BOC - 2019/90. Lunes 13 de mayo de 2019 - 2332

I. Disposiciones generales

Presidencia del Gobierno

2332 - Secretaría General.- Resolución de 25 de abril de 2019, que dispone la publicación, para general conocimiento, de la Sentencia de 18 de octubre de 2018, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación 2621/17, interpuesto contra la Sentencia de 13 de diciembre de 2016, dictada por la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso contencioso-administrativo nº 217/2013, interpuesto por Megahotel Faro, S.L., contra el Decreto 90/2012, de 22 de noviembre, por el que se aprobó el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del Sector Turístico de San Bartolomé de Tirajana, "Maspalomas Costa Canaria".

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La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictó Sentencia de 18 de octubre de 2018, recaída en el recurso de casación nº 2621/17, interpuesto por la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, contra la Sentencia de 13 de diciembre de 2016, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 217/2013, en el que se impugna el Decreto 90/2012, de 22 de noviembre, por el que se aprobó el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del Sector Turístico de San Bartolomé de Tirajana, "Maspalomas Costa Canaria".

En su virtud, vistas las disposiciones legales de aplicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 de la Constitución Española, el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo y 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

R E S U E L V O:

Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, al fallo de la Sentencia de 18 de octubre de 2018, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, del siguiente tenor: "Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido de acuerdo con la interpretación de las normas establecidas en el fundamento jurídico noveno: Desestimar el recurso de casación nº 2621/2017, interpuesto contra la sentencia de fecha trece de diciembre de 2016, dictada por la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso nº 217/2013, sostenido contra el Decreto 90/2012, de 22 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad del sector turístico de San Bartolomé de Tirajana, "Maspalomas Costa Canaria", y el PMMI aprobado por el mismo, que queda firme; con determinación sobre costas en los términos establecidos en el último fundamento de derecho."

Asimismo, se da publicidad al fundamento de derecho noveno de la citada Sentencia, que establece que: "De acuerdo con todo lo expuesto y rechazando la interpretación que mantiene la parte recurrente, consideramos que procede declarar como doctrina jurisprudencial que, atendidas las circunstancias del caso, podría apreciar la Sala de instancia como causa de nulidad: el incumplimiento de los artículos 112.a) y 117 de la Ley 22/1988, de Costas, en relación con la exigibilidad del informe preceptivo y vinculante de la Administración del Estado respecto de la aprobación de los planes y normas de ordenación territorial o urbanística y su modificación o revisión."

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2019.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.



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