BOC - 2018/47. Miércoles 7 de Marzo de 2018 - 1057

III. Otras Resoluciones

Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

1057 - ORDEN de 5 de marzo de 2018, por la que se designa al personal que deberá atender los servicios mínimos de la huelga general del día 8 de marzo de 2018 en esta Consejería.

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ANTECEDENTES

Las Organizaciones Sindicales siguientes: Confederación lntersindical, el Sindicato Comisiones de Bases, Unión Sindical Obrera, Alternativa Sindical de Trabajadores, Confederación General de Trabajadores y Confederación Nacional del Trabajo han presentado preaviso de huelga general para el próximo día 8 de marzo de 2018, que afecta a todos los centros de trabajo tanto del sector público como del ámbito privado y entre ellos, por supuesto, a todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, con comienzo a las 00,00 horas del día 8 de marzo de 2018 y que finaliza a las 24,00 horas del mismo día. Otras organizaciones sindicales: Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores, convocan paros de dos horas a lo largo de la jornada del 8 de marzo.

Ante este preaviso de huelga, y de conformidad con el Decreto 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de servicios mínimos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 32, de 16 de marzo), y demás disposiciones aplicables, es necesario garantizar cautelarmente la prestación de servicios mínimos considerados esenciales y el personal preciso para asegurar la prestación de los mismos en el ámbito de esta Consejería.

El Comité de Huelga ha sido oído en la fijación de los servicios mínimos propuestos por este Departamento el lunes 26 de febrero de 2018.

En el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 29.1 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 2 del Decreto 24/1987, de 13 de marzo, y de conformidad con el acuerdo alcanzado entre el Gobierno de Canarias y el Comité de Huelga en la reunión celebrada el día 26 de febrero de 2018,

R E S U E L V O:

1.- Considerar, durante la jornada de huelga convocada para el día 8 de marzo de 2018 como servicios esenciales de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, los servicios de vigilancia en el Parque Nacional de La Cadera de Taburiente y en el Parque Nacional de Garajonay, y los servicios de atención de protección civil y atención de emergencias.

2.- Los servicios mínimos necesarios para cubrir este servicio esencial de vigilancia en el Parque Nacional de La Cadera de Taburiente y en el Parque Nacional de Garajonay, son los siguientes:

2.1. Unidad del Parque Nacional de La Caldera de Taburiente en la Dirección General de Protección de la Naturaleza:

- Un agente de medio ambiente en turno de mañana (nº 12189310).

- Un agente de medio ambiente en turno de tarde (nº 12186610).

2.2. Unidad del Parque Nacional de Garajonay de la Dirección General de Protección de la Naturaleza:

- Un agente de medio ambiente en turno de mañana (nº 12187610).

- Un agente de medio ambiente en turno de tarde (nº 12187810).

3.- Los servicios mínimos necesarios para cubrir el servicio esencial de protección civil y atención de emergencias son los siguientes:

-Unidad de Protección Civil y Atención de Emergencias de la Dirección General de Seguridad y Emergencias:

- Un técnico de guardia (nº 26079).

- Un técnico de retén (nº 25363).

- Dos técnicos GES (Grupo Emergencia y Seguridad) en Tenerife (nº 10535 y nº 24224).

- Dos técnicos GES (Grupo Emergencia y Seguridad) en Gran Canaria (nº 24211 y nº 24209).

4.- El servicio de operativo de rescate a través de helicópteros multifuncionales está gestionado de forma indirecta, la empresa adjudicataria establecerá los servicios mínimos necesarios para atender este servicio durante la huelga.

5.- El servicio de atención telefónica de emergencias 112 en los Centros de Coordinación de Emergencias (CECOES) está gestionado por la empresa pública Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad, que establecerá los servicios mínimos para garantizar este servicio durante el día de huelga. Así mismo, será responsable de garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos que deban establecer las empresas subcontratadas para garantizar el servicio.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria o ante aquel en que tenga su domicilio el recurrente, a elección de este. El plazo para interponer será de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1º, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

- Recurso potestativo de reposición, ante esta consejería, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente en los términos contemplados en apartado anterior.

No se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Todo ello, sin perjuicio de que la interesada utilice cualquier otro recurso que estime pertinente.

Santa Cruz de Tenerife a 5 de marzo de 2018.

LA CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL,

SOSTENIBILIDAD Y SEGURIDAD,

Nieves Lady Barreto Hernández.



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