D./Dña. Froilán Domínguez Morales, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santa María de Guía de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Santa María de Guía, a 22 de octubre de 2020.
Vistos por S.Sª. María del Carmen de León Jiménez, Jueza de refuerzo de Primera Instancia del Juzgado nº Uno de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio verbal nº 543/2017, seguidos a instancia de la entidad Islatold, S.L., representada por el Procurador Francisco Javier Pérez Almeida bajo la dirección letrada de Jordi Rosell Cuscó contra la entidad Vuosaari, S.L. en situación procesal de rebeldía, versando el juicio sobre reclamación de cantidad.
Que estimando la demanda interpuesta por la entidad Islatold, S.L., representada por el procurador Francisco Javier Pérez Almeida contra la entidad Vuosaari, S.L., condeno a la entidad demandada al pago a la entidad actora de la cantidad de novecientos treinta y cuatro euros con once céntimos (934,11), con los intereses legales y costas.
Así por esta mi sentencia contra la que no cabe interponer recurso, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Vuosaari, S.L., expido y libro el presente en Santa María de Guía de Gran Canaria, a 4 de noviembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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