BOC - 2018/244. Martes 18 de Diciembre de 2018 - 5867

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde

5867 - EDICTO de 9 de julio de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000904/2017.

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Dña. María de la Luz Álvarez González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Telde, a 5 de julio de 2018.

Vistos por el/la Ilmo./a Sr./Sra. D./Dña. Noemi Lázare Gómez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000904/2017 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Rita María Galván, dirigido por el Letrado D./Dña. Amada Hernández López y representado por el Procurador D./Dña. Lourdes Ojeda Sosa y de otra como demandada D./Dña. Celal Katmer, en situación de rebeldía procesal, siendo parte el Ministerio Fiscal,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por Dña. Rita María Galván, dirigido por el Letrado D./Dña. Amada Hernández López y representado por el Procurador D./Dña. Lourdes Ojeda Sosa frente a D. Celal Katmer en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo, la privación de la patria potestad que D. Celal Katmer ostentaba sobre su hija menor E. N. K. G.

Sin expresa imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá interponerse en el plazo de 20 días contados desde el siguiente a la notificación de la misma y de conformidad con lo preceptuado en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de este Juzgado indicando en las observaciones el documento de ingreso que se trata de un recurso, y tipo concreto de recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Lo pronuncia, manda y firma D./Dña. Noemí Lázare Gómez, Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Telde.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Celal Katmer, expido y libro el presente en Telde, a 9 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.



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