BOC - 2020/256. Lunes 14 de Diciembre de 2020 - 4866

II. Autoridades y personal

Oposiciones y concursos

Otras Administraciones Públicas

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

4866 - RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2020, por la que convocan contratos a doctores de prestigio del Programa Viera y Clavijo, convocatoria 2020.

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La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), en cumplimiento de los fines prioritarios previstos en sus Estatutos, aprobados por Decreto 138/2016, de 10 de noviembre de 2016 (BOC de 18.11.16) desarrolla acciones dirigidas al fomento y promoción de la Investigación, Innovación y Transferencia.

El Plan de Investigación y Transferencia 2018-2020 es la herramienta de la política de Investigación y Transferencia de la Universidad, en consonancia con su IV Plan Estratégico Institucional 2015-2020. Entre sus objetivos está el dar continuidad y soporte humano a líneas de investigación estratégicas de la universidad que requieren personal formado. En el marco de este plan se promueve la contratación de doctores de prestigio bajo la modalidad de contratos de Acceso al Sistema Español de la Ciencia, Tecnología e Innovación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

El órgano competente en materia de investigación del Gobierno de Canarias (Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información) y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante ULPGC) asumen el objetivo de consolidar un marco para el fomento de la investigación científica y técnica y sus instrumentos con el fin de contribuir al desarrollo económico y al bienestar social en Canarias mediante la generación, difusión y transferencia del conocimiento y la innovación.

Por otra parte, en los convenios específicos suscritos por la ULPGC y el Ministerio con competencias en investigación del Gobierno de España para la mejora de las capacidades de investigación y los servicios de apoyo a la I+D+i en las áreas de investigación prioritaria en la estrategia de especialización inteligente de Canarias, se asume la ejecución de una línea de apoyo para la contratación de investigadores posdoctorales a través de convocatorias propias de la Universidad.

Esta convocatoria es complementaria a la establecida en el correspondiente programa estatal, con ayudas para contratos Ramón y Cajal, definidas en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación dentro del marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación. Se trata de incorporar al sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias (CAC) y particularmente a la ULPGC a aquellos investigadores que, no habiendo obtenido plaza en el programa nacional, posean un historial científico, técnico e innovador relevante, y deseen desarrollar líneas de investigación de interés para la CAC. Al mismo tiempo, la convocatoria pretende promover la incorporación de talento en los Institutos Universitarios de las distintas ramas de conocimiento coadyuvando a la actividad investigadora de los mismos.

Por cuanto antecede, en el marco de la Ley 14/2011 y el Plan de Investigación y Trasferencia de la Universidad, de acuerdo con las competencias que me han sido delegadas mediante Resolución de 3 de noviembre de 2018, del Rector, por la que se delegan competencias en diversos Órganos Unipersonales de esta Universidad, y se establece el régimen de suplencia de los mismos (BOC nº 242, de 14 de diciembre), he resuelto publicar la convocatoria 2020 Viera y Clavijo de contratos a doctores de prestigio.

1. Objeto.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la promoción de la incorporación a la ULPGC de investigadores españoles y extranjeros con una trayectoria destacada mediante la contratación laboral durante un máximo de cinco (5) años, estableciéndose un sistema de evaluación externa que determinará la prórroga de los contratos. Asimismo, los contratos incluirán una financiación adicional para la ejecución de la actividad de investigación que se realice. Se pretende que los investigadores que sean contratados puedan, en función del rendimiento obtenido, incorporarse con carácter permanente a las unidades y equipos de investigación de la ULPGC.

1.2. Se convocan un total de cuatro (4) contratos, que se adjudicarán mediante concurrencia competitiva y bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad. El número de contratos podrá ser incrementado si las disponibilidades presupuestarias lo permiten por la obtención de financiación adicional. En tal caso, previamente a la resolución definitiva de concesión se fijará el número definitivo de contratos que pueden adjudicarse en función de la financiación disponible, y se hará público por el mismo medio en que se publicite la convocatoria.

1.3. Los contratos podrán ser financiados total o parcialmente por los convenios suscritos con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, para la mejora de las capacidades de investigación y los servicios de apoyo a la I+D+i en las áreas de investigación prioritaria en la estrategia de especialización inteligente de Canarias. Asimismo, podrán recibir financiación de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, o de otras entidades financiadoras externas.

1.4. Los contratos se distribuirán entre las distintas áreas científicas que se relacionan en el Anexo 1 de esta resolución, teniendo en cuenta las plazas ofertadas por la ULPGC en la última convocatoria del programa Ramón y Cajal, conforme a lo establecido en la base 11 de esta convocatoria.

2.- Dotación económica.

2.1. Para estos contratos se estima un crédito de ochocientos treinta mil novecientos treinta y dos euros con ochenta céntimos (830.932,80 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 42B-02402-6430404 del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia de la ULPGC.

La estimación de la distribución de la financiación por anualidades, en base a la cofinanciación prevista y a las fechas de inicio de los contratos, es la siguiente:

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2.2. Esta convocatoria estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión en los ejercicios correspondientes.

2.3. Dicho crédito podrá ser incrementado si las disponibilidades presupuestarias lo permiten. En tal caso, previamente a la concesión se fijará el número definitivo de contratos que puedan adjudicarse en función de la financiación disponible, y se hará público por el mismo medio en que se publicó la convocatoria.

2.4. En caso que no se pudieran cubrir en su totalidad los contratos previstos en esta convocatoria, por haber quedado plazas vacantes sin cubrir, se podrán reasignar los fondos para poder rescatar tantos suplentes de la convocatoria de contratos postdoctorales ULPGC 2020 como plazas vacantes hubieran quedado sin cubrir.

3.- Características de los contratos.

3.1. Los contratos se regirán por lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se formalizarán en la modalidad que establezca la normativa vigente y tendrán dedicación a tiempo completo.

3.2. El trabajo a desarrollar consistirá primordialmente en la realización de tareas de investigación, orientadas a la obtención por el personal investigador de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional, que conduzcan a la consolidación de su experiencia profesional.

3.3. Los contratos tendrán una duración inicial de dos años, y se prorrogarán por dos años más, siempre que los investigadores superen la evaluación establecida en la base 17 de esta convocatoria. Así mismo, de obtener la evaluación favorable según la base 17, los contratos serán prorrogados por un quinto y último año. La duración máxima del contrato y de sus prórrogas no podrá exceder de cinco años.

