BOC - 2020/267. Lunes 28 de Diciembre de 2020 - 5178

III. Otras Resoluciones

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

5178 - ORDEN de 14 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 12 de diciembre de 2019, que aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica, la obligación de las Administraciones Públicas de concretar en un plan estratégico de subvenciones, con carácter previo al establecimiento de las mismas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Esta misma exigencia se recoge en el artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, que determina que deberá aprobarse un plan estratégico por Departamento, que abarcará con carácter general, las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados. Dicho plan deberá estar aprobado, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 9 de dicho Decreto, con carácter previo al inicio del procedimiento para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones.

En cumplimiento de las normas antes citadas se dictó la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, de 12 de diciembre de 2019, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento para los ejercicios 2020, 2021 y 2022. Dicha Orden se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 250, de 27 de diciembre de 2019, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 31.1, letra a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

La referida Orden de 12 de diciembre de 2019, incorpora en su Anexo 2, punto 3, las subvenciones de concesión directa.

La Viceconsejería de Sector Primario ha solicitado la modificación del apartado 3 del citado Anexo 2 con el objeto de incorporar nuevas subvenciones directas destinadas a cubrir gastos corrientes, de constitución y funcionamiento de la Asociación de Productores de Aguacate de Canarias (ASGUACAN) y la elaboración de un plan estratégico del aguacate que permita iniciar los trámites para la obtención de la indicación geográfica protegida, así como a sufragar las perdidas económicas generadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en los titulares de las bodegas inscritas en los registros de los consejos reguladores u órganos de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas DOP y en los operadores del sector pesquero atunero artesanal de Canarias.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Orden de 12 de diciembre de 2019 (BOC nº 250, de 27.12.19), por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, en el sentido de añadir al apartado 3, "subvenciones directas", de su Anexo 2, tres nuevos apartados del siguiente tenor:

"(...)

3. SUBVENCIONES DIRECTAS:

15. Subvención directa destinada a la Asociación de productores de Aguacates de Canarias (ASGUACAN), para cubrir gastos corrientes, de constitución, y de funcionamiento administrativos; así como para la elaboración de un plan estratégico del aguacate que permita iniciar los trámites para la obtención de la indicación geográfica protegida en el cultivo del aguacate.

La organización de los agentes implicados en la comercialización del aguacate no es lo suficientemente eficiente como para ser capaz de adaptarse al entorno dinámico que exigirá la combinación de una estrategia de comercialización del aguacate local y comercialización exterior. Por ello será fundamental organizar el sector para conseguir obtener una ventaja estratégica basada en la diferenciación, asociada a la calidad del aguacate, siendo necesario para este fin estudiar la Marca de Garantía como recurso para iniciar el camino hacia el establecimiento de normas tanto en el cultivo como en la comercialización.

Objetivos:

El objetivo que se pretende con esta subvención es garantizar la calidad del aguacate que se exporte y conseguir consolidar el aguacate como producto canario de calidad para poder posicionarlo en el mercado peninsular y/o europeo.

Costes de realización y fuentes de financiación:

El coste de realización para el ejercicio 2020 es de cincuenta mil (50.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1307 411B 4800200 134G0796 "Fomento de la obtención de la indicación geográfica protegida en el cultivo del aguacate".

Las fuente de financiación de estas subvenciones es exclusiva de la Comunidad Autónoma de Canarias.

16. Subvención directa destinada a los titulares de las bodegas inscritas en los registros de los consejos reguladores u órganos de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas DOP correspondientes de Canarias que han sufrido pérdidas económicas generadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Objetivos:

El objetivo que se pretende es atenuar los efectos económicos negativos derivados de la situación de crisis originada por la pandemia causada por el COVID-19, con el fin garantizar la continuidad de las bodegas adscritas a denominaciones de origen ante la pérdida de rentabilidad originada por esta situación.

Costes de realización y fuentes de financiación:

1. El coste de realización para el ejercicio 2020 es de dos millones quinientos cuatro mil novecientos cuarenta y seis (2.504.946,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.10.412B.48002. "Ayuda extraordinaria a titulares de las bodegas DOP, con motivo del COVID-19."

2. Las ayudas que se conceden se amparan en la Modificación del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 Bruselas, 3.4.2020 C(2020) 2215 final.

La fuente de financiación de estas subvenciones es exclusiva de la Comunidad Autónoma de Canarias.

17. Subvención directa destinada a los Operadores del sector pesquero atunero artesanal en Canarias que han sufrido pérdidas económicas generadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Objetivos:

El objetivo que se pretende es atenuar los efectos económicos negativos derivados de la situación de crisis originada por la pandemia causada por el COVID-19, con el fin garantizar la continuidad de los Operadores del sector pesquero atunero artesanal ante la pérdida de rentabilidad originada por esta situación.

Costes de realización y fuentes de financiación:

1. El coste de realización para el ejercicio 2020 es de seiscientos veinte mil (620.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.09. 415B. 4800200. 134G0940, "Ayuda a los operadores del sector pesquero artesanal y acuícola de Canarias. COVID-19".

2. Las ayudas que se conceden se amparan en la Modificación del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 Bruselas, 3.4.2020 C(2020) 2215 final.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 2020.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA,

Alicia Vanoostende Simili.



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