BOC - 2020/162. Miércoles 12 de Agosto de 2020 - 2794

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2794 - ORDEN de 28 de julio de 2020, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el período 2020-2022.

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Examinado el expediente de modificación de la Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 tramitado por la Secretaría General Técnica.

Atendiendo a las propuestas de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formuladas por la Dirección General de Asuntos Económicos con África con fecha de 23 de junio de 2020 y por la Dirección General de Promoción Económica con fecha 2 de julio de 2020.

Visto el Informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 19 de julio de 2020.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 (BOC nº 37, de 24.2.2020).

2º) Por Orden nº 250/2020, de 29 de junio, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 (BOC nº 142, de 15.7.2020), conforme a la propuesta formulada por la Dirección General de Trabajo.

3º) El Plan Estratégico aprobado mediante Orden nº 63/2020, modificado por Orden nº 250/2020, incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento derivada de los Decretos 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y 9/2020, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo:

a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.

b) Dirección General de Promoción Económica.

c) Dirección General de Asuntos Económicos con África.

d) Dirección General de Trabajo.

e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.

4º) El Plan Estratégico de Subvenciones aprobado se prevé, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, de una vigencia de tres años y se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen en el ámbito Departamental de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo en el período 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

5º) Ante la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 declarada como pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020, resulta necesaria la adopción de medidas de carácter extraordinario y urgente de diversa índole.

En este contexto se enmarcan las propuestas de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 instadas por la Dirección General de Promoción Económica y por la Dirección General de Asuntos Económicos con África.

La propuesta de modificación del Plan Estratégico 2020-2022 instada por la Dirección General de Asuntos Económicos con África propone la creación de una nueva línea de subvención específica dirigida a mejorar tanto el tejido empresarial canario, como a promover las relaciones socio-empresariales entre la juventud canaria y la africana, especialmente fomentando la inserción laboral de los jóvenes canarios y africanos, la capacitación en emprendimiento e internacionalización y la sensibilización con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Economía Social.

La formación, el emprendimiento y la inserción laboral se vuelven objetivos prioritarios para recuperar la salud económica canaria o, al menos, mitigar los efectos que ya se están produciendo como consecuencia de la crisis económica derivada del COVID-19 que está repercutiendo sobre el tejido productivo canario, ocasionando una mayor dificultad de inserción laboral especialmente importante en los colectivos más vulnerables o con dificultades de inserción preexistentes. En este contexto, se hace necesaria la generación de proyectos que coadyuven a mejorar los índices de emprendimiento, de cualificación de la población y que mejoren la inserción laboral de la población activa.

Estos objetivos están alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, especialmente el ODS8 que tiene por fin promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, y con la Declaración Institucional del Pacto para la Reactivación Social y Económica de Canarias realizada por la Diputación Permanente del Parlamento de Canarias, en sesión del día 14 de abril de 2020 que establece entre las medidas que garantizaran la recuperación y la reactivación de Canarias tras el COVID-19, impulsar nuevos proyectos, mejorando la productividad y competitividad y apostar por la internacionalización, por las tecnologías de la información y la comunicación y por la innovación.

Para ello, en aplicación del Decreto ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar el COVID-19, se autoriza el carácter ampliable de la nueva línea de actuación 1516 143A 480.02, L.A. 154G0930 "África Canarias Challenge COVID-19" en virtud de Resolución de 28 de mayo de 2020 de la Dirección General de Planificación y Presupuesto con la finalidad de desarrollar iniciativas socio-empresariales entre jóvenes de Canarias y África y buscar soluciones concretas para retos actuales. Para dar cobertura a la nueva línea subvención, se ha utilizando el crédito destinado la aplicación presupuestaria 1516 143A 640.9900 P.I.186G0231 "Estudio de viabilidad en África" .

Por su parte, la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por la Dirección General de Promoción Económica propone la modificación de la línea de subvención "Programa de Internacionalización de Empresas Canarias", mediante la incorporación de una nueva línea de financiación 207G0126 "Internacionalización de Empresas Canarias-Digitalización-FEDER", modificándose, en consecuencia, el importe de la citada línea de subvención "Programa de Internacionalización de Empresas Canarias".

Con la incorporación de la nueva línea de financiación 207G0126 "Internacionalización de Empresas Canarias-Digitalización-FEDER", el "Programa de Internacionalización de Empresas Canarias" distinguiría dos tipos de acciones:

- 154G0159 "Programa de Internacionalización de Empresas Canarias (FEDER)" que tiene por objeto fomentar la internacionalización de empresas canarias mediante asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias; aprovechar los ámbitos en que Canarias cuenta con importantes capacidades para atraer inversiones muy focalizadas orientadas a empresas e instituciones de sectores específicos que pongan el acento en estas características únicas; así como, fomentar la dinamización económica mediante una acción integrada para el impulso de la internacionalización.

- 207G0126 "Internacionalización de Empresas Canarias-Digitalización-FEDER" destinada a dar soporte al tejido productivo y consolidar los proyectos de internacionalización de las empresas del Archipiélago para financiar proyectos de digitalización empresarial de aquellas empresas que ya hayan puesto en marcha sus respectivos proyectos de internacionalización que, además de los relativos al "e-commerce" o comercio electrónico, faciliten la digitalización de la empresa y la conexión, a través de medios digitales, con los operadores ubicados fuera de Canarias para la reactivación de la economía del archipiélago tras el COVID-19.

Estos objetivos están en línea con el espíritu de las medidas implementadas para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 recogidas en el Decreto ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19, el cual expone en su Preámbulo que, en el contexto generado por la pandemia de la COVID-19, "la prioridad absoluta en materia económica radica en proteger y dar soporte al tejido productivo y social para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una recuperación de la actividad.

Para dar cobertura a la nueva línea de financiación, con fecha 27 de abril de 2020, se autorizó transferencia de crédito desde la partida presupuestaria 1512 431A 640.021 P.I.176G0146 "Campaña de marketing y promoción digital, Invertir en Canarias" a la partida presupuestaria 1514 433C 770.02, P.I. 207G0126 "Internacionalización de empresas canarias-Digitalización-FEDER".

Como consecuencia de todo lo anterior se hace necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 de esta Consejería de Economía Conocimiento y Empleo.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".

Cuarta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Quinta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6 del mencionado Decreto 36/2009, y con el objetivo de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando este Departamento a través de los diferentes Centros Directivos dependientes en aquellas áreas en las que tiene atribuidas competencias, procede la modificación de dicho Plan.

Sexta.- El artículo 31.1, apartado a) de La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9.1.15), establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Séptima.- El artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, dispone que le corresponde a la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo la competencia para aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas, en relación con el ya mencionado artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, aprobado por Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, modificado por Orden nº 250/2020, de 29 de junio, de acuerdo con las propuestas de la Dirección General de Asuntos Económicos con África y de la Dirección General de Promoción Económica, en los términos del Anexo I.

Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Teniendo en cuenta las propuestas de modificación instadas por la Dirección General de Asuntos Económicos con África y por la Dirección General de Promoción Económica, actualizar el contenido del anexo de la Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, modificada por la Orden nº 250/2020, de 29 de junio, siendo el detalle de las actuaciones a desarrollar por los diferentes centros directivos del Departamento las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.

Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2020-2022.

Cuarto.- El Plan modificado se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el período 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

En el supuesto de que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2022, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2023, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de julio de 2020.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO,

Elena Máñez Rodríguez.



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