BOC - 2018/86. Viernes 4 de Mayo de 2018 - 2137

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Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

2137 - EXTRACTO de la Orden de 24 de abril de 2018, por la que se efectúa convocatoria para el año 2018, para la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del P.O. de Canarias.

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BDNS (Identif.): 395890.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las actuaciones descritas en la base 4 todos los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma. Cabildos Insulares y Mancomunidades de Ayuntamientos podrán ser beneficiarios únicamente de las actuaciones indicadas en el apartado C) y G) del apartado segundo.

Segundo.- Objeto.

A. Auditorías energéticas en instalaciones o edificios.

B. Obras de mejora o sustitución de equipos en el alumbrado público.

C. Inclusión de criterios de eficiencia energética en desalación, depuración, potabilización y distribución de agua.

D. Otras medidas de ahorro y eficiencia en edificación e infraestructuras municipales.

E. Energías renovables para producción de electricidad.

F. Energías renovables para usos térmicos.

G. Energías renovables dirigidas al autoconsumo eléctrico, asociadas a infraestructuras de desalación, depuración, potabilización y distribución de agua.

Tercera.- Bases reguladoras.

Orden de 5 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases que han de regir la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del P.O. de Canarias (BOC nº 73, de 16.4.18).

Cuarta.- Cuantía.

En el caso de auditorías energéticas, se subvencionará el 50% del coste del estudio, con un máximo de 25.000 euros.

Para las restantes líneas de actuación, el porcentaje de subvención será del 60% respecto a la inversión elegible, con un máximo de 80.000 euros por solicitud, entendiendo como inversión elegible aquella que sea necesaria y esté directamente relacionada con la mejora de la eficiencia energética y la utilización de energías renovables. Podrá incluirse, entre otros, los siguientes conceptos: la elaboración por el técnico competente de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones, los costes de dirección facultativa de obra, los costes de ejecución de la obra civil asociada a la actuación, los de adquisición de equipos y materiales, los de montaje de las instalaciones y los certificados de eficiencia energética, siempre y cuando se ejecuten las actuaciones que figuren como propuestas de mejora en el mismo. Se establece un límite de subvención para cada Ayuntamiento en función de la población de derecho del municipio contabilizada en el último padrón.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Será de treinta (30) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, y se realizará a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/5163.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 2018.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.



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