3.4. En el supuesto de que el investigador haya disfrutado de anteriores contratos del tipo señalado en el apartado 3.1, el contrato se formalizará por el tiempo que reste hasta el máximo de cinco años establecido en la Ley 14/2011.

3.5. Las situaciones de incapacidad temporal por un período de, al menos, tres meses consecutivos, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato. A solicitud del interesado, y si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, el contrato podrá ser prorrogado por el tiempo correspondiente.

3.6. La retribución bruta anual que percibirá cada contratado será de 31.600,08 euros, que incluirá dos pagas extraordinarias que se abonarán prorrateadas mensualmente. La Universidad asumirá el importe de la cuota patronal de la Seguridad Social.

3.7. Asimismo, se concederá a cada investigador que sea contratado, una financiación adicional de 8.000,00 euros para cubrir los gastos directamente relacionados con la ejecución de sus actividades de investigación.

El gasto de esta financiación adicional deberá ejecutarse durante las tres primeras anualidades de contrato, y podrá destinarse a la financiación de los siguientes conceptos de gasto, debidamente justificados:

Adquisición de equipos científico-técnicos, incluyendo equipos informáticos y programas de ordenador de carácter técnico; material bibliográfico; material fungible, suministros y productos similares; gastos de viajes y dietas, gastos de inscripción en congresos, seminarios y conferencias de carácter científico, y cualquier otro gasto directamente relacionado con la investigación que se lleva a cabo.

En relación con los gastos de viajes y dietas, serán de aplicación los límites establecidos para el grupo 2 en la normativa autonómica canaria vigente en materia de indemnizaciones por razón del servicio.

No se podrá contratar personal con cargo a la financiación adicional.

4.- Requisitos de los solicitantes.

4.1. Podrán participar en esta convocatoria, con carácter prioritario, quienes, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, sean doctores que hayan sido evaluados previamente en el Programa Nacional Ramón y Cajal, y que reúnan, al menos, alguno de los siguientes requisitos:

a) Haberse presentado a las convocatorias 2017, 2018 o 2019 del Programa Nacional Ramón y Cajal, y encontrarse incluido en la lista de reserva de la resolución definitiva de alguna de las referidas convocatorias, o haber obtenido una puntuación igual o superior a 85 puntos.

b) Haber obtenido plaza en las convocatorias 2017, 2018 o 2019 del Programa Nacional Ramón y Cajal.

4.2. También podrán participar en esta convocatoria quienes, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, sean doctores que hayan sido evaluados previamente en el Programa Juan de la Cierva-Incorporación, y que reúnan, al menos, alguno de los siguientes requisitos:

a) Haberse presentado a las convocatorias 2017, 2018 o 2019 del Programa Nacional Juan de la Cierva-Incorporación, y encontrarse incluido en la lista de reserva de la resolución definitiva de alguna de las referidas convocatorias.

b) Haber obtenido plaza en las convocatorias 2017, 2018 o 2019 del Programa Juan de la Cierva-Incorporación.

5. Incompatibilidades.

5.1. Los contratos financiados serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado, y con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial.

5.2. Los investigadores contratados podrán percibir complementos provenientes de proyectos de I+D y de contratos realizados en aplicación del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de la Ley 14/2011 y ayudas complementarias para fomentar la formación y movilidad de investigadores, siempre que estas ayudas no consistan en contratos laborales.

5.3. El personal investigador contratado deberá comunicar a la ULPGC la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

6.- Notificaciones y medios electrónicos.

6.1. Las notificaciones que tengan que efectuarse en cualquier momento del procedimiento, se realizarán mediante medios electrónicos, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.2. La utilización de los medios electrónicos establecidos será obligatoria para la presentación de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones por los interesados, que deberán hacerlo a través del Registro de la Sede Electrónica de la ULPGC.

6.3. Las resoluciones que sean necesarias en el procedimiento serán notificadas de acuerdo con lo establecido en el apartado 6.1 y publicadas en la dirección web del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia (https://www.ulpgc.es/vinvestigacion/clavijo). Las notificaciones serán, al mismo tiempo, informadas a los solicitantes mediante correo electrónico enviado a la dirección de e-mail que hayan indicado en su solicitud.

6.4. Al margen de lo señalado en el apartado anterior, cualquier otra comunicación que la ULPGC tenga que efectuar durante el procedimiento se realizará a través de notificación por sede electrónica.

7.- Presentación de solicitudes.

Se establece un plazo de veinte (20) días naturales, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

8.- Documentación a presentar por los interesados.

8.1. La documentación que los interesados han de presentar con carácter obligatorio es la siguiente:

a) La solicitud en modelo normalizado, en la cual los solicitantes deberán aplicar al menos a uno de los perfiles que se incluyen en el Anexo 2 de esta convocatoria y que se corresponden con las áreas y las plazas de la oferta realizada por la ULPGC en la última convocatoria del Programa Ramón y Cajal, que ha estado abierta a la participación de todos los grupos de investigación reconocidos (GIR).

b) Informe del Director del Grupo de Investigación (GIR) al que solicita vincularse, en el que conste su interés en la línea de investigación del solicitante, con la conformidad del Director del Instituto Universitario o Departamento de adscripción de dicho GIR.

c) Documento que acredite la personalidad del solicitante:

a. Ciudadanos españoles: Documento Nacional de Identidad en vigor.

b. Ciudadanos de la Unión Europea: pasaporte o NIE en vigor.

c. Ciudadanos extracomunitarios: pasaporte o NIE en vigor.

d) Curriculum vitae en el modelo normalizado de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) correspondiente a los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria.

e) El documento de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP)/Agencia Estatal de Investigación (AEI) del solicitante en la convocatoria Ramón y Cajal, o en su caso, en la convocatoria Juan de la Cierva-Incorporación.

f) Declaración responsable en relación a si se ha sido beneficiario de un contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología.

La ULPGC se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición de la persona interesada de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

8.2. Los modelos de solicitud y declaración responsable exigidos en esta convocatoria estarán a disposición de los interesados en la dirección web del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia de la ULPGC.

9.- Presentación de las solicitudes.

9.1. Las solicitudes serán presentadas obligatoriamente a través del Registro de la Sede Electrónica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme se indica en la Resolución del Rector, de 24 de septiembre de 2013, por la que se establece la obligatoriedad de las comunicaciones electrónicas para este procedimiento (BOULPGC nº 10, de 4.10.13). Para presentar la solicitud los interesados deberán conectarse a la Sede Electrónica de la ULPGC (https://sede.ulpgc.es/), acceder por el Registro electrónico al procedimiento denominado "Solicitud genérica" y realizar el trámite siguiendo las indicaciones de la guía de uso disponible en la siguiente página web: https://e-administracion.ulpgc.es/soporte. En caso de problemas o dudas relativos al uso de la sede electrónica, los interesados pueden contactar con la Oficina de la Administración Electrónica de la ULPGC (OTEA), a través del correo electrónico "otea@ulpgc.es", o, enviando el siguiente formulario: https://e-administracion.ulpgc.es/incidencias.

