BOC - 2020/139. Viernes 10 de Julio de 2020 - 2237

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

2237 - EDICTO de 4 de junio de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000126/2019.

Descargar en formato pdf

D./Dña. Sara Argente Vicente, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 3 de febrero de 2020.

Vistos por, Nidia Méndez Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Arona, los presentes autos de juicio verbal nº 126/2019, a instancia de la entidad Buildingcenter, S.A., representada por la procuradora de los tribunales doña Ana Jesús García Pérez y asistida por la letrada doña Carlota García Ortiz, contra don Giofelix Aguilar Martini y contra los demás ignorados ocupantes, declarados en situación de rebeldía, sobre desahucio en precario.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Ana Jesús García Pérez, en nombre y representación de la entidad Buildingcenter, SAU. Contra don Giofelix Aguilar Martini y demás ignorados ocupantes, y en su consecuencia:

Declaro haber lugar al desahucio por precario de la parte demandada respecto de la vivienda descrita en el fundamento jurídico primero de la presente resolución.

Condeno al demandado o demandados a desalojar la totalidad del inmueble, dejándola libre y expedita de enseres y moradores a disposición del actor en el plazo de un mes, con apercibimiento de lanzamiento judicial para el caso que no la abandonare.

Condeno a la demandada al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, recurso que deberá presentarse ante este Juzgado y será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido los ignorados ocupantes de la finca sito calle Balcón Atlántico, nº 16, Edifico Covadonga, planta 2ª puerta 10, El Fraile, Arona, expido y libro el presente en Arona, a 4 de junio de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



© Gobierno de Canarias