BOC - 2021/26. Lunes 8 de Febrero de 2021 - 613

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Universidad de La Laguna

613 - RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2021, por la que se efectúa convocatoria 2021 de contratos laborales temporales posdoctorales "Viera y Clavijo modalidades senior y junior".

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La convocatoria tiene como objeto facilitar y promover la incorporación de investigadores posdoctorales en la Universidad de La Laguna (en adelante ULL), dentro del objetivo de formación y especialización de los recursos humanos de I+D+i y de la estrategia institucional de fortalecimiento de la actividad investigadora.

Esta convocatoria pretende ser complementaria a las ayudas para contratos Beatriz Galindo (BG) Ramón y Cajal (RyC) y Juan de la Cierva (JC) incorporación y formación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i Subprograma Estatal de Incorporación, así como del Programa "Individual Fellowships - Marie Skodowska Curie Actions (MSCA-IF)" dentro del H2020 de la Unión Europea.

Los Estatutos de la Universidad de La Laguna señalan como fines esenciales de la Universidad, entre otros, el contribuir a la creación y desarrollo del conocimiento a través de la investigación. Por Resolución de la Rectora de fecha 27 de junio de 2019 (BOC nº 131, de 10.7.19), por la que se aprueba la delegación de competencias de la Rectora y régimen de suplencias de esta Universidad, se delega a este Vicerrectorado, las funciones que en materia de Investigación, se atribuye los citados Estatutos a la Rectora, entre otras, el apoyo a la investigación a través de la captación de financiación y el desarrollo de programas de investigación con el objetivo de promocionar y fomentar la actividad investigadora.

Al amparo de dichas competencias y de los objetivos perseguidos por la ULL, se establecen las presentes bases para la contratación laboral selección de investigadores posdoctorales.

BASES

Primera.- Objeto de la convocatoria.

1.-El objeto de la presente Resolución es convocar, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de objetividad y publicidad, cuatro contratos, para la incorporación de doctores españoles o extranjeros a Departamentos de la ULL para completar y consolidar su formación investigadora y de colaboración en docencia en alguna de las áreas de conocimiento que se recogen en la presente convocatoria.

2. De los cuatro contratos convocados, tres contratos lo serán en modalidad senior y un contrato en modalidad junior. Los solicitantes podrán seleccionar un máximo de dos áreas de conocimiento ULL de las relacionadas en Anexo 2, incorporándose las personas seleccionadas al Departamento al que se adscribe el área de conocimiento de que se trate. Por otro lado, en dicho anexo se indica el número de candidatos elegibles según el área de conocimiento.

3. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios establecidos en Anexo 3 de la presente convocatoria.

Segunda.- Modalidades de los contratos y personas a las que se dirigen.

1. Modalidad "Viera y Clavijo" senior:

Esta modalidad se dirige a quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Personal investigador que figure en la resolución de la Agencia Estatal de Investigación como personas de reserva en la convocatoria 2019 de las ayudas para contratos "Beatriz Galindo" en su modalidad Senior, del Subprograma Estatal de Incorporación. También podrán optar quienes hayan alcanzado una puntuación igual o mayor a 95 puntos en la calificación correspondiente a los méritos del candidato, en la evaluación de sus solicitudes realizada en el marco de la citada convocatoria (modalidad Senior).

b) Personal investigador que figure en alguna de las resoluciones de la Agencia Estatal de Investigación como personas de reserva de las convocatorias 2017, 2018 y 2019 de las ayudas para contratos "Ramón y Cajal" del Subprograma Estatal de Incorporación. También podrán optar quienes hayan alcanzado una puntuación igual o mayor a 80 puntos en su evaluación en el marco de las citadas convocatorias.

c) Personal investigador incluido en alguna de las resoluciones de personas seleccionadas en las convocatorias 2017, 2018 y 2019 de las ayudas para contratos "Ramón y Cajal" del Subprograma Estatal de Incorporación, que no llegaron a incorporarse a un Centro de I+D.

d) Personal investigador seleccionado en las convocatorias 2017, 2018 y 2019 de las ayudas para contratos "Ramón y Cajal" del Subprograma Estatal de Incorporación e incorporado a un Centro de I+D y que deseen incorporarse a la ULL.

2. Modalidad "Viera y Clavijo junior"

Esta modalidad se dirige a quienes tengan una experiencia posdoctoral no superior a 5 años desde la obtención del título de doctor (a efectos de la presente convocatoria, la fecha del acto de lectura y defensa de la tesis) y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Personal investigador que, habiéndose presentado a la convocatoria 2019 de Beatriz Galindo en la modalidad Junior, haya alcanzado una puntuación igual o mayor a 95 puntos en la calificación correspondiente a los méritos del candidato, en la evaluación realizada en el marco de la citada convocatoria (modalidad Junior).

b) Personal investigador que habiéndose presentado a la convocatoria 2019 MSCA-IF de H2020, haya obtenido una puntuación igual o mayor a 87 puntos.

c) Personal investigador que figure como reserva en la correspondiente resolución definitiva de la convocatoria 2019 de las ayudas para contratos "Juan de la Cierva-Incorporación" del Subprograma Estatal de Incorporación, o haya alcanzado una puntuación igual o mayor a 85 puntos en el apartado de valoración del candidato.

d) Personal investigador que figure como reserva en la resolución definitiva de la convocatoria 2019 de ayudas para contratos "Juan de la Cierva-Formación", o haya alcanzado una puntuación igual o mayor a 85 puntos en el apartado de valoración del candidato.

En los supuestos de cuidado de hijo/a (tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción) y en los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente cuando la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa, se haya producido entre el 1 de enero de 2014 y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, para el cómputo de los 5 años de experiencia postdoctoral, se aplicará una ampliación del periodo postdoctoral de 1 año por cada hijo/a.

Tercera.- Características de los contratos.

