020, en el presente juicio verbal nº 976/2018.
Estimar la aclaración interpuesta contra la sentencia dictada el 19 de febrero de 2020, en el presente juicio verbal nº 976/2018, y aclarar que el bien inmueble objeto de autos de la siguiente manera:
"Calle Juncal, nº 2, planta primera izquierda, Las Canteras del Fondillo, Tafira Baja, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria".
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. ignorados ocupantes de la vivienda en calle Juncal, nº 2, planta 1, izquierda, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de enero de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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