BOC - 2020/18. Martes 28 de Enero de 2020 - 326

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

326 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 20 de enero de 2020, de la Directora, por la que se establecen las actividades económicas que se considerarán economía verde y azul, conforme a lo establecido en las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo.

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ANTECEDENTES

Mediante Orden nº 20/2020 de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo se aprobaron las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (SCE), corresponde a este organismo, en materia de empleo, la gestión de la intermediación laboral y de las políticas activas de empleo, entendiéndose estas últimas, con carácter general, como el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo y formación que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso al empleo de las personas solicitantes de empleo en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena, y la adaptación de la formación y recalificación para el empleo de los trabajadores y trabajadoras, así como aquellas otras destinadas a fomentar el espíritu empresarial y la economía social.

Segundo.- La base quinta, apartado 1, párrafo cuarto, del Anexo I de la Orden nº 20/2020 de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo regula que: "Mediante resolución de la Dirección del SCE se establecerán las actividades económicas que se considerarán economía verde y azul, a los efectos de estas subvenciones."

En su virtud,

R E S U E L V O:

Único.- A los efectos de lo previsto en las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo, aprobadas mediante Orden nº 20/2020 de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, se consideran economía azul y verde las actividades económicas siguientes:

Economía Azul:

- Biotecnología azul.

- Extracción de sal marina.

- Reciclaje y tratamiento de residuos marítimo-pesqueros.

- Energía oceánica.

- Conocimiento marino.

- Desalación de agua.

- Construcción y reparación de yates y barcos de recreo.

- Construcción y reparación de tablas de surf, kite-surf, wind-surf, body-board, Kayak, etc.

- Escuelas de deportes marítimos, por ejemplo, wind-surf, surf, vela, buceo, Kite-surf, Kayak, body-board, etc.

- Actividades de avistamiento de fauna marina.

- Empresas de seguridad y vigilancia marítima, costera y de playas.

- Investigación marítima.

- Gestión de residuos marinos y costeros.

- Navegación en yates y barcos de recreo costeros.

- Pesca-turismo e iniciativas de Turismo azul, sostenible y respetuoso.

- Salud azul (tratamientos con base en recursos marinos sostenibles: talasoterapia, etc.).

- Gastronomía marina.

- Acuicultura.

- Obtención de aceites y grasas de animales marinos.

- Iniciativas acualimentarias innovadoras (algas, etc.).

Economía Verde:

- Reciclaje y tratamiento de residuos agrícolas.

- Reciclaje y tratamiento de residuos urbanos (aparatos eléctricos, electrónicos, vehículos, electrodomésticos, etc.) para su tratamiento y aprovechamiento en Canarias.

- Biotecnología verde.

- Desarrollo de tecnología específica aplicada al reciclaje y la sostenibilidad.

- Ecodiseño para la producción de bienes fácilmente reciclables o reutilizables.

- Introducción en actividades "ordinarias" de medidas de ambientalización que favorezcan la economía circular y el "cero residuos".

- Compras conscientes.

- Agricultura ecológica.

- Iniciativas agroalimentarias innovadoras (nuevos lácteos, conservantes naturales, probióticos, etc.).

- Energías renovables y reciclaje de residuos producidos por dicha actividad.

- Economía colaborativa que favorezca el medio ambiente.

- Gestión de recursos naturales.

- Forestación.

- Conservación de suelos.

- Venta de productos ecológicos y desarrollo de "mercados verdes" de productos agrícolas del productor al consumidor.

- Utilización de materias primas respetuosas con el medio ambiente.

- Consultoría de servicios ecológicos y medioambiental.

- Fabricación de productos biodegradables.

- Construcciones ecológicas.

- Renovación y rehabilitación (sin absorber suelo nuevo) de viviendas y espacios de uso público y privado con materiales sostenibles.

- Turismo verde, sostenible y respetuoso.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación y concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento, conforme a lo previsto en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 2020.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.



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