9.2. Los solicitantes presentarán en la sede electrónica la documentación indicada en la base 8, en ficheros pdf. Estará distribuida en seis (6) ficheros con el contenido que se indica a continuación, denominándose cada uno en la forma reflejada entre paréntesis:

1) La solicitud en impreso normalizado (Apellidos del solicitante_SOLICITUD), que contendrá la relación completa de los documentos aportados.

2) Informe del Director del Grupo de Investigación (GIR) al que solicita vincularse, en el que conste su interés en la línea de investigación del solicitante, con la conformidad del Director del Instituto Universitario o Departamento de adscripción de dicho GIR. Dicho informe deberá ser firmado digitalmente por ambos cargos (Apellidos del solicitante_INFORME).

3) La documentación acreditativa de la personalidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte) (Apellidos del solicitante_IDENTIDAD).

4) Currículum Vitae (Apellidos del solicitante_CV).

5) Informe de Evaluación de la AEI/ANEP (Apellidos del solicitante_EVALUACIÓN).

6) Declaración responsable en relación a si se ha sido beneficiario de un contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología (Apellidos del solicitante_CONTRATO), en el modelo normalizado disponible en la web del Vicerrectorado donde se publica la convocatoria.

9.3. En el campo "Asunto" del formulario de Solicitud genérica de la sede electrónica, los solicitantes indicarán el texto "Solicitud Convocatoria 2020 Viera y Clavijo". En el campo "Unidad u órgano al que va dirigida", se indicará "Servicio de Investigación".

9.4. No serán admitidas las solicitudes presentadas por persona distinta del solicitante, salvo en aquellos casos en que actúe mediante representante y presente la acreditación necesaria, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10.- Instrucción del procedimiento.

10.1. La convocatoria se otorgará en régimen de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, y la instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Investigación.

10.2. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor revisará la documentación presentada por los interesados y requerirá, en su caso, la subsanación de los defectos de que adolecieran las solicitudes, para lo que concederá un plazo de diez días hábiles a contar del siguiente a la notificación del requerimiento. Dicho requerimiento se realizará mediante comparecencia en la sede electrónica de la ULPGC, y las notificaciones serán, al mismo tiempo, informadas a los solicitantes mediante correo electrónico enviado a la dirección de email que hayan indicado en su solicitud. Trascurrido el plazo, se enviará a la Comisión constituida de acuerdo con el apartado 11.1 para la baremación de las solicitudes.

Durante el periodo de subsanación, no se podrán reformular las solicitudes presentadas.

Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, el Servicio de Investigación cuando considere que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la documentación presentada, antes de la concesión de la ayuda, podrá requerir a las personas beneficiarias afectadas para que presenten todos o una parte de los correspondientes documentos justificativos.

10.3. La Comisión tomando en consideración los criterios de selección fijados en el Anexo 1, elaborará en el plazo de diez días una propuesta motivada de la relación de solicitudes admitidas y excluidas, y la propuesta de baremación de los candidatos, que trasladará al órgano instructor y se publicará en la web del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia. Se notificará de su publicación a los solicitantes mediante los medios electrónicos establecidos en la convocatoria.

10.4. Se establecerá un plazo de 10 días hábiles a contar del siguiente a la publicación en la web para alegaciones a la propuesta de la Comisión. Las alegaciones se realizarán través del Registro de la Sede Electrónica de la ULPGC.

10.5. Transcurrido el plazo de alegaciones, el órgano instructor elevará las mismas a la Comisión de Valoración para su consideración. La Comisión hará una nueva propuesta de valoración motivada al órgano instructor que elevará, a su vez, al Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia una propuesta de Resolución de la convocatoria. En caso de que no se presenten alegaciones a la propuesta de la Comisión, se considerará esta como definitiva.

11.- Proceso de selección de candidatos.

11.1. Las solicitudes presentadas serán baremadas por una Comisión Evaluadora formada por:

a) Presidente: Director de Organización Científica y Promoción de la Investigación de la ULPGC.

b) Vocal 1º: Vicegerente de Investigación.

c) Vocal 2º: Directora del Servicio de Investigación.

d) Secretario: Director de Infraestructuras y Transferencia de la ULPGC.

11.2. La referida Comisión evaluará las solicitudes y realizará una propuesta de provisión de las cuatro plazas acorde a los siguientes criterios, dando prioridad a los admitidos que cumplen el requisito del apartado 4.1 de esta resolución:

a) Con carácter general, se adjudicarán las plazas según el orden en el que haya resultado clasificado el candidato en las áreas de referencia en el Programa Ramón y Cajal.

b) Se asignarán los contratos teniendo en cuenta las áreas científicas de la convocatoria del Programa Ramón y Cajal y las cinco ramas de conocimiento de la ULPGC que figuran en el Anexo 1.

c) No podrá asignarse más de una plaza a cada una de las ramas de conocimiento. En el caso de que queden desiertas las asignaciones a dos o más ramas de conocimiento, la Comisión podrá reasignar las plazas restantes.

d) En ningún caso podrá asignarse más de una plaza a un mismo Instituto Universitario (o en su caso, grupo de investigación). Se utilizarán como criterios básicos la evaluación previa del candidato obtenida en la convocatoria del Programa Ramón y Cajal, y la elección de Instituto Universitario de Investigación o de GIR realizada por el candidato de entre los perfiles que figuran en el Anexo 2.

f) La prelación entre los candidatos se establecerá según la siguiente ecuación:

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Donde es el índice asignado al candidato, Noc es el número de orden del candidato en la resolución de la convocatoria del Programa Ramón y Cajal y Ntcs el número de candidatos seleccionados para el año en curso en el área científica en cuestión. A mayor valor del índice mejor clasificación del candidato y a menor valor, peor clasificación del candidato.

g) Los candidatos no incluidos en el listado de elegibles y suplentes, pero que hubieran obtenido una puntuación superior a los 85 puntos serán baremados a continuación de los anteriores y ordenados por la puntuación de dicha valoración de mayor a menor.

h) En caso de obtenerse índices equivalentes, la Comisión Evaluadora podrá solicitar asesoramiento e informes a expertos externos en la ULPGC para la asignación definitiva de candidatos.

