BOC - 2020/89. Jueves 7 de Mayo de 2020 - 1480

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Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

1480 - EXTRACTO de la Orden de 24 de abril de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las subvenciones destinadas a la adopción de medidas de agroambiente y clima.

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BDNS (Identif.): 504135.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b), y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.- Beneficiarios.

Los agricultores y ganaderos o agrupaciones de estos. En el caso de beneficiarios colectivos, además de las agrupaciones con personalidad jurídica, también podrán ser beneficiarias las agrupaciones formadas ad hoc, y los cabildos insulares a través de sus áreas de medio ambiente y agricultura. Dichos beneficiarios deberán además cumplir los requisitos exigidos en la Sección 8ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020, aprobada por Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 186, de 23.9.16).

Segundo.- Objeto.

Apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales y responder a la demanda creciente por parte de la sociedad de servicios ambientales mediante la promoción de prácticas agrícolas más respetuosas con el medioambiente y el paisaje, contribuyendo así al cumplimiento de los objetivos transversales de medio ambiente y mitigación del cambio climático y su adaptación al mismo.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020 (BOC nº 186, de 23.9.16).

Cuarto.- Cuantía.

Se destinan a esta convocatoria créditos por un importe global de novecientos mil (900.000,00) euros con cargo a la partida presupuestaria 13.10 412 A 4700200 PEP: 13418231 "AGROAMBIENTE Y CLIMA FEADER 2014-2020 M-9", distribuidos en las siguientes anualidades:

a) Setecientos mil (700.000,00) euros, durante el ejercicio 2020.

b) Doscientos mil (200.000,00) euros, durante el ejercicio 2021.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que pierda su vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró en España el estado de alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo, en los términos previstos en los artículos 59 y 60 de las bases reguladoras de las subvenciones.

Las solicitudes presentadas a partir de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias, y hasta la fecha en la que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se considerarán presentadas en plazo.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2020.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA,

Alicia Vanoostende Simili.



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