BOC - 2020/147. Miércoles 22 de Julio de 2020 - 2426

V. Anuncios

Otros anuncios

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

2426 - Instituto Canario de Igualdad.- Extracto de la Resolución de 9 de julio de 2020, de la Directora, por la que se convocan las subvenciones a conceder por este Instituto, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2020.

Descargar en formato pdf

BDNS (Identif.): 515083.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.- Beneficiarias.

Asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines estatutarios la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos de las mujeres en aquellos ámbitos en que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género; tengan establecido su domicilio social en Canarias y desarrollen su actividad social en esta Comunidad Autónoma y las mujeres socias representen, como mínimo, un 80% del total de las personas asociadas.

Segundo.- Objeto.

- Apoyo al funcionamiento y mantenimiento del movimiento asociativo de mujeres.

- Apoyo a proyectos de difusión de los derechos de las mujeres desde la diversidad, de la historia del movimiento de mujeres y del pensamiento feminista y a proyectos de información y sensibilización social sobre la igualdad de mujeres y hombres.

Tercero.- Bases reguladoras.

La convocatoria de subvenciones se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden del Consejero, de la entonces denominada, Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 20 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones del Instituto Canario de Igualdad, de vigencia indefinida, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias (BOC nº 187, de 26.9.16).

Cuarto.- Importe.

El importe total máximo por el que se convocan las subvenciones es de doscientos cincuenta mil (250.000,00) euros, que se hará efectivo con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias e importes desglosados: 2020.48.01.232B.480.02.00 LA 48400004 Fomento del asociacionismo de mujeres (125.000,00 euros) y 2020.48.01.232B.480.02.00 LA 484G0182 Promoción de la participación social de las mujeres (125.000,00 euros), respectivamente.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de subvención con cargo a esta convocatoria es el de veinte (20) días naturales, a contar a partir del siguiente al de la publicación de este extracto de resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- Otros datos de interés.

- Las solicitudes de subvención se presentarán de forma electrónica, a través de la Sede electrónica de la Consejería Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud https://sede.gobiernodecanarias.org/dsidj/procedimientos_servicios/tramites/4156, en la que estarán disponibles los formularios para solicitar las subvenciones, debiendo presentarse una solicitud por cada proyecto para el que se pida subvención.

- Solamente, en el supuesto de que, el procedimiento creado tuviera algún problema informático, se admitirá su presentación vía registro electrónico.

- La tramitación de la convocatoria de subvenciones es telemática; por lo que, a excepción de las actuaciones administrativas que deban ser notificadas a las entidades peticionarias mediante su publicación en el Boletín oficial de Canarias, por así disponerlo sus propias bases reguladoras, el resto de las actuaciones que deban ser notificadas quedarán sujetas al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica.

- El plazo de ejecución de las actividades que resulten subvencionadas es el comprendido entre el día 1 de enero de 2020 y el día 15 de noviembre de 2020 y el plazo de justificación vence el día 30 de noviembre de 2020.

- Las subvenciones concedidas se abonarán previa su justificación por la entidad beneficiaria, no obstante, se podrá establecer el abono anticipado en las condiciones establecidas en las bases reguladoras.

En todo caso, el abono anticipado de las subvenciones está condicionado al cumplimiento de las condiciones establecidas por el Acuerdo del Gobierno de Canarias, de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión (BOC nº 73, de 14.4.2020).

El texto completo de la Resolución de la convocatoria de subvenciones podrá ser consultado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del siguiente enlace: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de julio de 2020.- La Directora, Mónica Fumero Purriños.



© Gobierno de Canarias