11.3. En el caso que quedaran plazas sin cubrir tras la aplicación del baremo del apartado 11.2, o en su caso, a continuación de los suplentes propuestos en dicho apartado, la Comisión evaluará las solicitudes y realizará una propuesta de provisión de las plazas restantes acorde a los siguientes criterios:

a) Con carácter general, se adjudicarán las plazas según la puntuación obtenida en el informe de valoración en el Programa Juan de la Cierva-Incorporación, según el procedimiento descrito en 11.3.f).

b) Se asignarán los contratos teniendo en cuenta las áreas científicas de la convocatoria del Programa Ramón y Cajal y las cinco ramas de conocimiento de la ULPGC que figuran en el Anexo 1.

c) No podrá asignarse más de una plaza a cada una de las ramas de conocimiento. En el caso de que queden desiertas las asignaciones a dos o más ramas de conocimiento, la Comisión podrá reasignar las plazas restantes.

d) En ningún caso podrá asignarse más de una plaza a un mismo Instituto Universitario (o en su caso, grupo de investigación). Se utilizarán como criterios básicos la evaluación previa del candidato obtenida en la convocatoria del Programa Juan de la Cierva-Incorporación, y la elección de Instituto Universitario de Investigación o de GIR realizada por el candidato de entre los perfiles que figuran en el Anexo 2.

e) La prelación entre los candidatos se establecerá ordenándolos según la puntuación obtenida en el informe de evaluación final Juan de la Cierva-Incorporación, en el apartado correspondiente al Currículo del candidato, normalizado sobre 50 puntos.

f) En caso de obtenerse puntuaciones iguales en el apartado anterior, se tomará como criterio de desempate, la mayor puntuación total del informe de evaluación final. En caso de mantenerse el empate, la Comisión Evaluadora podrá solicitar asesoramiento e informes a expertos externos en la ULPGC para la asignación definitiva de candidatos.

12.- Resolución de concesión.

12.1. El Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia con la propuesta que el órgano instructor ha elevado de acuerdo con lo establecido en el apartado 10, dictará, por delegación del Rector, resolución de concesión de la convocatoria donde indicará los adjudicatarios de los contratos y los suplentes, si procede.

12.2. Dicha resolución se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencias informando de ello a los solicitantes mediante los medios electrónicos establecidos en la convocatoria

12.3. La resolución se dictará y se publicará dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la convocatoria. En el caso de vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

13.- Incorporación del personal investigador.

13.1. El personal investigador que sea contratado al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria, deberá incorporarse a la ULPGC en la fecha que la institución determine.

13.2. La ULPGC formalizará el contrato con el investigador, una vez este haya presentado la siguiente documentación en la Universidad, en el plazo determinado por la misma:

a) Aceptación del contrato.

b) El DNI, si se trata de ciudadanos españoles. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea, el NIE. En el caso de ciudadanos extracomunitarios, permiso de trabajo y de residencia en España.

c) Título original de Doctor, para su cotejo.

d) Originales de los documentos presentados en la solicitud.

e) Documento en el que aparezcan los datos bancarios, a efectos del pago de retribuciones

f) Declaración responsable de no estar incurso en incompatibilidad.

g) Documento de afiliación a la Seguridad Social, si estuviese dado de alta por una ocupación anterior.

h) Declaración responsable de no estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración responsable de no estar inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria, condena penal o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

i) En el caso de haber presentado con la solicitud una declaración responsable de haber sido beneficiario de un contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología, se presentará copia de la convocatoria que lo originó y del contrato, así como un certificado de vida laboral.

13.3. Quienes no presenten la documentación relacionada en el apartado anterior en el plazo establecido para ello, no podrán ser contratados y perderán todos los derechos dimanantes de su participación en el proceso.

13.4. En casos excepcionales y debidamente justificados, el Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia de la ULPGC podrá autorizar el aplazamiento de la incorporación hasta un máximo de seis meses. La solicitud de aplazamiento, en el impreso normalizado que está disponible en la página web del Servicio de Investigación (www.ulpgc.es/grai), deberá ser presentada antes de la fecha de incorporación establecida por la ULPGC. Transcurrido el plazo máximo sin producirse la incorporación, perderá la plaza, procediéndose a la contratación del suplente correspondiente, si existiera.

14.- Renuncias e incorporación de reservas.

14.1. Si una vez formalizado el contrato, el investigador desea renunciar al mismo, deberá presentar la comunicación correspondiente en el Registro de la Sede Electrónica de la ULPGC, con una antelación mínima de 20 días naturales, teniendo efectos económicos y administrativos a partir del día que haya indicado en la citada comunicación.

14.2. Las renuncias de los candidatos seleccionados que se efectúen durante el primer año del contrato serán cubiertas mediante los suplentes correspondientes en su rama de conocimiento.

14.3. La duración del contrato del suplente será igual a la que falte para concluir el contrato del titular.

15.- Derechos del personal contratado.

15.1. Ser integrado en el grupo de investigación reconocido perteneciente a los distintos departamentos o institutos universitarios de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que han realizado el aval de la propuesta, en donde realizará la investigación postdoctoral, siendo reconocido como personal contratado de los mismos y participando según los estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en sus órganos de gobierno y representación.

15.2. Obtener del grupo de investigación de acogida, la colaboración y el apoyo necesarios para el desarrollo normal de su programa de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de aquel.

15.3. Participar en las convocatorias de ayudas complementarias para asistencia a reuniones científicas o para estancias de formación y perfeccionamiento en otros centros.

15.4. El investigador tendrá derecho al reconocimiento del derecho de propiedad intelectual, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y en el artículo 141 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 107/2016, de 1 de agosto, y modificados por Decreto 138/2016, de 10 de noviembre, así como al derecho de propiedad industrial de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de los mismos Estatutos, derivados de su actividad formativa en la investigación de acuerdo con su contribución, sin perjuicio de la salvaguarda de dichos derechos que pudieran corresponder a la ULPGC, acorde a lo estipulado en el Reglamento sobre propiedad industrial de la ULPGC aprobado en Consejo de Gobierno en su sesión de 21 de diciembre de 2015 (BOULPGC de 8.1.16).

16.- Obligaciones del personal contratado.