1. Se formalizará un contrato laboral a tiempo completo. El contrato tendrá una duración de un año, renovable por dos años más en el caso de la modalidad junior, y renovable por cuatro años más en el caso de la modalidad senior. En todo caso, las prórrogas serán anuales, quedando la misma condicionada a la evaluación positiva de la actividad investigadora desarrollada y a la existencia de disponibilidad presupuestaria adecuada y suficiente.

2. La ULL formalizará con las personas seleccionadas un contrato laboral temporal de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. En el caso de que alguna persona seleccionada haya estado ya contratada en la modalidad prevista en el citado artículo y por tanto, de acuerdo a lo previsto en el mismo, no pueda ser contratado bajo esa modalidad, se suscribirá un contrato laboral temporal de investigador.

3. La duración del contrato será de un año a partir del 1 de mayo de 2021, fecha estimada de inicio de los contratos. En todo caso, la resolución definitiva de concesión fijará la fecha de incorporación de las personas seleccionadas. No obstante, a efectos de la incorporación se tendrá en cuenta lo señalado en la base undécima respecto a los extranjeros no comunitarios. Por otro lado, podrá aplazarse la fecha de incorporación hasta un máximo de un mes respecto a la fecha fijada en la resolución definitiva previa solicitud motivada.

4. El objeto del contrato será la realización de actividades de investigación en el área o subárea temática en la que haya sido evaluado en las convocatorias RyC, Juan de la Cierva, Beatriz Galindo o MSCA-IF.

5. Las personas contratadas podrán prestar colaboración en tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación que se desarrolle, por un máximo de 80 horas anuales.

6. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato.

7. La actividad investigadora desarrollada por el personal investigador contratado estará sujeta al seguimiento científico técnico en la forma descrita en la base decimotercera.

Cuarta.- Importe del contrato. Asignación económica adicional.

1. El importe total anual de cada contrato es el siguiente:

a) Modalidad "Viera y Clavijo senior": 45.810,78 euros, cantidad en la que se incluye el importe correspondiente a la cuota empresarial a la seguridad social y a la que se aplicará las retenciones que procedan de acuerdo a la legislación vigente. La retribución bruta anual del contrato se devengará en doce mensualidades y dos pagas extras.

b) Modalidad "Viera y Clavijo junior": 35.934,61 euros, cantidad en la que se incluye el importe correspondiente a la cuota empresarial a la seguridad social y a la que se aplicará las retenciones que procedan de acuerdo a la legislación vigente. La retribución bruta anual del contrato se devengará en doce mensualidades y dos pagas extras.

2.- Las personas contratadas dispondrán de una cantidad adicional de 10.000 euros en el caso de la Modalidad "Viera y Clavijo senior" y de 6.000 euros en el caso de la Modalidad "Viera y Clavijo junior" para cubrir los gastos directamente relacionados con la ejecución de las actividades de investigación una vez incorporado a su puesto de trabajo en la Universidad. Las cantidades citadas podrán destinarse a la financiación de los siguientes conceptos de gastos:

a) Adquisición de equipos científico-técnico, incluyendo equipos informáticos y programas de ordenador de carácter técnico; material bibliográfico; material fungible, suministros y productos similares, gastos de viajes y dietas, gastos de inscripción en congresos, seminarios y conferencias de carácter científico.

En relación con los gastos de viajes y dietas, serán de aplicación los límites establecidos para el grupo 2 en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio (BOC nº 137, de 22.10.97).

No se admitirá gasto de contratación de personal con cargo a la asignación económica adicional.

El gasto con cargo a la asignación económica adicional podrá realizarse durante la vigencia del contrato. En el caso de que el contrato sea prorrogado y exista remanente del importe de dicha asignación, se podrá hacer gastos con cargo a la misma hasta agotar el máximo previsto. Los gastos deberán estar debidamente justificados mediante la correspondiente memoria justificativa. Estos gastos no precisaran de la autorización de este Vicerrectorado para su realización.

3. La realización de gastos con cargo a la asignación económica adicional se ajustará a las normas e instrucciones dictadas por la Gerencia de la ULL así como al calendario de cierre del ejercicio económico correspondiente.

4. La realización de desplazamientos fuera de la ULL debe ser autorizada previamente a su realización por este Vicerrectorado, autorización que se recabará a través del procedimiento establecido al efecto.

Quinta.- Financiación de la convocatoria.

1. La financiación de la presente convocatoria, por un importe total de 209.366,95 euros, se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 1804032004 y 180403AA 423B5 640.00. Dicha cantidad se distribuye en la forma siguiente:

a) Contratos laborales modalidades "senior" y "junior", aplicación presupuestaria 1804032004:

- Modalidad "Viera y Clavijo senior": 137.432,34 euros.

- Modalidad "Viera y Clavijo junior": 35.934,61 euros.

b) Financiación adicional prevista en la base cuarta de la presente convocatoria:

- Modalidad "Viera y Clavijo senior": 30.000 euros.

- Modalidad "Viera y Clavijo junior": 6.000 euros.

2.- La distribución estimada por anualidades del importe de los contratos, teniendo en cuenta la fecha estimada de inicio de los contratos (1 de mayo de 2021), es la siguiente:

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En caso de que los contratos no se inicien en la fecha estimada prevista se realizará el reajuste que corresponda en el plazo y en la distribución de los créditos.

3. La posibilidad de prórroga de los contratos queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad de que se trate.

Sexta.- Publicación de la convocatoria. Plazo de presentación de solicitudes.

La presente resolución de convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias así como en la dirección web indicada en la base undécima de esta resolución de convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y se iniciará a las 8:00 am del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará a las 24:00 horas del último día del plazo (hora local, en ambos casos).

Séptima.-Forma de presentación de las solicitudes. Formalización de la solicitud.

La presentación de la solicitud se realizará telemáticamente a través de la sede electrónica de la ULL ("Solicitud General"). No se admitirán solicitudes en papel quedando automáticamente excluidas las que se presenten en este soporte. Si el interesado no dispone de claves de acceso para acceder a la sede, podrá obtenerlas en el apartado "Obtención de claves de acceso" de la propia sede electrónica.

