BOC - 2019/12. Viernes 18 de Enero de 2019 - 243

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Cabildo Insular de Gran Canaria

243 - ANUNCIO de 9 de enero de 2019, por el que se dispone la apertura del trámite de información pública del expediente BIC 01/2014 "Ingenio Azucarero de Los Picachos" para su declaración como Bien de Interés Cultural.

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"En uso de las facultades que me confiere la vigente Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la modernización del Gobierno Local, Visto el Decreto nº 37/15, de fecha 23 de junio de 2015, sobre delegación de competencias del Excmo. Sr. Presiente de esta Corporación Insular en los Consejeros titulares de cada una de las Consejerías de Gobierno o de Área.

Vista la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, y demás normativa concordante y aplicable en esta materia, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 27 de marzo de 2014 y nº 17754, se registra de entrada en esta Corporación Insular escrito formulado por Dña. Marta Cruz Bas, para exponer que, habiendo transcurrido el plazo de tres años que contempla la actual Ley de Patrimonio Histórico de Canarias 4/1999, de 15 de marzo, desde que se produjo la caducidad del expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, a favor del Ingenio Azucarero de Los Picachos, en el término municipal de Telde, y dado el gran valor histórico y cultural que ostenta el citado bien, solicita que se estime de oficio su necesaria y urgente declaración como Bien de Interés Cultural con el fin de preservar los restos arqueológicos del citado Ingenio, debido al grave estado de deterioro en que se encuentra, añadiendo que, hace veinte años se produjo el derrumbe de una de las dos pilastras de la construcción, con el consiguiente peligro que ocasionaría otro posible desprendimiento ante su falta de conservación y consolidación.

Segundo.- Con fecha 26 de febrero de 2016, tiene entrada en el Registro General del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, escrito de D. Honorio Galindo Rocha, en calidad de representante del colectivo "Turcón Ecologistas en Acción", para dejar constancia que en el yacimiento arqueológico de Los Picachos ubicado en el casco urbano de Telde y concretamente en la zona de expansión del barrio de los Llanos de San Gregorio, se localizan restos arqueológicos que han sido debidamente catalogados y por tanto gozan de protección legal resultando prohibida cualquier actuación que conlleve daños a su conservación. Unido a ello, no descarta la posible localización en el subsuelo de restos arqueológicos sepultados bajo tierra, razón por la que solicita que se incoe y tramite el correspondiente procedimiento de declaración del Bien de Interés Cultural, a favor del bien "Ingenio Azucarero de Los Picachos", en el término municipal de Telde.

Tercero.- Con fecha 9 de marzo de 2018, el técnico del Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico, emite informe para hacer constar que el bien denominado "Ingenio Azucarero de los Picachos", en el término municipal de Telde, reúne los notorios valores que contempla el artículo 17 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, para ser incoado como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, por lo que informa de manera favorable.

Cuarto.- Con fecha 16 de abril de 2018, se publica en el Boletín Oficial de Canarias nº 73, el anuncio de 6 de abril de 2018, por el que se hace público el Decreto CPH 56/18, de 20 de marzo de 2018, que dispone la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor del BIC 01/2014 "Ingenio Azucarero de Los Picachos", con la categoría de zona arqueológica, en el término municipal de Telde.

Quinto.- Desde este Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico, se ha dado fiel cumplimiento a los restantes trámites procedimentales que exige la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias y el Decreto 111/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.3.d) de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, dispone que es competencia de los Cabildos Insulares incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes.

Segundo.- El artículo 21.1 de la citada ley, dispone que el procedimiento de declaración se establecerá reglamentariamente y que, en todo caso, la tramitación incluirá la audiencia a los interesados y se someterá a información pública.

Tercero.- El artículo 10 del Decreto 111/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, dispone que "en todo caso, se abrirá simultáneamente al trámite de audiencia, un período de información pública por un plazo de veinte (20) días, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- El artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre el trámite de información pública en los procedimientos administrativos.

D I S P O N G O:

Primero.- Abrir un período de información pública, durante un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinar el expediente BIC 01/2014 "Ingenio Azucarero de Los Picachos", incoado para la declaración como Bien de Interés Cultural y su delimitación provisional del entorno de protección, así como presentar las alegaciones que estimaren procedentes a cuyo fin dicho expediente se pondrá de manifiesto en las oficinas del Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo de Gran Canaria, sitas en calle Bravo Murillo, 23, entrada calle Pérez Galdós, 4ª planta, en Las Palmas de Gran Canaria, donde será atendido, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

Segundo.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, de todo lo cual como Titular Accidental del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular; y en ejecución de lo previsto en la Disposición Adicional Octava d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, doy fe."

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de enero de 2019.- El Presidente (p.d. Decreto nº 37, de 23.6.15), el Consejero de Gobierno de Cultura, Carlos Matías Ruiz Moreno.



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