16.1. El personal contratado tendrá las siguientes obligaciones.

a) Incorporarse al Instituto Universitario o Departamento de adscripción, ateniéndose a su régimen interno y dedicándose exclusivamente a las actividades de formación y especialización científica objeto del contrato.

b) Seguir las directrices del coordinador del grupo de investigación, cumpliendo los objetivos de especialización en la investigación.

c) Asumir las obligaciones que le correspondan por razón de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.

d) Solicitar autorización al Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la ULPGC, por causas debidamente justificadas, para realizar cualquier modificación de las condiciones de adjudicación del contrato (cambio de grupo, cambio de la línea de investigación, etc.).

e) Solicitar al Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la ULPGC autorización para ausentarse de su puesto de trabajo. Las solicitudes serán presentadas con una antelación de veinte (20) días naturales al inicio de la ausencia.

f) Presentar una solicitud de ayuda posdoctoral o equivalente en las convocatorias de los planes nacionales o europeos, durante el periodo de vigencia del contrato al que hace referencia la presente convocatoria, y acreditarlo así en los informes de seguimiento.

g) Hacer constar en todas las publicaciones desarrolladas durante la vigencia del contrato su condición de investigador contratado por el Programa Viera y Clavijo de la ULPGC.

h) Poner en conocimiento del Vicerrector de Investigación, a través del Coordinador del Grupo de investigación, la obtención de cualquier resultado susceptible de protección conforme a la normativa vigente en materia de propiedad industrial e intelectual. La titularidad de los resultados científicos y posibles invenciones, así como todo resultado objeto de propiedad industrial e intelectual que sean obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por el investigador contratado durante el período de disfrute del contrato posdoctoral, corresponderán a la ULPGC, sin perjuicio del reconocimiento de la correspondiente autoría.

i) Participar en las actividades docentes de la ULPGC en las condiciones establecidas en la base 18 de esta convocatoria.

16.2. Las solicitudes y comunicaciones enviadas por el interesado al Vicerrectorado de Investigación establecidas en los párrafos d) y e) del apartado anterior, serán presentadas en el Registro de la Sede Electrónica de la ULPGC, y se dirigirán al Servicio de Investigación.

17.- Seguimiento científico-técnico.

17.1. Los investigadores contratados deberán elaborar dos informes de seguimiento científico-técnico, uno referente a las dos primeras anualidades de contrato y otro relativo a las cuatro primeras anualidades de contrato, utilizando los modelos disponibles para ello en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia. Los investigadores deberán presentar a la ULPGC estos informes cuatro meses antes de la finalización de la segunda y cuarta anualidad de contrato, a lo largo del mes vigésimo y cuadragésimo cuarto de contrato, respectivamente, iniciándose su cómputo desde el día del comienzo del contrato.

17.2. La evaluación de los informes de seguimiento científico-técnico será realizada por la Agencia Estatal de Investigación, y el resultado de la evaluación será determinante para mantener la continuidad de los contratos.

17.3. La evaluación correspondiente a las dos primeras anualidades tendrá la siguiente baremación:

a) Favorable, en caso de que se considere que la ejecución durante el periodo evaluado permitirá alcanzar al finalizar la cuarta anualidad lo fijado en el Anexo II de la Resolución de 20 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3). En este supuesto, se prorrogará el contrato por dos anualidades más.

b) Desfavorable, en caso de que no se cumpla lo indicado en el apartado anterior. En este supuesto, no se prorrogará el contrato.

17.4. La evaluación correspondiente a las cuatro primeras anualidades tendrá la siguiente baremación:

a) Favorable, en caso de que se cumpla lo fijado en el Anexo II de la Resolución de 20 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3). En este supuesto, se prorrogará el contrato por una anualidad más.

b) Desfavorable, en caso de que no se cumpla lo indicado en el apartado anterior. En este supuesto, no se prorrogará el contrato.

17.5. Los candidatos se adscribirán, a efectos de actividad investigadora, al Instituto Universitario (o grupo de investigación, en su caso) al cual han optado en su solicitud. A los efectos de la promoción contemplada en el Programa I3, no se podrán asignar candidatos de esta convocatoria a un departamento en un número superior al 15 % del total de personal docente e investigador del mismo. En caso de superarse esta cantidad será necesario, para proceder a la asignación, el informe favorable del departamento de destino.

17.6. Los informes científicos-técnicos del investigador contratado, serán presentados a través del Registro de la Sede Electrónica de la ULPGC, y se dirigirán al Servicio de Investigación.

18.- Colaboración en tareas docentes.

El investigador contratado debe participar en actividades docentes, con una dedicación máxima de 80 horas por curso académico, conforme a lo establecido en el Reglamento de Venia Docendi de la ULPGC. Los departamentos que puedan acoger dicha docencia serán aquellos a los que pertenezcan los investigadores del GIR de acogida.

19.- Extinción de los contratos.

Sin perjuicio de otras causas previstas en la normativa que resulte de aplicación, el contrato se extinguirá por alguna de las siguientes:

a) El mutuo acuerdo entre la ULPGC y el investigador.

b) La renuncia por parte del interesado.

c) La expiración del tiempo convenido.

d) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta convocatoria por parte del investigador.

e) Propuesta de no renovación del contrato, suscrita por el coordinador del Grupo de Investigación.

f) La no incorporación del investigador tras un período de suspensión del contrato.

g) Por razones de incompatibilidad.

h) Por ocultación o falseamiento de datos por parte del investigador.

i) Informe desfavorable del seguimiento científico-técnico, de acuerdo al artículo 17.3 y 17.4 de la convocatoria.

20.- Normativa aplicable.

La convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en sus correspondientes bases, y por lo dispuesto, entre otras, en las siguientes disposiciones:

* Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

* Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

* Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

* Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

* Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

* Ley 5/2001, de 9 de julio, de promoción y desarrollo de la investigación científica y la innovación de la Comunidad Autónoma de Canarias.

* Estatutos de la ULPGC, aprobados por Decreto 138/2016, de 10 de noviembre de 2016.

* I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias de 26 de junio de 2012.

21.- Recursos.

Contra la presente convocatoria, así como contra la resolución definitiva del proceso selectivo, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de dicha Jurisdicción; o bien potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no podrá acudirse a la vía contencioso administrativa hasta que aquel no sea resuelto expresamente o sea desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de noviembre de 2020.- El Rector, p.d. (Resolución de 3.11.18; BOC nº 242 de 14.12.18), el Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia, José Pablo Suárez Rivero.