A la Solicitud General de la sede electrónica se acompañará la documentación siguiente:

a) Formulario de solicitud normalizado según Anexo 1 de la presente convocatoria debidamente cumplimentado, en donde se indicará un máximo de dos áreas de conocimiento ULL priorizadas. El área de conocimiento debe estar incluida en el área temática AEI a la que adscribió su solicitud de ayuda para contratos "Beatriz Galindo", "Ramón y Cajal" o "Juan de la Cierva" formación o incorporación, indicándose también el sub-área temática. En el caso de los "MSCA-IF" deberá tratarse de un área de conocimiento de la ULL asignable a las 8 áreas de evaluación de MSCA-IF (Química - CHE, Ciencias Sociales y Humanidades-SOC, Ciencias Económicas-ECO, Ciencias de la Información e Ingeniería -ENG, Medioambiente y Ciencias de la Tierra-ENV, Ciencias de la Salud-LIF, Matemáticas-MAT y Física-PHY). El formulario citado estará a disposición de los interesados en la dirección web https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/contratos-de-doctores-viera-y-clavijo/.

Cada solicitante únicamente podrá presentar una solicitud, si bien como se indica en el párrafo anterior, podrá seleccionar dos áreas de conocimiento por las que la misma se presenta. En el caso de que se presente más de una solicitud, se considerará que opta por la presentada en último lugar de acuerdo con la fecha y hora de registro de entrada en la ULL, por lo que no se atenderán las presentadas con anterioridad.

b) Copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o NIE.

c) En caso de optar a un contrato "Viera y Clavijo senior":

- Informe de evaluación final emitido en el proceso de evaluación del solicitante en la convocatoria de ayudas para contratos "Beatriz Galindo"-modalidad Senior, donde consten claramente las calificaciones obtenidas, particularmente las obtenidas en la calificación del candidato. Podrá acreditarse con uno o varios documentos.

- Informe de evaluación final emitido en el proceso de evaluación del solicitante en la convocatoria de ayudas para contratos "Ramón y Cajal" donde consten claramente las calificaciones obtenidas Podrá acreditarse la evaluación con uno o varios documentos.

- Memoria de investigación presentada por el solicitante en la convocatoria de ayudas para contratos "Ramón y Cajal" o "Beatriz Galindo"·

d) En caso de optar a un contrato "Viera y Clavijo junior":

- Informe de evaluación final emitido en el proceso de evaluación del solicitante en la convocatoria de ayudas para contratos "Beatriz Galindo"-modalidad Junior, donde consten claramente las calificaciones obtenidas, particularmente las obtenidas en la calificación del candidato. Podrá acreditarse con uno o varios documentos.

- Informe de evaluación final emitido en el proceso de evaluación del solicitante en la convocatoria de ayudas para contratos "Juan de la Cierva Incorporación/Formación", donde consten claramente las calificaciones obtenidas, particularmente las obtenidas en la calificación del candidato. Podrá acreditarse con uno o varios documentos.

- Evaluación emitida en el procedimiento de evaluación "MSCA-IF" donde consten claramente las calificaciones obtenidas. Podrá acreditarse con uno o varios documentos.

- Memoria de investigación presentada por el solicitante en la convocatoria de ayudas para contratos "Beatriz Galindo", "Juan de la Cierva (incorporación o formación)" o "MSCA-IF".

e) Declaración responsable de veracidad de la documentación aportada en formato digital según modelo que podrá obtenerse en la dirección web https://www.ull.es/investigacion/impresos-contratos-laborales-cargo-proyectos/.

Octava.- Subsanación de solicitudes.

1. Si la documentación presentada fuera incompleta o presentase errores subsanables, se abrirá un plazo de 10 días hábiles para que los interesados subsanen los defectos de la solicitud, con advertencia de que, si no lo hicieran, se les tendrá por desistidos en su solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. En el caso de que solicite subsanación, la documentación o información que se aporte deberá referirse, como máximo, a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. El plazo de subsanación no podrá utilizarse para añadir, completar o modificar la documentación aportada en la solicitud inicial, a excepción de la documentación que se adjunte por la persona solicitante para corregir, en su caso, los defectos subsanables.

3. Una vez finalizado el plazo para la subsanación y comprobada la documentación recibida en su caso, se publicará la relación definitiva de candidatos admitidos y excluidos. Frente a dicha resolución, en cuanto acto de trámite cualificado, cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, o potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este Vicerrectorado. Ambos plazos se computan desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

Novena.- Proceso de selección de candidatos.

1. La evaluación de las solicitudes se realizará conforme a los criterios establecidos en el Anexo 3 de la presente resolución de convocatoria.

2. Los candidatos podrán adscribir su solicitud a una o dos de las áreas de conocimiento relacionadas en Anexo 2 adjunto.

3. La selección de candidatos se realizará por una Comisión Evaluadora constituida por los siguientes miembros:

Comisión Evaluadora Titular.

Presidenta: Directora de Estrategia Científica de la ULL.

Vocales:

- Director de los Servicios Generales de Apoyo a la Investigación (SEGAI).

- Directora de Secretariado de Biblioteca, Publicaciones e Indicadores de Investigación de la ULL.

- Directora de la Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación (OTRI).

Secretaria:

- Directora de Secretariado de Promoción de la Investigación de la ULL.

4. Las sesiones de la Comisión se ajustarán a lo establecido en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5. Los miembros de la Comisión estarán sujetos a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación a la abstención y recusación en los procedimientos.

Décima.- Propuesta de resolución. Resolución provisional y definitiva.

1. La Comisión Evaluadora, concluido el proceso de evaluación de solicitudes, elevará la propuesta de candidatos seleccionados a este Vicerrectorado. Asimismo, propondrá una relación de suplentes por cada modalidad por orden de prelación para el caso de que se produzcan renuncias.

2. En caso de que no se cubra la totalidad de contratos en la Modalidad "Viera y Clavijo senior", los contratos no adjudicados se podrán acumular a la Modalidad "Viera y Clavijo junior".

