BDNS (Identif.): 474800.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los productores que tengan superficies cultivadas de papa de mesa de las cosechas extratemprana (siembra del 1 de octubre al 31 de diciembre del año n-1), de media estación (siembra del 1 de enero al 31 de marzo del año n) y tardía (siembra del 1 de julio al 30 de septiembre del año n). Aquellos productores que además, estén integrados en una agrupación u organización de productores de frutas y hortalizas y comercialicen su producción a través de la misma, podrán optar al complemento por superficie.
Segundo.- Objeto.
Incrementar el porcentaje de autoabastecimiento, fomentar la programación de la producción para adecuarla al mercado, la concentración de la oferta, el apoyo a la incorporación de jóvenes agricultores y la prevención de riesgos por medio de los Seguros Agrarios.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC nº 233, de 4.12.17), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).
Cuarto.- Cuantía.
1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa tienen asignadas un importe de tres millones trescientos noventa y dos mil (3.392.000) euros.
Dichas cuantías podrán incrementarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.
2. Los importes unitarios de la ayuda, como máximo ascenderán a:
- Ayuda básica: 950 euros por hectárea.
- Complemento de ayuda para productores agrupados: 1.700 euros por hectárea.
3. Se abonará un complemento de la ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la presente campaña 2019.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
- Entre el 1 y el 31 de octubre del año 2019: para la papa que se siembre entre el 1 de octubre de 2019 y el 15 de abril de 2020.
- Entre el 15 de abril y el 31 de mayo del año 2020: para la papa que se siembre entre el 16 de abril y el 30 de septiembre de 2020.
En Canarias, a 21 de septiembre de 2019.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA,
Alicia Vanoostende Simili.
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