BOC - 2018/148. Miércoles 1 de Agosto de 2018 - 3648

III. Otras Resoluciones

Consejería de Sanidad

3648 - Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 24 de julio de 2018, del Director, por la que se delega en el Secretario General del Servicio Canario de la Salud la competencia para resolver las solicitudes de acceso o promoción de nivel/grado de determinado personal en el sistema de carrera profesional, con arreglo al régimen excepcional y transitorio previsto en la Disposición adicional décimo sexta, apartado 3, de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.

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La Disposición adicional décimo sexta de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, levanta la suspensión del reconocimiento de encuadramiento en los distintos grados o niveles de carrera profesional, tanto por el procedimiento ordinario como por los procedimientos extraordinarios, del personal estatutario fijo, funcionario de carrera o personal laboral fijo que presta servicios en los centros del Servicio Canario de la Salud, establecida por la Disposición adicional trigésimo quinta de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, y mantenida por las sucesivas leyes de presupuestos hasta el 31 de diciembre de 2017.

La indicada disposición contempla en su apartado 3 un régimen excepcional y transitorio de encuadramiento a través del procedimiento ordinario que, por una sola vez, permite en el ejercicio 2018 acceder o promocionar de nivel/grado en el sistema de carrera profesional sin necesidad de haber previamente accedido a los niveles/grados inferiores, supeditado a la evaluación individual favorable de los méritos del interesado en relación a determinados factores parametrizados en la norma y a la exigencia de reunir los restantes requisitos establecidos en el decreto regulador de carrera profesional del colectivo correspondiente.

Corresponde a este centro directivo la resolución de las solicitudes de encuadramiento que, con arreglo al indicado régimen excepcional y transitorio, formule en el presente ejercicio el personal facultativo adscrito a alguno de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, así como las correspondientes al personal estatutario fijo que, al amparo de lo previsto en la Disposición adicional tercera del Estatuto Marco, se encuentra adscrito a puesto de trabajo de personal funcionario de la relación de puestos de trabajo de los órganos centrales y direcciones de área de salud del Servicio Canario de la Salud cuyo régimen de provisión esté abierto a personal estatutario. Competencia cuyo ejercicio se encuentra delegado en las Direcciones Gerencias de Hospitales, en la Gerencias de Servicios Sanitarios y en las Gerencias de Atención Primaria respecto al personal adscrito a las mismas, excepto la referida al personal facultativo.

Razones de economía, celeridad y eficacia administrativas aconsejan la delegación en el Secretario General del Servicio Canario de la Salud del ejercicio de la competencia referida, respecto de los colectivos que, con carácter residual, aún conserva esta Dirección, al ser previsible la presentación en el presente ejercicio de un elevado número de solicitudes con arreglo al indicado régimen excepcional y transitorio, debido al tiempo que ha estado suspendido del reconocimiento de encuadramiento en los distintos grados o niveles de carrera profesional.

Por cuanto antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con las funciones que este órgano central tiene atribuidas en los artículos 60.k) de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, y 9.2.f) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Secretario General del Servicio Canario de la Salud la competencia para resolver las solicitudes de acceso o promoción de nivel/grado en el sistema de carrera profesional que, con arreglo al régimen excepcional y transitorio previsto en la Disposición adicional décimo sexta, apartado 3, de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, formule en el presente ejercicio el personal facultativo adscrito a alguno de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, así como las correspondientes al personal estatutario fijo que, al amparo de lo previsto en la Disposición adicional tercera del Estatuto Marco, se encuentra adscrito a puesto de trabajo de personal funcionario de la relación de puestos de trabajo de los órganos centrales y direcciones de área de salud del Servicio Canario de la Salud cuyo régimen de provisión esté abierto a personal estatutario.

Segundo.- Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de julio de 2018.- El Director, Conrado Jesús Domínguez Trujillo.



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