3. Este Vicerrectorado a la vista de la propuesta de la Comisión Evaluadora dictará resolución provisional de selección de beneficiarios propuestos que será publicada en la dirección web referida en la base undécima, concediéndose un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a dicha publicación, para presentar las alegaciones o reclamaciones que se estimen oportunas.

4. Finalizado el plazo anterior, y en el caso de que no se produzcan reclamaciones o no se presenten alegaciones, se elevará a definitiva la resolución provisional. En el caso de que se presenten reclamaciones o alegaciones, estas serán examinadas por la Comisión Evaluadora que trasladará a este Vicerrectorado la contestación a las alegaciones presentadas y la propuesta definitiva de candidatos seleccionados y suplentes, y se dictará a la vista de dicha propuesta la resolución definitiva.

Undécima.- Comunicación con los interesados. Publicaciones.

Las resoluciones de admisión al procedimiento, subsanación de solicitudes, de adjudicación provisional y definitiva de los contratos serán publicadas en la dirección web https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/contratos-de-doctores-viera-y-clavijo, publicaciones que tendrán el carácter de notificación practicada de acuerdo a lo señalado en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, se podrá enviar al correo electrónico que el interesado haya consignado en su solicitud, aviso de las publicaciones realizadas. Estos avisos no tendrán carácter de notificación y no eximen al interesado de su obligación de acceder a la web para el conocimiento de las publicaciones que se produzcan.

Los plazos correspondientes comenzarán a computarse a partir del día siguiente de la publicación en la web de la ULL.

Una vez formalizado el contrato, las comunicaciones con el interesado se realizarán mediante notificación electrónica a través de la sede electrónica de la ULL. Para ello el contratado deberá tener abierta cuenta de correo institucional, cuenta de correo en la que recibirá aviso de las notificaciones electrónicas practicadas.

Decimosegunda.- Formalización del contrato.

1. Los candidatos seleccionados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para presentar la aceptación del contrato según modelo Anexo 4 que estará a disposición de los interesados en la dirección web señalada anteriormente. Asimismo, deberán presentar la documentación siguiente para la formalización del contrato:

a) Copia cotejada del título de Doctor. En el caso de título extranjero no homologado, deberá aportar copia de la homologación o certificado de equivalencia por una Universidad Española. En la Universidad de La Laguna puede tramitarse la misma a través de la sede electrónica: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/1.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de las Administraciones Públicas en virtud de expediente disciplinario y de no hallarse inhabilitado, mediante sentencia firme, para el ejercicio de la función pública. Si el aspirante no posee la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Declaración responsable de no estar incurso en ningún supuesto de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la vigente Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública.

d) Documento "Toma de datos".

e) Comunicación de datos al pagador (modelo 145).

f) Documentación de afiliación a la Seguridad Social.

g) Certificado acreditativo de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

h) Credencial de homologación o certificado de equivalencia del título en caso de titulación obtenida en el extranjero.

i) Certificado médico de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio de las tareas a desarrollar.

j) En el caso de ciudadanos extracomunitarios, permiso de trabajo y de residencia en España.

Los modelos normalizados de aceptación del contrato, declaración jurada y declaración responsable, así como del documento de toma de datos y modelo 145 señalados están a disposición del interesado en la dirección web https://www.ull.es/investigacion/impresos-contratos-laborales-cargo-proyectos/.

La falta de presentación del escrito de aceptación o de la documentación señalada en el plazo indicado se entenderá como renuncia al contrato. En este caso, se podrá formalizar contrato con el candidato suplente correspondiente.

2. Los extranjeros no comunitarios deberán haber obtenido con carácter previo a la firma del contrato la correspondiente autorización de residencia o permiso de trabajo, pudiéndose demorar su formalización hasta su obtención. En el caso de que no se obtenga dicha autorización o permiso en el plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud, y por tanto no pueda formalizarse el contrato, se perderá el derecho al mismo y se podrá proceder al llamamiento del suplente correspondiente si las condiciones de la financiación de los contratos lo permiten.

3. En el caso de contratos con extranjeros no comunitarios, podrán incluirse cláusulas relativas a la duración del contrato que vinieran motivadas en el documento de autorización de residencia o permiso de trabajo.

4. La firma del contrato tiene carácter personal e intransferible. El contrato se firmará con carácter previo a la incorporación al puesto de trabajo, resultando nula y sin efecto cualquier actuación contraria a lo anterior. En casos excepcionales, la firma del contrato podrá realizarse a través de medios electrónicos.

5. Se entenderá como renuncia la falta de formalización del contrato así como la no incorporación de la persona contratada a su puesto de trabajo en la fecha indicada. En tal caso, se podrá proceder al llamamiento del suplente de la lista correspondiente (modalidad junior o senior) en la forma siguiente: se contactará con el suplente siguiendo el orden de prelación y con los criterios señalados en el Anexo 3, mediante envío de correo electrónico a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya consignado en su solicitud, concediéndose un plazo de 5 días hábiles para la presentación de la aceptación al contrato y documentación a que hace referencia el punto 1 anterior. Si transcurrido el citado plazo, no se ha presentado la citada documentación, se llamará al suplente siguiente, y así sucesivamente.

Si la renuncia se produce en la modalidad senior y no pudiera cubrirse por falta de suplentes por otro candidato senior, se podrá cubrir la vacante con el suplente que corresponda de la modalidad junior teniendo en cuenta lo señalado en las letras g) y h) del apartado "Modalidad Viera y Clavijo senior" del Anexo 3.

6. Las personas contratadas deberán presentar en el Servicio de Gestión de la Investigación, en el plazo de cinco días hábiles, certificado de incorporación al Departamento correspondiente firmado por el responsable del mismo (modelo Anexo 5).

Decimotercera.- Seguimiento de la actividad.

