BOC - 2018/75. Miércoles 18 de Abril de 2018 - 1818

II. Autoridades y personal

Oposiciones y concursos

Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

1818 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 11 de abril de 2018, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Financiera y Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015 (BOC nº 74, 20 de abril de 2015).

De conformidad con la Orden de 8 de julio de 2015, por la que se dispone la publicación de los programas de temas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades incluidos en la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015, aprobada por Decreto 46/2015, de 9 de abril (BOC nº 146, de 29 de julio de 2015), y conforme a la Resolución 9 de enero de 2017, por la que se actualizan determinados temas de los programas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades generales y facultativo de Letrado, incluidos en la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para los años 2015 y 2016, aprobadas por Decreto 46/2015, de 9 de abril, y Decreto 152/2016, de 12 de diciembre, respectivamente, para su adaptación a las novedades normativas, así como corrección de determinados errores y erratas (BOC nº 11, de 17 de enero de 2017).

De acuerdo con lo previsto en los criterios generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades previstos en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015 (BOC nº 125, de 30 de junio de 2016), así como en las bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 21 de diciembre de 2016 (BOC nº 252, de 29 de diciembre de 2016).

Al amparo de lo establecido en los artículos 55 y siguientes del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; artículo 71 y siguientes de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los preceptos de carácter básico de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; supletoriamente, los artículos 15 y siguientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; así como el resto de normativa vigente en la materia.

Atendiendo a la especial responsabilidad que exige el desempeño de las funciones propias de la Escala de Gestión Financiera y Tributaria del Cuerpo de Gestión de la Administración (Grupo A, Subgrupo A2), resulta procedente utilizar el sistema selectivo de concurso-oposición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como en el artículo 73.2 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y en citadas bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 21 de diciembre de 2016.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y el informe de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos.

En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 6.2.i) de la citada Ley 2/1987, de 30 de marzo, y artículo 68.1.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocatoria.

Convocar pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Financiera y Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Inicio de la fase de oposición.

Las pruebas selectivas dimanantes de la presente convocatoria no comenzarán a realizarse antes de los tres meses a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Programa de temas.

El programa de temas que se aplicará en estas pruebas selectivas será el recogido en la Orden de 8 de julio de 2015, por la que se dispone la publicación de los programas de temas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades incluidos en la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015, aprobada por Decreto 46/2015, de 9 de abril (BOC nº 146, de 29 de julio de 2015), y conforme a la Resolución de 9 de enero de 2017, por la que se actualizan determinados temas de los programas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades generales y facultativo de Letrado, incluidos en la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para los años 2015 y 2016, aprobadas por Decreto 46/2015, de 9 de abril, y Decreto 152/2016, de 12 de diciembre, respectivamente, para su adaptación a las novedades normativas, así como corrección de determinados errores y erratas (BOC nº 11, de 17 de enero de 2017).

A fin de proporcionar seguridad jurídica a las personas aspirantes respecto del programa definitivo de temas exigido en la presente convocatoria se podrá consultar en la página web de la Dirección General de la Función Pública: https://www.gobcan.es/cpj/dgfp.

Cuarto.- Bases que rigen la convocatoria.

Las citadas pruebas selectivas se regirán por las bases generales, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 21 de diciembre de 2016 (BOC nº 252, de 29 de diciembre de 2016), así como por las bases específicas que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Asimismo, las pruebas selectivas se sujetarán al Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado mediante Resolución nº 98, de 19 de febrero de 2018, del Director General de la Función Pública, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 41, de 27 de febrero de 2018, modificado por Resolución nº 209, de 20 de marzo de 2018, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 66, de 5 de abril de 2018.

Impugnación.

El personal funcionario interesado podrá presentar, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo, el personal laboral fijo interesado podrá presentar, frente a esta Resolución, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de abril de 2018.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.



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