BOC - 2018/121. Lunes 25 de Junio de 2018 - 3004

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Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

3004 - EXTRACTO de la Orden de 15 de junio de 2018, por la que se convocan catorce (14) becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias.

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BDNS (Identif.): 404367.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Estudiantes de nacionalidad de Cabo Verde, Senegal y Mauritania que estén en posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria o grado universitario, con nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculte en el país expedido el acceso a enseñanzas de postgrado y reúnan los requisitos exigidos en la base séptima de la Orden de 31 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la presente convocatoria.

Segundo.- Finalidad.

Concesión de un máximo de catorce (14) becas de formación dentro del Programa de Becas Canarias-África (Pbcá) para el período 2018-2019, que tiene como objetivo la realización de estudios universitarios de postgrado por estudiantes de nacionalidad de Cabo Verde, Senegal y Mauritania en las universidades Canarias que cursen estudios en alguna de las enseñanzas contempladas en la Orden de convocatoria.

Tercero.- Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 31 de mayo de 2018, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 110, de fecha 8 de junio de 2018.

Cuarto.- Importe.

Para la presente convocatoria se destinan créditos por importe total de 184.100,00 euros, distribuidos en dos anualidades.

El desglose por anualidad es el siguiente:

Anualidad 2018: 99.680,00 euros.

Anualidad 2019: 84.420,00 euros.

En función de las disponibilidades presupuestarias existentes en los términos previstos en el artículo 14.4 de Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, la cuantía total de los créditos asignados a la convocatoria, podrá ser incrementada en el caso de que exista cobertura económica para llevarla a cabo, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, siempre y cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

La previsión presupuestaria por Máster/alumno no podrá superar los 13.150,00 euros, con un máximo de 14 becas.

Cuando las necesidades de ejecución de gasto exijan la realización de modificaciones de las cantidades establecidas para cada uno de los conceptos de gasto de la beca, se podrán realizar variaciones de hasta un 20% de la cantidad asignada a cada uno de los conceptos de la beca, sin que en ningún caso, dichas variaciones impliquen aumento del coste total asignado a cada beca.

El importe de las becas concedidas para la realización de los títulos oficiales de Máster será transferido, en cada ejercicio presupuestario por anticipado, a la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas (FULP) para la gestión de las becas correspondientes a los títulos oficiales de Máster cursados en la Universidad de Las Palmas y a la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna (FULL) para la gestión de las becas correspondientes a los títulos oficiales de Máster cursados en la Universidad de La Laguna, como entidades colaboradoras de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios, para cuya efectividad se suscribirán los oportunos convenios de colaboración. En los convenios se detallarán las condiciones y obligaciones asumidas tanto por la FULP como por la FULL como entidades colaboradoras.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- Otros datos.

Junto con la solicitud se ha de presentar la documentación que establece la base décima de la Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento nº 103/2018, de fecha 31 de mayo de 2018, por la que se aprobaron las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades Canarias (BOC nº 110, de 8 de junio de 2018), y en el lugar y en la forma que señala la base novena de dicha Orden.

La documentación requerida que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base décima de la referida Orden deberá estar fechada como máximo hasta el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En la solicitud se consignará el consentimiento de tratamiento de datos personales de conformidad con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

De conformidad con el articulo 15.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece que la lengua de los procedimientos tramitados por las administraciones será el castellano. En consonancia con esto, toda la documentación que se presente en otro idioma debe venir acompañada de una traducción al castellano.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de junio de 2018.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.



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