BOC - 2019/103. Viernes 31 de mayo de 2019 - 2682

III. Otras Resoluciones

Consejería de Educación y Universidades

2682 - Viceconsejería de Educación y Universidades.- Resolución de 21 de mayo de 2019, por la que se resuelve la convocatoria de reconocimiento de la trayectoria y proyección internacional de los centros educativos públicos no universitarios de Canarias.

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Habiendo concluido el expediente relativo al reconocimiento de la trayectoria y proyección internacional de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, una vez analizada la documentación y valoradas las solicitudes presentadas por los centros educativos,

ANTECEDENTES

Primero.- La Resolución de 29 de enero de 2019, por la que se aprueba la convocatoria de reconocimiento de la trayectoria y proyección internacional de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 24, de 5 de febrero) desarrolla los distintos aspectos de la misma, entre otros, las condiciones de participación, la constitución y funciones de la comisión de selección, los criterios de valoración, el distintivo que se otorga y los compromisos de los centros reconocidos.

Segundo.- Con fecha 16 de mayo de 2019, la Comisión de selección, prevista en la base cuarta de la citada convocatoria, elevó al Viceconsejero de Educación y Universidades propuesta de resolución de centros seleccionados y ordenados conforme al baremo establecido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC nº 152, de 7 de agosto), en su artículo 14 atribuye a la Administración educativa canaria la función de velar de forma permanente por la calidad de la enseñanza en la escuela pública, mediante la promoción de proyectos educativos y curriculares adaptados a las necesidades del alumnado.

Por otra parte, los artículos 22 y 23 del mismo texto legal señalan que la consejería competente en materia educativa promoverá la cooperación entre los centros y servicios educativos, tanto autonómica como estatal e internacional, por un lado, y que favorecerá el funcionamiento cooperativo de los centros educativos, con objeto de compartir recursos, experiencias e iniciativas, respectivamente.

Asimismo, en materia de formación lingüística y metodológica, el artículo 49.3 de la misma Ley dispone que la administración educativa organizará estancias en el extranjero para el alumnado y profesorado y fomentará la participación de los centros educativos en programas de intercambios escolares internacionales.

Segundo.- En cuanto al régimen competencial, el artículo 8.2 del Decreto 135/2016, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 203, de 19 de octubre) señala que corresponde a la Viceconsejería de Educación y Universidades, entre otras, las siguientes atribuciones:

"c) Coordinar y llevar el seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea, relativos a las actividades del Departamento en el área de educación, en coordinación con la Consejería competente en materia de hacienda, así como los de cooperación con otros países.

d) Coordinar y realizar el seguimiento de los centros que participen en Programas de Cooperación Territorial definidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así como en cualquier otro proyecto de carácter nacional o internacional.

h) Declarar de interés educativo una actividad o proyecto a propuesta de la Dirección General competente en razón de la materia."

De conformidad con lo expuesto, y de acuerdo con lo previsto en la base cuarta de la convocatoria que rige el procedimiento,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder el reconocimiento como "Centro Embajador ECIE" a los centros relacionados en el anexo de la presente resolución.

Segundo.- La vigencia de este reconocimiento tendrá una duración de cuatro años. Una vez finalizado dicho periodo, los centros podrán revalidar su reconocimiento participando en una nueva convocatoria.

Tercero.- Los centros seleccionados recibirán el distintivo de "Centro Embajador ECIE", que expondrán en lugar visible, a la entrada del centro. Podrán asimismo incorporar la imagen del distintivo y la referencia al reconocimiento en su página web, redes sociales, papelería, etc. siguiendo las directrices establecidas en el manual de identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias, así como el correspondiente a la submarca dependiente de la ECIE.

Cuarto.- Los centros seleccionados se comprometen a participar en cuantas acciones se desarrollen en el marco de la Estrategia Canaria de Internacionalización de la Educación no universitaria, y a difundir su experiencia y resultados a la comunidad educativa.

Quinto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Consejera de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir de su notificación, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2019.- El Viceconsejero de Educación y Universidades, David Pérez-Dionis Chinea.



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