BOC - 2019/18. Lunes 28 de Enero de 2019 - 359

III. Otras Resoluciones

Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

359 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 16 de enero de 2019, del Director, por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones y el crédito destinado para el programa de promoción del empleo autónomo en el año 2019.

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ANTECEDENTE

Primero.- Mediante Resolución nº 1261/2018, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo se aprobaron las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo previstas en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- La base sexta, apartado 1 del Anexo I de la Resolución nº 1261/2018, establece que "Mediante Resolución de la Dirección del SCE se establecerá, en cada ejercicio presupuestario, el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para el Programa de Promoción del Empleo Autónomo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias".

Segundo.- El apartado cuarto de la Resolución nº 1261/2018 faculta a la Dirección del SCE para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la interpretación, aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Resolución y dictar cuantas Resoluciones se precisen en aplicación y desarrollo de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- El artículo 71.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que "en el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que por el titular de la unidad administrativa se dé orden motivada en contrario, de la que quede constancia".

De acuerdo con lo anterior,

R E S U E L V O:

Primero.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes empezará a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución hasta el 30 de septiembre de 2019.

Segundo.- Crédito establecido para la anualidad 2019.

El crédito establecido en 2019 para atender las subvenciones a la promoción del empleo autónomo, es de 9.000.000,00 euros, consignado en la siguiente aplicación presupuestaria:

- 50.01.241K.470.00 Elemento PEP 50400040 AUTOEMPLEO Y CREACIÓN DE EMPRESAS.

Dicho importe podrá ser ampliado, en la misma o diferente partida presupuestaria si existiera crédito adecuado y suficiente en el Organismo y si el volumen de solicitudes de subvencione lo requiere.

Tercero.- Desarrollo del punto 2 de la base reguladora séptima.

Cuando se aproxime el cierre del ejercicio presupuestario, si quedasen solicitudes de subvención pendientes de tramitación, se priorizará la tramitación de los expedientes que una vez revisados, estén completos, respecto de los que no lo estén, debido a la imposibilidad temporal de completar los trámites necesarios para la subsanación o mejora de los expedientes incompletos. En todo caso, en su tramitación se respetará el orden de entrada en registro.

Cuarto.- Impresos normalizados.

Los modelos de Solicitud de subvención, de Memoria de gastos e inversiones a realizar (subvenciones financieras) y demás documentación normalizada están disponibles en las direcciones siguientes:

- en la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/3885

- en la página web del Servicio Canario de Empleo: https://www3.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce/temas/creacion_de_empresas_y_autoempleo

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de enero de 2019.- El Director, Sergio Fernando Alonso Rodríguez.



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