BOC - 2018/251. Viernes 28 de Diciembre de 2018 - 6055

III. Otras Resoluciones

Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

6055 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 14 de diciembre de 2018, por la que se ordena la publicación de la Adenda segunda de prórroga del Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y la Fundación Márgenes y Vínculos, para la atención a menores víctimas de violencia sexual y sus familias, así como la formación y orientación a profesionales que trabajan con este colectivo.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 25 de julio de 2017 se formalizó un Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Márgenes y Vínculos, para la atención a menores víctimas de violencia sexual y sus familias, así como formación y orientación a profesionales que trabajan con este colectivo.

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 28 de julio de 2017 y nº RCO2017TF00029, tiene una vigencia desde el 21 de julio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 y ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 153, de 9 de agosto de 2017.

Segundo.- Con fecha 29 de diciembre de 2017, se firmó la Adenda primera de prórroga y modificación del Convenio, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 37, de 21 de febrero de 2018.

Tercero.- Con fecha 22 de noviembre de 2018, se ha firmado la Adenda segunda de prórroga del Convenio, ampliando su vigencia desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.

A los anteriores, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o Adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

Segundo.- Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 3 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, así como las relativas a la materia de empleo, que tenía asignadas la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda segunda de prórroga del Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Márgenes y Vínculos, para la atención a menores víctimas de violencia sexual y sus familias, así como formación y orientación a profesionales que trabajan con este colectivo, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 2018.- La Secretaria General Técnica, Natalia Escuder y Gutiérrez de Salamanca.

A N E X O

ADENDA SEGUNDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA, Y LA FUNDACIÓN MÁRGENES Y VÍNCULOS, PARA LA ATENCIÓN A MENORES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL Y SUS FAMILIAS, ASÍ COMO FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN A PROFESIONALES QUE TRABAJAN CON ESTE COLECTIVO.

En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de 2018.

INTERVIENEN

De una parte, la Excma. Sra. Cristina Valido García, en calidad de Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto 2/2017, de 4 de enero, del Presidente, por el que se le nombra Consejera del Gobierno de Canarias (BOC nº 4, de 5 de enero de 2017), actuando en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, así como de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.d) y 5.5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre.

De otra parte D. Ricardo Luis Torres Fariña, con DNI nº 31251880D en calidad de Director General Técnico y Gerente de la Fundación Márgenes y Vínculos, con CIF G-11408606 habilitada como entidad colaboradora de atención integral a menores por Resolución nº LRS2017MM01532 de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, de 30 de junio de 2017, actuando en nombre y representación de la misma, de conformidad con las competencias y facultades que le son conferidas por el Patronato de la Fundación en sesión mantenida el 1 de diciembre de 2008, elevada a público el 23 de febrero de 2009 con el número de protocolo 250, que continúan en vigor según certificación del Secretario del Patronato de la Fundación de fecha 5 de noviembre de 2018.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda y al efecto,

EXPONEN

Primero.- Que ambas partes firmaron con fecha 25 de julio de 2017 Convenio para la atención a menores víctimas de violencia sexual y sus familias, así como formación y orientación a profesionales que trabajan con este colectivo, inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 28 de julio de 2017 con nº RCO2017TF00029, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 153, de 9 de agosto de 2017.

Segundo.- El 29 de diciembre de 2017 se firmó la Adenda primera de prórroga y modificación al Convenio de Colaboración, extendiendo la vigencia de este hasta el 31 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 37, de 21 de febrero de 2018.

Tercero.- La cláusula decimotercera recoge que el Convenio tendrá vigencia desde el 21 de julio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 y que podrá ser objeto de prórrogas, previa conformidad expresa de las partes, que se formalizarán mediante Adenda, por años naturales pero en ningún caso la vigencia de este Convenio podrá prolongarse más allá del 31 de diciembre de 2019. Las prórrogas de este Convenio que se suscriban con efecto a partir del 1 de enero de 2018 estarán supeditadas a la existencia de crédito suficiente, adecuado y disponible en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio presupuestario que en cada momento corresponda.

Cuarto.- Llegado el vencimiento del Convenio, procede mantener este marco de colaboración entre la Entidad Colaboradora y la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda a fin de continuar con la atención a aquellos menores víctimas de violencia sexual y sus familias que ya están dentro del programa, o que puedan incorporarse al mismo, así como asegurar la formación y orientación a profesionales que trabajan con este colectivo.

Las partes, según están representadas, firman la presente Adenda y se comprometen a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.- La vigencia del Convenio de Colaboración para la atención a menores víctimas de violencia sexual y sus familias, así como formación y orientación a profesionales que trabajan con este colectivo, suscrito el 2 de julio de 2017, se prorroga desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.

Segunda.- La aportación máxima por parte del Departamento, se fija en atención al periodo de vigencia en la cantidad de doscientos veintinueve mil novecientos noventa y dos (229.992,00) euros, a razón de 19.166,00 euros mensuales, que se imputarán al presupuesto de gastos de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en la aplicación presupuestaria 23.17.231H.2299400, quedando condicionada su efectividad a la existencia de crédito adecuado, suficiente y disponible en la aplicación presupuestaria indicada en el Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019.

Tercera.- Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio citado, seguirán siendo las mismas y en los mismos términos, con las modificaciones introducidas por las sucesivas Adendas.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por cuadriplicado ejemplar, y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Cristina Valido García.- Fundación Márgenes y Vínculos, Ricardo Luis Torres Fariña.



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