1. Los investigadores contratados deberán elaborar un informe de seguimiento científico-técnico que se deberá presentar dos meses antes de la finalización del periodo contractual correspondiente, utilizando el modelo disponible en Anexo 6 de esta convocatoria. Dicho informe incluirá una descripción del trabajo de investigación realizado durante el periodo correspondiente así como de los objetivos alcanzados hasta la fecha. Dicho informe será evaluado por la Comisión Evaluadora que figura en la base novena. La evaluación positiva permitirá, en su caso, la prórroga del contrato hasta el máximo de duración previsto en el punto 1 de la base tercera de la presente convocatoria. Si la evaluación no es positiva, el contrato será resuelto de conformidad con la normativa vigente o, en su caso, no será objeto de prórroga.

2. La persona contratada en la "Modalidad Viera y Clavijo senior", siempre que su contrato haya sido objeto de prorrogas sucesivas deberá someter su actividad a la evaluación de la Agencia Estatal de Investigación, o equivalente en el ámbito estatal o de la Comunidad Autónoma, para la obtención de la acreditación I3 o acreditación equivalente antes del fin de la cuarta anualidad. De no superarse esta evaluación, deberá nuevamente someter su actividad a evaluación antes de la finalización del quinto año de contrato.

La superación de esta evaluación I3 o equivalente permitirá al contratado acceder, en su caso, a la oferta de reposición de la ULL para la categoría en la que se encuentre acreditado.

3. Todos los contratados deberán elaborar un informe científico-técnico final conforme al modelo disponible en Anexo 7 de esta convocatoria y presentarlo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del contrato. Dicho informe incluirá un resumen descriptivo de la labor desarrollada durante la vigencia del contrato y el alcance de objetivos.

Decimocuarta.- Derechos de los beneficiarios.

1. Integrarse en el Departamento de la ULL al que se adscribe su contrato, en donde realizará la investigación y será reconocido como personal contratado del mismo, y poder participar según los estatutos de la ULL en sus órganos de gobierno y representación.

2. Obtener del Departamento asignado la colaboración y el apoyo necesarios para el desarrollo normal de su programa de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de aquellos.

3. Participar en las convocatorias de ayudas complementarias para asistencia a reuniones científicas o para estancias de formación y perfeccionamiento en otros centros.

4. Participar en la actividad docente del Departamento de adscripción a través del procedimiento establecido.

Decimoquinta.- Obligaciones de los beneficiarios.

1. Incorporarse al Departamento asignado cumpliendo con diligencia el plan de trabajo de investigación y las obligaciones docentes asignadas, debiendo cumplir las normas de régimen interno del Departamento.

2. Presentar en el Servicio de Gestión de la Investigación el correspondiente certificado de incorporación al departamento correspondiente en el plazo fijado al efecto. Si algún contratado no se incorporase al Departamento de destino en la fecha de incorporación recogida en el contrato o no lo acreditase en el plazo establecido se entenderá que renuncia y causará baja por incumplimiento.

3. Hacer mención a su condición de contratado posdoctoral "Viera y Clavijo junior" o "Viera y Clavijo senior" de la ULL, en todas sus publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades de investigación realizadas durante el periodo de contrato, debiendo hacerse referencia igualmente a la financiación de los citados contratos por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

4. Presentar los informes científico-técnicos de seguimiento y final establecidos en la presente resolución de convocatoria.

5. Recabar autorización de este Vicerrectorado para cualquier desplazamiento fuera de la ULL que tenga que realizarse con motivo de las actividades desarrolladas en el marco del contrato, a través de procedimiento establecido al efecto. No podrá realizarse desplazamiento sin la citada autorización previa.

6. Cumplir con el régimen de incompatibilidades.

Decimosexta.- Régimen de incompatibilidades.

1. Los contratos son incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral, relación funcionarial o estatutaria.

2. Los contratos serán compatibles con complementos provenientes de proyectos de I+D y de contratos de investigación realizados en aplicación del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, de la Ley 14/2011 y ayudas complementarias financiadas por la Comisión Europea para fomentar la formación y movilidad de investigadores.

3. También serán compatibles con ayudas del Plan Propio de Investigación de la ULL.

En todo caso, los investigadores contratados están sujetos a la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Decimoséptima.- Renuncias e incorporación de reservas.

En el caso de pérdida del derecho a ser contratado de un candidato seleccionado por no presentar la documentación preceptiva en el plazo correspondiente, o la renuncia al contrato en los primeros tres meses de duración, se podrá proceder al llamamiento y contratación de candidatos suplentes, siempre que exista financiación. El llamamiento se realizará teniendo en cuenta el orden de prelación de la lista de suplentes y siempre de acuerdo con lo señalado en el Anexo 3 en relación al número de contratados por área de conocimiento.

Decimoctava.- Extinción del contrato.

El contrato se extinguirá por:

- El transcurso del periodo de duración del contrato.

- La no presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato.

- La no incorporación del contratado al Departamento correspondiente en la fecha fijada.

- Razones de incompatibilidad.

- Renuncia del interesado.

- Abandono del puesto de trabajo.

- Incumplimiento de cualquier obligación establecida en la presente convocatoria.

Decimonovena.- Datos de carácter personal.

Los datos de carácter personal resultantes de esta convocatoria serán tratados de forma confidencial y quedaran incorporados a ficheros de tratamiento titularidad de la ULL, con la finalidad de resolver la convocatoria, y quedaran sometidos a la protección establecida por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.

La presentación de la solicitud implica el otorgamiento de autorización para tratar dichos datos de manera automatizada y cederlos a los órganos de instrucción, evaluación, resolución, seguimiento y control competentes, dar publicidad a las contrataciones y cederlos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley y, en su caso, para su tratamiento posterior con fines históricos, estadísticos o científicos.

Vigésima.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

San Cristóbal de La Laguna, a 27 de enero de 2021.- La Rectora, p.d. (Resolución de 27.6.19, BOC nº 131/2019), el Vicerrector de Investigación, Transferencia y Campus Santa Cruz y Sur, Ernesto Pereda de Pablo.

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CONVOCATORIA 2021 DE CONTRATOS LABORALES TEMPORALES POSDOCTORALES "VIERA Y CLAVIJO", MODALIDADES SENIOR Y JUNIOR.

