BOC - 2019/77. Martes 23 de abril de 2019 - 1959

III. Otras Resoluciones

Consejería de Educación y Universidades

1959 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades y el Ayuntamiento de Granadilla de Abona para la creación de la Escuela Infantil Sanipeques.

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El artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias en su redacción actual tras la modificación operada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo (BOC nº 103, de 1.6.15), establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los Convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de modificación al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Granadilla de Abona para la creación de la Escuela Infantil Sanipeques.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de abril de 2019.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

ADENDA DE MODIFICACIÓN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE GRANADILLA DE ABONA PARA LA CREACIÓN DE LA ESCUELA INFANTIL SANIPEQUES.

En Canarias, a 1 de marzo de 2019.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Soledad Monzón Cabrera, Consejera de Educación y Universidades, nombrada en virtud del Decreto 103/2015, de 8 de julio (BOC nº 133, de 10 de julio), actuando en representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la facultad de suscribir convenios de colaboración conforme a lo dispuesto en el artº. 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de la Administración Pública de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto) en su redacción actual.

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. José Domingo Regalado González, en nombre y representación del Ayuntamiento de Granadilla de Abona en calidad de Alcalde-Presidente, con la representación legal del mismo atribuida en virtud del artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril), en su redacción actual y en el artículo 16.3 de la citada Ley 14/1990, de 26 de julio, y previo acuerdo suscrito en Pleno de la Corporación, en los términos previstos en el artículo 13.1 del Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 203, de 9 de octubre).

Reconociéndose en ambas partes competencia y capacidad legal para la firma del presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.- El 29 de diciembre de 2014 se firmó el Convenio entre la Consejería con competencias en materia educativa del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Granadilla de Abona para la creación de la Escuela Infantil Sanipeques, registrado con el nº 10 el 26 de marzo de 2015, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 102, de 29 de mayo de 2015.

Segundo.- En la cláusula tercera del citado Convenio, se establece el número total 57 de puestos escolares, asignados de la siguiente forma:

- Una unidad del primer curso (niños y niñas mayores de 16 semanas y menores de 1 año) con 8 puestos escolares.

- Una unidad del segundo curso (niños y niñas mayores de 1 año y menores de 2 años) con 13 puestos escolares.

- Dos unidades del tercer curso (niños y niñas mayores de 2 años y menores de 3 años) con 36 puestos escolares.

Señalando dicha cláusula que cualquier variación o modificación, como el supuesto de aumento del número de unidades, solo se podrá efectuar siempre que se autorice de forma expresa por la Consejería competente en materia educativa.

Tercero.- El Ayuntamiento de Granadilla de Abona, mediante escrito de 19 de noviembre de 2014, solicita autorización para cuatro nuevas unidades y 57 puestos escolares.

Por tanto, en virtud de lo expuesto, ambas partes acuerdan la firma de la presente Adenda, que compromete a las siguientes

CLÁUSULAS

Única.- Se modifica la cláusula tercera del Convenio suscrito el 29 de diciembre de 2014 entre la Consejería con competencias en materia educativa del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Granadilla de Abona para la creación de la Escuela Infantil Sanipeques quedando como sigue:

Tercera.- Número de puestos escolares.

El número total de puestos escolares es de 114 asignados de la siguiente forma:

- Dos unidades del primer curso (niños y niñas mayores de 16 semanas y menores de 1 año) con 16 puestos escolares.

- Dos unidades del segundo curso (niños y niñas mayores de 1 año y menores de 2 años) con 26 puestos escolares.

- Cuatro unidades del tercer curso (niños y niñas mayores de 2 años y menores de 3 años) con 72 puestos escolares.

Sin perjuicio de esta configuración, cualquier variación o modificación, como el supuesto de cambio de uso, solo se podrá efectuar siempre que se autorice de forma expresa por la Consejería competente en materia educativa.

Para constancia de todo lo acordado las partes firman por triplicado la adenda al Convenio en el lugar y fecha al principio mencionados.- La Consejera de Educación y Universidades, Soledad Monzón Cabrera.- El Alcalde-Presidente, José Domingo Regalado González.



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