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A N E X O 2

PERFILES VINCULADOS

1. Perfiles en el área de conocimiento de Ciencias de la Salud.

Podrán optar a la plaza aquellos candidatos que presenten su solicitud por cada una de las siguientes líneas:

1.1. Estudio en mecanismos patogénicos, incluidos genéticos y epigenéticos, aplicados a enfermedades metabólicas y neurodegenerativas, para poder mejorar el diagnóstico y diseñar intervenciones preventivas y terapéuticas eficaces (IUIBS).

1.2. Desarrollo de estrategias enfocadas a la implementación de la Medicina personalizada mediante la identificación de biomarcadores capaces de predecir la virulencia de distintos tipos de enfermedades y la eficacia de los tratamientos clínicos estándar, así como la identificación de moléculas diana con interés terapéutico (IUIBS).

1.3. Estudio del metabolismo humano, desarrollo, diferenciación y regeneración a nivel celular, tisular y sistémico, así como su regulación molecular en la salud y la enfermedad. Investigación interdisciplinar de los procesos biológicos en los que las interacciones de los elementos, internos y externos, que influyen en el desarrollo del proceso, se representan con un modelo teórico. Este enfoque "holístico" o "global" permitiría comprender íntegradamente el funcionamiento de los sistemas biológicos y mejorar la traslación de resultados y modelos al ser humano o dar el salto a la aplicación clínica (IUIBS).

1.4. Aplicaciones clínicas del conocimiento en salud. Revisiones sistemáticas de la literatura. Identificación de hiatos de conocimiento (knowledge gaps) con el fin de generar nuevo conocimiento. Diseño y realización de ensayos clínicos. Preferiblemente aplicado a fisiología humana, enfermedades metabólicas, infecciosas, respiratorias o inflamatorias. De especial interés también el estudio de la respuesta del metabolismo a fármacos, la dieta o la actividad física y su interacción con el genotipo y la microbiota (IUIBS).

1.5. Técnicas avanzadas de Biología Molecular y Biología Computacional aplicada a Farmaco-Genómica y Proteómica: Cribado de librerías químicas para identificar nuevas moléculas bioactivas para el tratamiento del cáncer de mama triple negativo (TNBC). Búsqueda de nuevas moléculas anti-STAT3, capaces de mejorar la ventana terapéutica, la eficacia antitumoral de los quimioterápicos convencionales o superar la resistencia tumoral a los mismos (IUIBS).

1.6. Investigación sobre el efecto de los factores nutricionales, fisiológicos, ambientales y de manejo sobre la productividad, calidad de productos y el bienestar de los animales de ganadería (IUSA). Los temas a investigar incluyen, pero no se limitan, a:

* El impacto de estrés por calor sobre el metabolismo, productividad e inmunidad.

* El impacto de los cambios nutricionales y/o fisiológicos sobre la dinámica celular y adaptaciones moleculares (mRNA, microRNA, proteína) de los diferentes tejidos.

* El contenido de leche en células somáticas y su relación con la mamitis y la calidad de leche.

* La aplicación de nuevas tecnologías y sensores biológicos para registrar la actividad animal y su bienestar.

* Enfermedades infecciosas en especies acuáticas.

* Epidemiología y Medicina Preventiva Veterinaria.

* Reproducción Animal.

* Biotecnología Animal.

* Seguridad Alimentaria.

* Tecnología Alimentaria.

* Avances en cirugía y Oncología comparada.

* Genómica, Proteómica, nanotecnología aplicada a las Ciencias Veterinarias.

1.7. Biotecnología Aplicada al Diagnóstico en Sanidad de Animales Marinos de vida libre, mediante desarrollo y aplicación de técnicas moleculares dirigidas a detección y caracterización de patógenos y a la asociación entre estos y lesiones (IUSA).

1.8. Diagnóstico, tratamiento y medicina preventiva de enfermedades infecciosas de animales terrestres y de producción junto con enfermedades compartidas (IUSA).

1.9. Fisiología del buceo en mamíferos marinos, prestando especial atención a la fisiopatología de la enfermedad descompresiva: embolismo gaseoso y graso, disfunción endotelial, regulación de la respuesta del buceo ante una situación de estrés, así como otros factores individuales que puedan predisponer a los individuos a sufrir una enfermedad descompresiva. Los temas a investigar incluyen, pero no se limitan a: actualización de la metodología para caracterización del embolismo gaseoso. Caracterización del embolismo graso. Disfunción endotelial y su relación con la enfermedad descompresiva desde un punto de vista comparado. Estudio de otros factores individuales (IUSA)

1.10. Interacciones Sanidad Animal, Seguridad Alimentaria y Cambio Global/Climático en Atlántico macaronésico (IUSA).

1.11. Vigilancia Sanitaria de los animales marinos, incluyendo Fauna Silvestre (IUSA).

Para incorporarse al Instituto Universitario de

a) Investigaciones Biomédicas y Sanitarias (IUIBS).

b) Investigación en Sanidad Animal (IUSA).

2. Perfiles en el área de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas.

Podrán optar a la plaza aquellos candidatos que presenten su solicitud por cada una de las siguientes líneas:

2.1. Econometría y estadísticas aplicables a la gestión económica, para la medición de las relaciones y los impactos entre el turismo y el medio ambiente (TIDES).

2.2. Desarrollo de modelos de demanda turística a partir de métodos de encuestas, modelos de elección discreta a nivel teórico y aplicado, análisis coste beneficio aplicado al turismo y al medio ambiente. Investigación en los métodos de estimación econométrica con datos empíricos de turistas y consumidores (TIDES).

2.3. Estudio y desarrollo de métodos cuantitativos en la gestión del riesgo y la incertidumbre. La modelización de los riesgos implica de manera la utilización de variables aleatorias y sus distribuciones asociadas, que relacionen de manera apropiada el riesgo que pretendamos estudiar. Las técnicas econométricas actuales constituirán el núcleo fundamental de los nuevos procedimientos de gestión del riesgo en el ámbito económico, actuarial y financiero (TIDES).

2.4. Análisis económico de la infraestructura, con especialización en puertos y transporte marítimo, y su impacto en el desarrollo de las regiones. Experiencia en el análisis económico de los puertos, abarcando los diferentes análisis de competitividad, productividad y eficiencia, hasta los distintos esquemas de regulación, competencia y financiamiento (con especial énfasis en las asociaciones público privadas) de las infraestructuras portuarias. Los puertos suponen la puerta de entrada y salida de aproximadamente el 90% del comercio mundial. En este marco, es de especial importancia analizar las relaciones Europa-África (GIR-EIT).