ANEXO 3

CRITERIOS DE EVALUACION DE LAS SOLICITUDES

Modalidad Viera y Clavijo Senior.

El programa Beatriz Galindo-modalidad Senior, proporciona a los candidatos una evaluación pormenorizada, donde consta la evaluación específica asignada al candidato. Los candidatos que provengan de una evaluación Beatriz Galindo - modalidad Senior de la convocatoria 2019 serán incluidos en una lista de prelación. El orden de prelación vendrá dado por la nota que la evaluación asignó al currículo del/a candidato/a (no a la puntuación total). Si hubiera empate, se seleccionaría al candidato que alcanzó mayor puntuación en la calificación total de la puntuación. Si persistiera el empate, el orden se asignaría mediante sorteo público por parte de la Comisión de Baremación, al que serán invitados los candidatos con empate, y cuyo resultado se recogerá en acta.

Adicionalmente, la Comisión Evaluadora, atendiendo al perfil de los solicitantes y las "Memorias de investigación presentadas por los mismos en la convocatoria Beatriz Galindo - modalidad Senior", asignará un coeficiente de afinidad, Cij, según el perfil del solicitante i al área de conocimiento ULL j que el solicitante haya seleccionado. La comisión podrá solicitar un informe razonado a los Departamentos si así lo considerara necesario. Los valores de este coeficiente Cij serán: 0 en caso de afinidad nula, 0.5 en caso de afinidad media, y 1.0 en caso de afinidad máxima.

Los candidatos a los que se asigne un coeficiente de afinidad distinto de 1.0 en un área de conocimiento ULL, no podrán optar a un contrato dentro del programa Viera y Clavijo dentro de esa área de conocimiento ULL.

El programa Ramón y Cajal, por su parte, elabora un listado de candidatos que han superado el corte en la evaluación para cada área científica. En este listado figuran los candidatos, clasificados como Seleccionados o En Reserva, siguiendo un orden en función de la puntuación establecida. El número de personas "Seleccionadas" o "En Reserva" varía de un área científica a otra.

Con esta información, para cada candidato se calculará el Índice Normalizado (di) de la siguiente forma:

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donde Noc es el número de orden del candidato en la resolución de la Convocatoria Nacional del Programa Ramón y Cajal y Ntcs el número de candidatos seleccionados para el año en curso en el área científica en cuestión.

Se utiliza di para ordenar a los candidatos (de mayor a menor valor), elaborándose así una lista de prelación Ramón y Cajal en función de di entre los solicitantes que cumplan los requisitos de la base primera de esta convocatoria. En caso de empate entre candidatos de acuerdo con di tendrá prioridad en la lista de prelación el que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación realizada en el programa Ramón y Cajal en el que fue evaluado. Si persistiera el empate, el orden se asignaría mediante sorteo público por parte de la Comisión de Baremación, al que serán invitados los candidatos con empate, y cuyo resultado se recogerá en acta.

Adicionalmente, la Comisión Evaluadora, atendiendo al perfil de los solicitantes y las "Memorias de investigación presentadas por los mismos en la convocatoria Ramón y Cajal", asignará un coeficiente de afinidad, Cij, según el perfil del solicitante i al área de conocimiento ULL j. La comisión podrá solicitar un informe razonado a los Departamentos si así lo considerara necesario. Los valores de este coeficiente Cij serán: 0 en caso de afinidad nula, 0.5 en caso de afinidad media, y 1.0 en caso de afinidad máxima.

Tal y como se ha señalado, los candidatos a los que se asigne un coeficiente de afinidad distinto de 1.0 en un área de conocimiento ULL, no podrán optar a un contrato dentro del programa Viera y Clavijo dentro de esa área de conocimiento ULL.

Una vez calculados los Índices Normalizados, di, y asignados los Coeficientes de Afinidad Cij de los solicitantes en las distintas áreas de conocimiento ULL, se elaborarán dos listas: una lista de prelación Beatriz Galindo Senior por nota de evaluación, y una lista de prelación Ramón y Cajal por orden de Índice Normalizado (di), a las que se aplicará el siguiente "Algoritmo de selección de candidatos para la Modalidad VyC Senior":

a.- La selección se realiza siguiendo el orden de la lista de prelación de candidatos Beatriz Galindo Senior, asignando candidatos exclusivamente a las áreas de conocimiento ULL señaladas en la columna de la derecha en la tabla del Anexo 2.

b.- Si en el momento de asignación de un candidato a un área de conocimiento ULL no fuera posible dicha asignación, bien porque el candidato no haya seleccionado tales áreas elegibles en su solicitud, bien porque no pueda asignársele de acuerdo con su Cij, o bien porque ya haya sido asignado un candidato previo a esa área de conocimiento elegible, el candidato no será asignado y se proseguirá la selección con el siguiente candidato en el orden de prelación de candidatos Beatriz Galindo Senior.

c.- En todo momento, una vez que un candidato haya sido asignado a una de las áreas de conocimiento de la ULL elegibles, se elimina esta área de conocimiento de entre las elegibles.

d.- El proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas.

e.- Si a pesar de estos criterios siguieran sin cubrirse el total de plazas disponibles Viera y Clavijo Senior, se procedería a iniciar un nuevo proceso de asignación, pero utilizando como base la lista de prelación de candidatos Ramón y Cajal, asignando candidatos exclusivamente a las áreas de conocimiento ULL señaladas en la columna de la derecha en la Tabla del Anexo 2 y que no fueran asignadas ya a candidatos Senior. Tal y como se ha señalado en los casos anteriores, si en el momento de asignación de un candidato a un área de conocimiento ULL no fuera posible dicha asignación, bien porque el candidato no haya seleccionado tales áreas elegibles en su solicitud, bien porque no pueda asignársele de acuerdo con su Cij, o bien porque ya haya sido asignado un candidato previo a esa área de conocimiento elegible, el candidato no será asignado y se proseguirá la selección con el siguiente candidato en el orden de prelación de candidatos Ramón y Cajal. En todo momento, una vez que un candidato haya sido asignado a una de las áreas de conocimiento de la ULL elegibles, se elimina esta área de conocimiento de entre las elegibles. Este proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas.

