BOC - 2021/4. Viernes 8 de Enero de 2021 - 90

III. Otras Resoluciones

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

90 - ORDEN de 4 de enero de 2021, por la que se establecen los servicios mínimos del personal que presta servicios en este Departamento y en los Organismos Autónomos adscritos al mismo, como consecuencia de la huelga general convocada por varias organizaciones sindicales, a desarrollar mediante paros en determinadas jornadas laborales comprendidas entre las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021, hasta las 24:00 horas del día 30 de marzo de 2021.

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En ejercicio del derecho reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, así como en el artículo 15.c) de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, determinadas Organizaciones Sindicales han convocado huelga general a desarrollar mediante paros en determinadas jornadas laborales comprendidas entre las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021, hasta las 24:00 horas del día 30 de marzo de 2021, presentando a tal efecto preaviso para los siguientes días:

* 11 de enero de 2021.

* 15 de enero de 2021.

* 8 de febrero de 2021.

* 22 de febrero de 2021.

* 19 de marzo de 2021.

* 29 de marzo de 2021.

En razón a ello es necesario garantizar la prestación de servicios considerados esenciales, dentro del conjunto de las funciones que son competencia de esta Consejería y de los Organismos Autónomos adscritos a la misma, en el contexto de la Administración Autonómica.

Vistas las disposiciones de aplicación y en particular el Decreto 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de servicios mínimos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 32, de 16 de marzo).

En el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el 5.1 del Decreto 110/2018, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, y el artículo 2 del citado Decreto territorial 24/1987, de 13 de marzo,

R E S U E L V O:

Determinar que los servicios mínimos a cumplir durante las citadas jornadas laborales, comprendidas entre las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021, hasta las 24:00 horas del día 30 de marzo de 2021, en esta Consejería y en los Organismos Autónomos adscritos a la misma, son los que se prestan en los puestos de trabajo relacionados en el anexo, debiendo ser cumplidos por las empleadas y empleados públicos adscritos a los mismos.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o de diez días, si se acudiera al procedimiento previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Potestativamente podrá también interponerse recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en caso de hacerlo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de enero de 2021.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA,

Alicia Vanoostende Simili.



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