BOC - 2018/136. Lunes 16 de Julio de 2018 - 3372

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

3372 - EDICTO de 6 de junio de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000671/2008.

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D./Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 10 de noviembre de 2011.

Vistos y oídos por mí, D. Juan Javier Plasencia Rodríguez, Juez Sustituto delJuzgado de Primera Instancia nº Cinco de Arona y su partido, los autos seguidos con el nº 671/08 por juicio ordinario, y siendo parte/s instante/s, D./Dña. Francisco Javier González Martos, representado/s por el/la Procurador/a D./Dña. Pedro Ledo Crespo, y dirigido/s por el/la Letrado/a D./Dña. José Miguel Velázquez Perelló, contra la parte demandada, la entidad mercantil "Los Gigantes Promoción Residencial, S.L.", declarado/s en situación legal de rebeldía procesal, teniendo por objeto reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el/la Procurador/a D./Dña. Pedro Ledo Crespo, en nombre y representación de D./Dña. Francisco Javier González Martos, contra la entidad mercantil "Los Gigantes Promoción Residencial, S.L.", declaradas en situación legal de rebeldía procesal, condeno a el/los demandado/s a abonar a la parte demandante la cantidad de 27.080,58 euros, más intereses legales.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta resolución, que no es firme, cabe interposición de recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, escrito que deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458.1 y 2 de la Ley 1/2000, de 8 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada en el BOE de 11 de octubre de 2011). En aplicación de la Disposición Adicional 15ª Depósito para recurrir, apartado 3, letra b) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial (BOE de 4 de noviembre de 2009) se deberá consignar un Depósito de cincuenta euros (50,00 euros) en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, al interponerse el recurso de apelación contra la presente resolución, y de no efectuarse, no se admitirá a trámite dicho recurso. Estará exenta del pago de dicho depósito la parte que tenga reconocida la asistencia jurídica gratuita (artº. 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita). La exigencia de este depósito será compatible, en su caso, con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, debiendo presentarse el modelo 696 de la Orden HAC/661/2003, de 24 de marzo (Disposición Adicional 15ª Depósito para recurrir, apartado 13 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, o en el Boletín Oficial de la Provincia (artº. 497.2 y 500 párrafo 2º L.E. Civil).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Los Gigantes Promoción Residencial, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 6 de junio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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