f.- El proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas convocadas en la categoría Viera y Clavijo Senior (3).

g.- Si tras llegar al último candidato de la lista de prelación aún quedaran plazas sin cubrir (del máximo de 3), se repetiría el procedimiento con los candidatos no asignados y siguiendo el orden de prelación, empezando por la lista de prelación Beatriz Galindo y, de agotarse, recurriendo a la lista de prelación Ramón y Cajal, aun cuando esto suponga hacer uso de las áreas de conocimiento ULL que fueron provisionalmente eliminadas de la elección por haber sido ya asignadas a algún candidato. Este proceso se repite hasta cubrir todas las plazas si existieran candidaturas suficientes y si así fuera posible. En cualquier caso, el número máximo de candidatos elegibles por área de conocimiento ULL es dos, y sólo para aquellas áreas incluidas en el Anexo 2 que así lo contemplen.

h.- En caso de no cubrirse el número máximo de plazas Senior, los contratos no asignados podrán pasar al cómputo de contratos Junior.

i.- Una vez cubiertas las plazas Senior, se elabora la lista de reserva para la Modalidad Senior manteniendo el orden de prelación, ubicándose primeramente los Beatriz Galindo no seleccionados y a continuación, por orden, los Ramón y Cajal, manteniendo el orden de prelación. A esta lista de reserva se aplicaría el mismo procedimiento de asignación a áreas de conocimiento ULL en caso de que tales candidatos de reserva adquieran las condiciones de elegibles.

Modalidad Viera y Clavijo Junior.

El programa Beatriz Galindo-modalidad Junior, proporciona a los candidatos una evaluación pormenorizada, donde consta la evaluación específica asignada al candidato. Los candidatos que provengan de una evaluación Beatriz Galindo-modalidad Junior de la convocatoria 2019, serán incluidos en una lista de prelación. El orden de prelación vendrá dado por la nota que la evaluación asignó al currículo del/a candidato/a (no a la puntuación total). Si hubiera empate, se seleccionaría al candidato que alcanzó mayor puntuación en la calificación total de la puntuación. Si persistiera el empate, el orden se asignaría mediante sorteo público por parte de la Comisión de Baremación, al que serán invitados los candidatos con empate, y cuyo resultado se recogerá en acta.

El programa MSCA-IF del H2020, por su parte, proporciona a los candidatos una evaluación pormenorizada con su nota de evaluación. Los candidatos que provengan de una evaluación MSCA-IF de la convocatoria 2019 serán incluidos en una lista de prelación por orden de nota de evaluación. Si existiera empate, el orden se asignaría mediante sorteo público por parte de la Comisión de Baremación, al que serán invitados los candidatos con empate, y cuyo resultado se recogerá en acta.

El programa Juan de la Cierva incorporación proporciona asimismo a los candidatos una evaluación pormenorizada con su nota de corte. Los candidatos que provengan de una evaluación Juan de la Cierva incorporación 2019 serán incluidos en una lista de prelación por orden de nota de evaluación, excluyendo la puntuación alcanzada por el/la directora/a que avalaba la solicitud. La nota de evaluación para el orden de prelación será la nota que la evaluación asignó al currículo del/a candidato/a (no a la puntuación total, que tiene en cuenta la del/a director/a). Si persistiera el empate, el orden se asignaría mediante sorteo público por parte de la Comisión de Baremación, al que serán invitados los candidatos con empate, y cuyo resultado se recogerá en acta.

El programa Juan de la Cierva formación proporciona asimismo a los candidatos una evaluación pormenorizada con su nota de corte. Los candidatos que provengan de una evaluación Juan de la Cierva formación de la convocatoria 2019 serán incluidos en una lista de prelación por orden de nota de evaluación, excluyendo la puntuación alcanzada por el/la directora/a que avalaba la solicitud. La nota de evaluación para el orden de prelación será la nota que la evaluación asignó al currículo del/a candidato/a (no a la puntuación total, que tiene en cuenta la del/a director/a). Si persistiera el empate, el orden se asignaría mediante sorteo público por parte de la Comisión de Baremación, al que serán invitados los candidatos con empate, y cuyo resultado se recogerá en acta.

Adicionalmente, la Comisión Evaluadora, atendiendo al perfil de los solicitantes y las "Memorias de investigación presentadas por los mismos en la convocatoria MSCA-IF, Beatriz Galindo Junior, o Juan de la Cierva incorporación/formación", asignará un coeficiente de afinidad, Cij, según el perfil del solicitante i al área de conocimiento ULL j. La comisión podrá solicitar un informe razonado a los Departamentos si así lo considerara necesario. Los valores de este coeficiente Cij serán: 0 en caso de afinidad nula, 0.5 en caso de afinidad media, y 1.0 en caso de afinidad máxima.

Los candidatos a los que se asigne un coeficiente de afinidad distinto de 1.0 en un área de conocimiento ULL, no podrán optar a un contrato dentro del programa Viera y Clavijo Junior dentro de esa área de conocimiento ULL.

