BOC - 2020/2. Viernes 3 de enero de 2020 - 26

III. Otras Resoluciones

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

26 - ORDEN de 11 de diciembre de 2019, por la que se acuerda, de oficio, la tramitación de urgencia del procedimiento, de concurrencia competitiva, de la convocatoria de concesión de subvenciones iniciado mediante Orden de 31 de octubre de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, y se acuerda la convocatoria para el ejercicio 2019.

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ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- Por Orden de la titular de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud nº LOR2019CA00679, de 31 de octubre de 2019, se aprueban las bases que han de regir en la convocatoria de la concesión de subvenciones para el año 2019, destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria (BOC nº 222, de 15.11.19).

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que, cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Las razones de interés público aconsejan la declaración de urgencia de la tramitación del procedimiento, de concurrencia competitiva, de la convocatoria de concesión de subvenciones regulada por la mencionada Orden departamental nº LOR2019CA00679, de 31 de octubre de 2019. Tal declaración se justifica, en atención a que se precisa que, en el menor tiempo posible, se resuelva la citada convocatoria de la concesión de subvenciones con el fin de agilizar la ejecución de los programas de carácter social que se pretender subvencionar, de manera eficaz y eficiente, asegurando que los destinatarios de las acciones sociales no puedan verse afectados y sobre los que no pueden recaer, en ningún caso, los perjuicios que se les ocasionaría la demora de la resolución de la convocatoria de subvenciones que nos ocupa.

Segundo.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, así como el artículo 5.d) del Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda (BOC nº 188, de 27.9.16) y finalmente el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias (BOC nº 137, de 18.7.19), la titular de este Departamento es competente para acordar la referida declaración de urgencia.

Visto los antecedentes expuestos y, demás normas de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar, de oficio, la tramitación de urgencia del procedimiento, de concurrencia competitiva, de la convocatoria de concesión de subvenciones iniciado al amparo de la Orden de la titular de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud nº LOR 2019CA00679, de 31 de octubre de 2019, que aprueba las bases que han de regir en la convocatoria de la concesión de subvenciones para el año 2019, destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria (BOC nº 222, de 15.11.19), reduciéndose a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario.

Segundo.- Proceder a publicar la presente Orden departamental en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, no cabe recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2019.

LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,

IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD,

p.s., LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

(Decreto del Presidente nº 217/2019, de 29.11.19),

María Teresa Cruz Oval.



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