2.5. Línea de investigación en Economía de la Salud. Diseño de herramientas que permitan mejorar la eficiencia del sistema sanitario y maximizar las ganancias en salud de la población con los recursos disponibles. Desarrollo de un marco teórico y empírico que permita finalmente incorporar conjuntamente dos aspectos cruciales en la toma de decisión sobre inversión sanitaria, alineando las preferencias de la población con las restricciones presupuestarias a las que se enfrenta el sistema (GIR-ECOSALUD).

Para incorporarse al:

a) Instituto Universitario de Turismo y Desarrollo Económico Sostenible (TIDES).

b) GIR -EIT- Economía de las Infraestructuras y el Transporte, adscrito al Departamento de Análisis Económico Aplicado.

c) GIR -ECOSALUD- Economía de la Salud y Políticas Públicas, adscrito al Departamento de Métodos Cuantitativos en Economía y Gestión.

3. Perfiles en el área de conocimiento de Ciencias Experimentales.

Podrán optar a la plaza aquellos candidatos que presenten su solicitud por cada una de las siguientes líneas:

3.1. Investigación en biogeoquímica de metales en aguas naturales, con la integración de medidas de isotopos estables, estructuras moleculares (Sincrotrón) y estudios físico-químicos (química redox, complejación orgánica de metales y caracterización físico-química en términos de adsorción), no solo en metales disueltos sino también en material particulado (IOCAG).

3.2. Estudio del sistema del dióxido de carbono en los océanos. Incluye la integración de medidas de cálculo de carbono antropogénico utilizando diferentes aproximaciones, estimaciones de flujos atmósfera océano y almacenamiento de carbono, con cálculos de inventarios (IOCAG).

3.3. Oceanografía microbiana y biogeoquímica: relación entre la dinámica de la materia orgánica y la diversidad y función de comunidades microbianas. Orientada a cuantificar la respiración microbiana en el océano profundo, combinando aproximaciones ecológicas, enzimáticas y biogeoquímicas. En particular, estimar la contribución de la materia orgánica disuelta y particulada en suspensión a las tasas de remineralización en el océano profundo, estudiando el nexo entre la estructura de la comunidad microbiana, metabolismo de procariotas y dinámica de la materia orgánica (IOCAG).

3.4. Respuesta del ecosistema a procesos a nivel de submesoescala: interacción entre filamentos de afloramiento y remolinos con el objetivo científico de cuantificar el impacto de los procesos oceanográficos a nivel de submesoescala (regiones frontales convergentes y divergentes entre remolinos y filamentos) sobre la productividad primaria y el secuestro de carbono en profundidad, combinando estudios observacionales de alta resolución (campañas, gliders, etc.) con modelos regionales (ROMs) acoplados físicos-biológicos (IOCAG).

3.5. Fisiología y Ecología del Plancton: el papel del zooplancton y micronecton en la bomba biológica. Estudiar el papel de los migradores verticales y su metabolismo en el transporte de carbono hacia el océano profundo (IOCAG).

3.6. Estudio de la dinámica de la Corriente de Canarias y del afloramiento Canario-Sahariano, y otros de mayor escala espacio-temporal como la variabilidad de la Cinta Transportadora Global, por medio de imágenes de satélite, de datos hidrográficos provenientes de campañas oceanográficas y de perfiladores Argo, así como de modelos tanto inversos como numéricos (IOCAG).

3.7. Evaluación, control e impacto de contaminantes orgánicos en diferentes compartimentos medioambientales. En especial se prioriza, por una parte, la optimización y desarrollo de nuevas metodologías analíticas para la determinación de micro-contaminantes orgánicos, incluidos los contaminantes emergentes. Y por otra, la aplicación de dichas metodologías al monitoreo de los mismos en diferentes zonas geográficas influenciadas por distintas actividades antropogénicas (IUNAT).

3.8. En el ámbito de la investigación en tecnología química: Producción de Componentes Químicos de Alto Valor Añadido a Partir de Biomasa de Invertebrados Marinos Producidos por Maricultura (IUNAT).

3.9. Desarrollo de materiales fotocatalíticos para aplicaciones medioambientales en la destoxificación y descontaminación de efluentes líquidos y gaseosos y producción de hidrógeno. Diseño in-silico y síntesis de nuevos fotocatalizadores y análisis de los mecanismos a nivel microscópico y molecular de los procesos fotocatalíticos en dióxido de titanio y en nuevos materiales (IUNAT).

3.10. Sistemas Fotocatalíticos para la Producción de Combustibles Solares y Aplicaciones Medioambientales en la Descontaminación de Efluentes Líquidos y Gaseosos. Énfasis en la utilización potencial efectiva de la luz solar como energía limpia y sostenible. Experto en la síntesis y caracterización de materiales para la producción solar de hidrógeno a partir de la foto-disociación del agua para el desarrollo de una nueva tecnología solar que aporte soluciones sostenibles y viables desde el punto de vista económico y energético (IUNAT).

3.11. El Plancton y las interacciones con la contaminación e impactos en los ecosistemas marinos (ECOAQUA).

3.12. Mejora de organismos acuáticos: arquitectura genética de caracteres de calidad morfológica y relaciones con otros de interés industrial (reproductivos, de crecimiento, rendimiento y calidad de la carne) con herramientas de biología molecular y genética cuantitativa (ECOAQUA).

Para incorporarse al Instituto Universitario de:

a) Oceanografía y Cambio Global (IOCAG).

b) Estudios Ambientales y Recursos Naturales (IUNAT).

c) Acuicultura Sostenible y Ecosistemas Marinos (ECOAQUA).

4. Perfiles en el área de conocimiento de Arte y Humanidades.

Podrán optar a la plaza aquellos candidatos que presenten su solicitud por cada una de las siguientes líneas:

4.1. Gestión de Información e Ingeniería de Software aplicada al análisis de textos, particularmente en Lingüística Computacional, Procesamiento del Lenguaje Natural, Gestión de Corpus, y Tratamiento de Información Textual (lexicográfica, morfológica, gramatical, semántica ...) (IATEXT).

4.2. Retórica, Humanismo y Tradición Clásica. Investigaciones en Historia de la Retórica del XV al XVII, Humanismo renacentista y Tradición Clásica a y su transferencia al campo de las Humanidades Digitales (IATEXT).

4.3. Ciencias y Técnicas Historiográficas. Historia Medieval. Relacionadas con la Paleografía, Diplomática, Epigrafía y Numismática y su transferencia al campo de las Humanidades Digitales (IATEXT).