Tras elaborarse las correspondientes listas con las notas de evaluación señaladas (lista de prelación Beatriz Galindo Junior, lista de prelación MSCA-IF, lista de prelación Juan de la Cierva incorporación, y lista de prelación Juan de la Cierva formación), y asignados los Coeficientes de Afinidad Cij de los solicitantes en las distintas áreas de conocimiento ULL, se aplicará el siguiente "Algoritmo de selección de candidatos":

a.- La selección se realiza siguiendo el orden de la lista de prelación de candidatos Beatriz Galindo Junior, asignando candidatos exclusivamente a las áreas de conocimiento ULL señaladas en la columna de la derecha en la Tabla del Anexo 2 y que no fueran asignadas ya a candidatos de la Modalidad Senior.

b.- Si en el momento de asignación de un candidato a un área de conocimiento ULL no fuera posible dicha asignación, bien porque el candidato no haya seleccionado tales áreas elegibles en su solicitud, bien porque no pueda asignársele de acuerdo con su Cij, o bien porque ya haya sido asignado un candidato previo a esa área de conocimiento elegible, el candidato no será asignado y se proseguirá la selección con el siguiente candidato en el orden de prelación de candidatos Beatriz Galindo Junior.

c.- En todo momento, una vez que un candidato haya sido asignado a una de las áreas de conocimiento de la ULL elegibles, se elimina esta área de conocimiento de entre las elegibles.

d.- El proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas.

e.- Si tras llegar al último candidato de la lista de prelación aún quedaran plazas sin cubrir, se procedería a iniciar un nuevo proceso de asignación, pero utilizando como base la lista de prelación de candidatos MSCA-IF, asignando candidatos exclusivamente a las áreas de conocimiento ULL señaladas en la columna de la derecha en la Tabla del Anexo 2 y que no fueran asignadas ya a candidatos de la Modalidad Senior o Junior. Tal y como se ha señalado en los casos anteriores, si en el momento de asignación de un candidato a un área de conocimiento ULL no fuera posible dicha asignación, bien porque el candidato no haya seleccionado tales áreas elegibles en su solicitud, bien porque no pueda asignársele de acuerdo con su Cij, o bien porque ya haya sido asignado un candidato previo a esa área de conocimiento elegible, el candidato no será asignado y se proseguirá la selección con el siguiente candidato en el orden de prelación de candidatos MSCA-IF. En todo momento, una vez que un candidato haya sido asignado a una de las áreas de conocimiento de la ULL elegibles, se elimina esta área de conocimiento de entre las elegibles, y sólo podrá volver a formar parte de las elegibles si quedarán al final de todo el proceso plazas sin cubrir para MSCA-IF. Este proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas.

f.- Si a pesar de estos criterios siguieran sin cubrirse estas plazas, se procedería a iniciar un nuevo proceso de asignación, pero utilizando como base la lista de prelación de candidatos Juan de la Cierva incorporación, asignando candidatos exclusivamente a las áreas de conocimiento ULL señaladas en la columna de la derecha en la Tabla del Anexo 2 y que no fueran asignadas ya a candidatos de la Modalidad Senior o Junior. Tal y como se ha señalado en los casos anteriores, si en el momento de asignación de un candidato a un área de conocimiento ULL no fuera posible dicha asignación, bien porque el candidato no haya seleccionado tales áreas elegibles en su solicitud, bien porque no pueda asignársele de acuerdo con su Cij, o bien porque ya haya sido asignado un candidato previo a esa área de conocimiento elegible, el candidato no será asignado y se proseguirá la selección con el siguiente candidato en el orden de prelación de candidatos Juan de la Cierva incorporación. En todo momento, una vez que un candidato haya sido asignado a una de las áreas de conocimiento de la ULL elegibles, se elimina esta área de conocimiento de entre las elegibles, y sólo podrá volver a formar parte de las elegibles si quedarán al final de todo el proceso plazas sin cubrir para Juan de la Cierva incorporación. Este proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas.

g.- Si a pesar de estos criterios siguieran sin cubrirse estas plazas, se procedería a iniciar un nuevo proceso de asignación, pero utilizando como base la lista de prelación de candidatos Juan de la Cierva formación, asignando candidatos exclusivamente a las áreas de conocimiento ULL señaladas en la columna de la derecha en la Tabla del Anexo 2 y que no fueran asignadas ya a candidatos de la Modalidad Senior o Junior. Tal y como se ha señalado en los casos anteriores, si en el momento de asignación de un candidato a un área de conocimiento ULL no fuera posible dicha asignación, bien porque el candidato no haya seleccionado tales áreas elegibles en su solicitud, bien porque no pueda asignársele de acuerdo con su Cij, o bien porque ya haya sido asignado un candidato previo a esa área de conocimiento elegible, el candidato no será asignado y se proseguirá la selección con el siguiente candidato en el orden de prelación de candidatos Juan de la Cierva formación. En todo momento, una vez que un candidato haya sido asignado a una de las áreas de conocimiento de la ULL elegibles, se elimina esta área de conocimiento de entre las elegibles, y sólo podrá volver a formar parte de las elegibles si quedarán al final de todo el proceso plazas sin cubrir para Juan de la Cierva formación. Este proceso de asignación se repite hasta llegar al último candidato de la lista de prelación, con el objeto de cubrir todas las plazas.

h.- Si tras llegar al último candidato de la lista de prelación aún quedaran plazas sin cubrir, se repetiría el procedimiento con los candidatos no asignados y siguiendo el orden de prelación, empezando por la lista de prelación Beatriz Galindo Junior y, de agotarse, recurriendo a la lista de prelación MSCA-IF, seguido de Juan de la Cierva incorporación y, por último, Juan de la Cierva formación, aun cuando esto suponga hacer uso de las áreas de conocimiento ULL que fueron provisionalmente eliminadas de la elección por haber sido ya asignadas a algún candidato. Este proceso se repite hasta cubrir todas las plazas si existieran candidaturas suficientes y si así fuera posible. En cualquier caso, el número máximo de candidatos elegibles por área de conocimiento ULL es dos, y sólo para aquellas áreas incluidas en el Anexo 2 que así lo contemplen.

i.- Una vez cubiertas las plazas, se elabora la lista de reserva para la Modalidad Junior manteniendo el orden de prelación Beatriz Galindo Junior, seguido del listado de prelación MSCA-IF y, a continuación, en la misma lista, los no asignados en Juan de la Cierva incorporación, también manteniendo el orden de prelación, y por último, los no asignados en Juan de la Cierva formación, también manteniendo el orden de prelación. A esta lista de reserva se aplicaría el mismo procedimiento de asignación a áreas de conocimiento ULL en caso de que tales candidatos de reserva adquieran las condiciones de elegibles de acuerdo con la base decimoséptima.

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