BOC - 2019/185. Miércoles 25 de septiembre de 2019 - 4585

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

4585 - EDICTO de 26 de junio de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000700/2018.

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Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 24 de junio de 2019.

D. Alfonso Manuel Fernández García, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio verbal nº 700/2018, a instancia de la Comunidad de Propietarios Paraíso del Sur, representada por la procuradora Dña. María José Arroyo Arroyo y asistida por el letrado D. Carlos J. Otero González, como parte demandante, contra D. Jan Vandenbunder y Dña. Rita Seaux, como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, procede

En nombre de S.M. El Rey

a dictar la presente resolución

FALLO

Que estimando sustancialmente las pretensiones deducidas a instancia de la Comunidad de Propietarios Paraíso del Sur, como parte demandante, contra D. Jan Vandenbunder y Dña. Rita Seaux, como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora las cantidades correspondientes, como cuantía adeudada hasta el 31 de diciembre de 2016, más el interés legal desde el día 17 de julio de 2017, y con imposición de las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación dentro del término de veinte días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. La anterior Sentencia fue leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, en el mismo día de su fecha estando celebrando Audiencia Pública en Arona.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Jan Vandenbunder y Rita Seaux, expido y libro el presente en Arona, a 26 de junio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia.



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