4.4. Estudio de las poblaciones del pasado mediante la aplicación de la bioantropología, la arqueología y el análisis de las fuentes escritas. Combinación de las últimas tendencias en bioarqueología (estudios de isótopos y moleculares) con una aproximación osteológica, tanatológica y tafonómica, y capaz de proponer resultados bien integrados en la disciplina de la Historia. Estudio de diversos contextos cronológicos y geográficos, con especial incidencia en las islas Canarias, toda la cuenca mediterránea y el Norte de África (GIR-TARHA).

Para incorporarse al:

a) Instituto Universitario de Análisis y Aplicaciones Textuales (IATEXT).

b) GIR-TARHA-Colonización de territorios insulares y continentales entre sociedades precapitalistas, adscrito al Departamento de Ciencias Históricas.

5. Perfiles en el área de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura.

Podrán optar a la plaza aquellos candidatos que presenten su solicitud por cada una de las siguientes líneas:

5.1. Procesamiento de imágenes hiperespectrales. Se incluye aquí la investigación relacionada con el procesamiento en tiempo real de este tipo de imágenes, como son la cirugía asistida por imagen hiperespectral, el procesamiento de datos a bordo de satélites de observación de la Tierra, la seguridad en ciudades o los sistemas automatizados en agricultura de precisión (IUMA)

5.2. Sistemas electrónicos embarcados en satélites de observación de la Tierra. En entornos aeroespaciales, los efectos de la radiación cósmica afectan directamente al comportamiento de los circuitos y pueden provocar un mal funcionamiento que tendría consecuencias catastróficas si no se aplican las técnicas de diseño y evaluación adecuadas. Se incluye aquí investigaciones relacionadas con las técnicas de diseño que permitan asegurar un correcto funcionamiento del circuito incluso en presencia de fallos (IUMA).

5.3. Diseño de circuitos y sistemas integrados mixtos (analógicos y digitales), de muy bajo consumo de energía, con interfaz inalámbrica (RFID), y para la monitorización de parámetros biológicos. En particular, los objetivos científico-técnicos de la investigación incluyen son: a) alargar la vida útil de los actuales implantes inalámbricos con baterías recargables de reducido tamaño e incluso sin baterías; b) extender el alcance, bien para la transmisión de energía, como para la comunicación de datos del implante; c) introducir nuevas capacidades sensoriales relacionadas con la actividad metabólica de especies de interés (IUMA).

5.4. Desarrollo de técnicas y circuitos integrados de ultra baja tensión y ultra bajo consumo alimentados a través de circuitos que recolectan la energía fuentes de energía externa como la lumínica, mecánica, térmica o electromagnética. Desarrollo de una plataforma para monitorizar y controlar los prototipos desarrollados para las diferentes aplicaciones en redes de sensores inalámbricos e Internet of Things (IoT). Las principales aplicaciones en las que se debería centrar y dar solución por su gran impacto sobre la sociedad, serían el control del medio ambiente, eficiencia energética y sus aplicaciones en bioingeniería, electromedicina y el cuidado de la salud (IUMA).

5.5. Investigación en Fotónica y comunicaciones ópticas no guiadas, relacionada con el diseño y prototipado de sistemas de comunicaciones en el entorno de Visible Light Communications de cara a su implementación (IDETIC).

5.6. Procesado Digital de Señales aplicando técnicas avanzadas de procesado en proyectos tecnológicos en salud. La línea de trabajo se centra en la investigación en el análisis y la caracterización acústica de la señal de voz, especialmente en el contexto de la evolución del sistema fonador y de la estimación de estados emocionales para usos clínicos (IDETIC).

5.7. Procesos de separación en el ámbito de la Tecnología Química, que incluya aspectos de modelización, experimentación a escala media y de laboratorio (diseño y automatización de sistemas) y simulación (IDETIC).

5.8. Modelización y simulación numérica de procesos medioambientales orientados hacia la predicción local y precisa de campos de viento, de radiación solar y de calidad del aire, a partir de medidas experimentales y de predicción a mesoescala (IUSIANI).

5.9. Desarrollo y aplicación de soluciones basadas en Visión por Computador para la monitorización en el ámbito de la protección y conservación del medio ambiente y paisaje terrestre y/o marítimo que integren procesos de Big Data desde múltiples fuentes sensoriales (IUSIANI).

5.10. Arquitecturas y topologías de Redes Neuronales RNN para series temporales de datos, incluyendo evaluación con métodos estadísticos y redes no recurrentes. Modularización en RNN para reducir costes de CPU de entrenamiento, estudio y evaluación de estrategias de hibridación y ensamblaje de soluciones estadísticas y RNN para integración en toolbox de utilidad en sectores productores de energía eólica y solar (IUSIANI).

5.11. Neurociencia computacional, la computación neuronal, la computación ubicua, sistemas inteligentes, el procesamiento de imágenes y visión artificial. Se incluyen aquí las aplicaciones transversales en tecnologías para la inclusión social y las arquitecturas cloud computing para entornos colaborativos. Estará especialmente centrado en el diseño, desarrollo y optimización de nuevos métodos, sistemas y herramientas computacionales inteligentes de aplicación en distintos dominios de alto carácter social como el ámbito de la medicina, del transporte, del medioambiente, entre otros (IUCTC).

5.12. Dirección estratégica e internacionalización, la creación de empresas y pymes, el comportamiento del consumidor, la comunicación, el marketing estratégico y operativo y sus aplicaciones sectoriales, el marketing turístico, el comportamiento y gestión de la empresa familiar, la performance social corporativa, la responsabilidad social y el "open government" (IUCTC).

5.13. Formulación, desarrollo y caracterización de biopolímeros. Desarrollo de innovadores biomateriales poliméricos y biocomposites, principalmente basados en materiales provenientes de recursos naturales (origen vegetal o marino), con aplicaciones en diferentes sectores (médico, packaging, automoción, etc.) se requieren conocimientos en formulación y caracterización de materiales, principalmente de carácter polimérico (GIR- Fabricación Integrada y Avanzada).

Para incorporarse al:

a) Instituto Universitario de Microelectrónica Aplicada (IUMA).

b) Instituto Universitario de Desarrollo Tecnológico para la Innovación en Comunicaciones (IDETIC).

c) Instituto Universitario de Sistemas Inteligentes y Aplicaciones Numéricas en Ingeniería (IUSIANI).

d) Instituto Universitario de Ciencias y Tecnologías Cibernéticas (IUCTC).

e) GIR-Fabricación Integrada y Avanzada, adscrito al Departamento de Ingeniería Mecánica.



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