BOC - 2020/233. Viernes 13 de Noviembre de 2020 - 4270

III. Otras Resoluciones

Consejería de Turismo, Industria y Comercio

4270 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Resolución de 29 de octubre de 2020, por la que se procede a la habilitación como Guías de Turismo de Canarias y a la ampliación de idiomas de guías ya habilitados a los aspirantes que han superado las pruebas convocadas por Resolución de 25 de noviembre de 2019.

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Por Resolución de este Centro Directivo de 25 de noviembre de 2019 (BOC de 10.12.19) se procedió a efectuar convocatoria de pruebas de habilitación de Guías de Turismo de Canarias para el año 2020, de acuerdo con lo previsto en los artículos 5.1 y 7 del Decreto 13/2010, de 11 de febrero, por el que se regula el acceso y ejercicio de la profesión de guía de turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias, en la redacción dada al mismo por Decreto 88/2012, de 15 de noviembre (BOC de 22.11.12), así como en el Capítulo II del Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente, por el que se desarrolla el Decreto 13/2010, de 11 de febrero, sobre acceso y ejercicio de la profesión de guía de turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por Decreto del Presidente 9/2013, de 15 de febrero (BOC de 28.2.13).

Por Resolución 119, de 17 de febrero de 2020, se procedió a la aprobación del listado definitivo de admitidos y excluidos, así como a la designación de los miembros del Tribunal de cada una de las dos sedes; que fue modificada por Resolución 559, de 9 de octubre, y por Resolución 572, de 15 de octubre de 2020, asimismo por Resolución 560, de 9 de octubre de 2020, quedaron adscritos a los Tribunales los profesores encargados de la evaluación de los idiomas.

Celebrados los tres ejercicios de que consta la prueba y vistas las propuestas de los Tribunales de cada una de las sedes y de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2 y artículo 14.1 del Decreto 221/2011, de noviembre, del Presidente, y en la base décima de la convocatoria,

R E S U E L V O:

Primero.- Habilitar como Guías de Turismo de Canarias, con el número de habilitación e idiomas que se reseñan, a los aspirantes que han superado las pruebas de habilitación convocadas por Resolución de 25 de noviembre de 2019.

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Segundo.- Condicionar la habilitación como Guía de Turismo de Canarias a la efectiva aportación de la Resolución favorable recaída en el expediente de homologación por alguno de los títulos españoles reseñados en el epígrafe c) de la base 1.1 de la convocatoria, tal y como se establecía en el resuelvo segundo de la Resolución de 17 de febrero de 2020 de:

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Tercero.- Modificar la habilitación de los siguientes Guías de Turismo ya habilitados, que han superado el ejercicio de idiomas, en los idiomas que se reseñan, incorporando a su habilitación el/los nuevo/s idioma/s acreditado/s, que se añade/n a el/los anteriormente acreditados.

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Cuarto.- 1. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, y su inscripción en el Registro General Turístico.

2. Ordenar la expedición de los correspondientes carnés de Guía de Turismo de Canarias, de acuerdo con lo previsto en la base 10.2 y en el artículo 15 del Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente, que tendrá una validez de cinco años prorrogables, a contar desde la fecha de la publicación de la presente resolución.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Ilma. Viceconsejera de Turismo del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de octubre de 2020.- El Director General de Ordenación y Promoción Turística, Ciprián Rivas Fernández.



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