BOC - 2020/262. Lunes 21 de Diciembre de 2020 - 5058

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

5058 - EDICTO de 17 de noviembre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000200/2020.

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D. David Carralero Núñez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Santa Cruz de Tenerife, a veintinueve de septiembre de dos mil veinte.

Vistos por mí, Dña. Gabriela Reverón González, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio verbal nº 200/2020, promovidos por el procurador Sr. Fernández Domínguez, en nombre y representación de la mercantil Haripan, S.L.U. defendida por el letrado Sr. Cáceres Cruz contra Dña. Carmen Afonso Barros y contra D. José Manuel Suárez Medina, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía.

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda deducida por el procurador Sr. Fernández Domínguez en nombre y representación de la mercantil Haripan, S.L.U. defendida por el letrado Sr. Cáceres Cruz contra Dña. Carmen Afonso Barros y contra D. José Manuel Suárez Medina, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a estos al abono solidario a la actora de la cantidad de tres mil doscientos noventa y ocho euros con cuarenta céntimos, con más el interés moratorio pactado y el legal; y ello con imposición de las costas procesales a los demandados.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Esta resolución no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación del que conocerá la Ilma. AP de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Carmen Afonso Barroso, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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