BOC - 2018/173. Jueves 6 de Septiembre de 2018 - 4090

II. Autoridades y personal

Oposiciones y concursos

Consejería de Hacienda

4090 - Intervención General.- Resolución de 28 de agosto de 2018, por la que, debido a las incidencias en la operatividad de la sede electrónica producidas el día 28 de mayo de 2018, se consideran presentadas las solicitudes de participación a pruebas selectivas, sin perjuicio de lo que se disponga en las respectivas resoluciones de personas admitidas y excluidas en las correspondientes pruebas selectivas.

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En el Boletín Oficial de Canarias nº 75, de fecha 18 de abril de 2018, se publicaron determinadas resoluciones de esta Intervención General por las que se convocaron pruebas selectivas para acceder, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, horizontal y vertical, al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros Tributarios, de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. El plazo de presentación, vía telemática y en soporte papel, de las solicitudes de participación en las diferentes pruebas abarcaba desde el día 19 de abril hasta el día 18 de mayo de 2018, ambos inclusive.

Como consecuencia de diversos problemas técnicos detectados en la sede electrónica los últimos días del citado plazo de presentación y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se dictó Resolución de esta Intervención General nº 261, de 18 de mayo de 2018, por la que se amplió hasta el día 28 de mayo de 2018 (inclusive) el plazo para la presentación vía telemática de las solicitudes de participación en las citadas pruebas selectivas y fue anunciada en la sede electrónica de la Consejería de Hacienda.

Dicha ampliación afectó exclusivamente a la presentación vía telemática de las solicitudes de participación. Por tal motivo, en aras del principio de igualdad que fundamenta todo proceso selectivo, reconocido en el artículo 55.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los requisitos de participación de las personas aspirantes, así como las condiciones o supuestos de hecho que permiten acogerse a las exenciones o bonificaciones de las tasas, en su caso, deberán poseerse a fecha 18 de mayo de 2018.

Asimismo, a lo largo de varias horas del día 28 de mayo de 2018 se advirtieron nuevamente incidencias en la operatividad de la sede electrónica de la Consejería de Hacienda, lo que impidió que determinadas personas aspirantes pudieran culminar el proceso de presentación de su solicitud de participación. Como consecuencia de ello, el día 4 de junio de 2018 se anunció un comunicado de la Dirección General de la Función Pública, según el cual se tendrán por presentadas las solicitudes de quienes el día 28 de mayo de 2018 hubiesen accedido a la sede electrónica, y como mínimo, hubiesen cumplimentado y guardado su solicitud, y por motivos ajenos a su voluntad derivados de las incidencias, no hubiesen podido culminar el proceso de presentación de la solicitud.

A tales efectos, esta Intervención General dicta Resolución haciendo constar nombre y apellidos y número de documento oficial de identidad de todas las personas cuyas solicitudes se tengan por presentadas.

Visto el informe de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, relativo a la identidad de aquellas personas que se encuentran en la situación descrita anteriormente, y de conformidad con las funciones atribuidas mediante Resolución de 30 de enero de 2018, del Director General de la Función Pública, por la que se delega en la persona titular de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias la convocatoria de los procesos de selección para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en la Escala de Administradores Financieros y Tributarios del Cuerpo Superior de Administradores (Grupo A, Subgrupo A1), incluidas en la oferta de empleo público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para los años 2015 y 2016, esta Intervención General,

R E S U E L V E:

Primero.- Considerar presentadas las solicitudes de participación a pruebas selectivas de aquellas personas relacionadas en el anexo de esta Resolución, debido a las incidencias en la operatividad de la sede electrónica producidas el día 28 de mayo de 2018. Sin perjuicio de lo que derive de las resoluciones por las que se aprueben las respectivas listas de personas admitidas y excluidas en las correspondientes pruebas selectivas.

Los requisitos de participación de las personas aspirantes, así como las condiciones o supuestos de hecho que permiten acogerse a las exenciones o bonificaciones de las tasas, en su caso, deberán poseerse a fecha 18 de mayo de 2018.

Segundo.- La presente Resolución y su anexo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.

En el caso de participación en pruebas selectivas por el sistema general de acceso libre, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

En el supuesto de participación en pruebas selectivas por promoción interna, horizontal y vertical, el personal funcionario interesado podrá presentar, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo, el personal laboral fijo interesado podrá presentar, frente a esta Resolución, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Intervención General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de agosto de 2018.- La Interventora General, p.d. (Resolución de 30.1.18, del Director General de la Función Pública), María del Pino Martínez Santana.



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